Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (1013/2021)
Aprobación definitiva de la modificación de la relación de puestos de trabajo del personal funcionario del Ayuntamiento de Almendralejo
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 1013/2021
063. Ingeniero Técnico Agrícola. Parques y Jardines. Gestión accidental de los parques y jardines municipales. Nuevas
plantaciones, mantenimiento, informe y supervisión del ajardinamiento en actuaciones urbanizadoras. Redacción, dirección
y ejecución de proyectos de jardinería. Direcciones de obras ejecutadas por el Ayuntamiento.
271. Profesor de Música. Realización de actividades docentes de formación musical y actividades de dinamización
sociocultural de la Escuela Municipal de Música. Formación de músicos y educandos de la Banda de Música. Sustituciones
accidentales del Director.
277. Trabajador Social. Desarrollo de las prestaciones básicas que contemple la Ley de Servicios Sociales de Extremadura:
Información, valoración y orientación, animación comunitaria, ayuda a domicilio, convivencia e inserción social. Desarrollo,
ejecución y evaluación de programas específicos destinados a prevenir y atender las necesidades sociales de la población.
Participar en Consejos de Dirección de los centros dependientes de la Consejería de Bienestar Social. Participar en las
distintas comisiones municipales relacionadas con servicios sociales, con las funciones que reglamentariamente se
establezcan. Apoyo técnico a la comisión informativa de Servicios Sociales. Función de docencia de alumnos en prácticas de
trabajo social conforme a los convenios establecidos con los distintos centro universitarios.
278. Educador Social. Formulación y desarrollo de programas de intervención social dirigido a cambiar actitudes y valores
que ayuden a las personas a integrarse en la vida social, prevenir comportamientos antisociales y favorecer la participación
en la comunidad.
TÉCNICOS AUXILIARES
Funciones genéricas de los puestos de técnicos auxiliares: Colaboración y apoyo a técnicos superiores o medios. Desarrolla
tareas objeto de un título académico o profesional. Asistencia en planes, programas, proyectos o estudios. Diligencias,
informes, memorias y valoración de asuntos relacionados con la unidad.
022. Técnico Auxiliar Informática. Gestión de Seguridad y Telecomunicaciones: Crear, desarrollar e implantar una red interna
de servicios como soporte físico y lógico de intercomunicación. Diseña e implanta estrategias de seguridad y protección de
datos. Adaptar las infraestructuras a los avances tecnológicos.
254. Técnico Auxiliar Informática. Implementar la "Administración Electrónica". Mecaniza y automatiza procesos. Mantener,
seguir, actualizar y optimizar todas las aplicaciones. Administrar los Servidores del Centro de Proceso de Datos. Formar a los
usuarios.
266 y 267. Auxiliares de Bibliotecaria y Archivo. Catalogación, preparación y control del fondo bibliográfico, hemerográfico y
audiovisual de la biblioteca. Colaboración técnica en las consultas bibliográficas de los usuarios. Elaboración de estadísticas.
Control de prestamos de libros. Ordenación de ficheros, realización de tejuelos. Colaboración en las tareas de gestión del
archivo municipal: Custodia, clasificación, catalogación e informatización de documentos y expedientes administrativos, de
colecciones y fondos documentales históricos. Colaboración en actividades culturales.
275. Educador Infantil. Educación, promoción de hábitos correctos de alimentación y relaciones interpersonales, cuidado,
aseo, alimentación y seguridad de los alumnos
276. Técnico Auxiliar de Consumo. Asesoramiento e información a consumidores en materia de consumo. Tramitación de
expedientes de reclamaciones en esta materia. Campañas informativas. Tramitación de subvenciones. Gestión de campañas
de matanzas domiciliarias.
POLICÍA LOCAL
Funciones genéricas de los puestos de Policía Local: Desarrolla funciones y competencias determinadas por Ley Orgánica de
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Ley de Coordinación y Normas-Marco de Policías Locales de Extremadura y el Reglamento
del Cuerpo de la Policía Local, ordenanzas municipales y otras normas de desarrollo.
303. Jefe Policía Local. Transformar en órdenes concretas las directrices recibidas de la Alcaldía o Concejalía Delegada.
Dirigir, coordinar y supervisar los servicios operativos del cuerpo, así como las actividades administrativas relacionadas
directamente con sus funciones, para asegurar su eficacia. Ejercer el mando del personal y, en su caso, de las unidades
especializadas, directamente o a través de los responsables designados, así como asignar los servicios y cometidos
concretos de todo el personal activo. Evaluar las necesidades de recursos humanos y materiales, y formular las
correspondientes propuestas. Informar a la Alcaldía del funcionamiento del servicio y del cumplimiento de los objetivos y
órdenes recibidas. Cuidar de que se cumplan las disposiciones legales y reglamentarias, así como las resoluciones y los
acuerdos de la corporación que afecten a la Policía Local. Proponer la incoación de expedientes disciplinarios, así como la
concesión de distinciones y condecoraciones a los miembros del cuerpo. Elevar a la alcaldía propuestas de mejora en la
organización y el funcionamiento del servicio de Policía Local, así como propuestas en materia de formación del personal.
Desempeñar cualquier otra función que le atribuya la normativa vigente o el Reglamento del Cuerpo del Policía Local.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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plantaciones, mantenimiento, informe y supervisión del ajardinamiento en actuaciones urbanizadoras. Redacción, dirección
y ejecución de proyectos de jardinería. Direcciones de obras ejecutadas por el Ayuntamiento.
271. Profesor de Música. Realización de actividades docentes de formación musical y actividades de dinamización
sociocultural de la Escuela Municipal de Música. Formación de músicos y educandos de la Banda de Música. Sustituciones
accidentales del Director.
277. Trabajador Social. Desarrollo de las prestaciones básicas que contemple la Ley de Servicios Sociales de Extremadura:
Información, valoración y orientación, animación comunitaria, ayuda a domicilio, convivencia e inserción social. Desarrollo,
ejecución y evaluación de programas específicos destinados a prevenir y atender las necesidades sociales de la población.
Participar en Consejos de Dirección de los centros dependientes de la Consejería de Bienestar Social. Participar en las
distintas comisiones municipales relacionadas con servicios sociales, con las funciones que reglamentariamente se
establezcan. Apoyo técnico a la comisión informativa de Servicios Sociales. Función de docencia de alumnos en prácticas de
trabajo social conforme a los convenios establecidos con los distintos centro universitarios.
278. Educador Social. Formulación y desarrollo de programas de intervención social dirigido a cambiar actitudes y valores
que ayuden a las personas a integrarse en la vida social, prevenir comportamientos antisociales y favorecer la participación
en la comunidad.
TÉCNICOS AUXILIARES
Funciones genéricas de los puestos de técnicos auxiliares: Colaboración y apoyo a técnicos superiores o medios. Desarrolla
tareas objeto de un título académico o profesional. Asistencia en planes, programas, proyectos o estudios. Diligencias,
informes, memorias y valoración de asuntos relacionados con la unidad.
022. Técnico Auxiliar Informática. Gestión de Seguridad y Telecomunicaciones: Crear, desarrollar e implantar una red interna
de servicios como soporte físico y lógico de intercomunicación. Diseña e implanta estrategias de seguridad y protección de
datos. Adaptar las infraestructuras a los avances tecnológicos.
254. Técnico Auxiliar Informática. Implementar la "Administración Electrónica". Mecaniza y automatiza procesos. Mantener,
seguir, actualizar y optimizar todas las aplicaciones. Administrar los Servidores del Centro de Proceso de Datos. Formar a los
usuarios.
266 y 267. Auxiliares de Bibliotecaria y Archivo. Catalogación, preparación y control del fondo bibliográfico, hemerográfico y
audiovisual de la biblioteca. Colaboración técnica en las consultas bibliográficas de los usuarios. Elaboración de estadísticas.
Control de prestamos de libros. Ordenación de ficheros, realización de tejuelos. Colaboración en las tareas de gestión del
archivo municipal: Custodia, clasificación, catalogación e informatización de documentos y expedientes administrativos, de
colecciones y fondos documentales históricos. Colaboración en actividades culturales.
275. Educador Infantil. Educación, promoción de hábitos correctos de alimentación y relaciones interpersonales, cuidado,
aseo, alimentación y seguridad de los alumnos
276. Técnico Auxiliar de Consumo. Asesoramiento e información a consumidores en materia de consumo. Tramitación de
expedientes de reclamaciones en esta materia. Campañas informativas. Tramitación de subvenciones. Gestión de campañas
de matanzas domiciliarias.
POLICÍA LOCAL
Funciones genéricas de los puestos de Policía Local: Desarrolla funciones y competencias determinadas por Ley Orgánica de
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Ley de Coordinación y Normas-Marco de Policías Locales de Extremadura y el Reglamento
del Cuerpo de la Policía Local, ordenanzas municipales y otras normas de desarrollo.
303. Jefe Policía Local. Transformar en órdenes concretas las directrices recibidas de la Alcaldía o Concejalía Delegada.
Dirigir, coordinar y supervisar los servicios operativos del cuerpo, así como las actividades administrativas relacionadas
directamente con sus funciones, para asegurar su eficacia. Ejercer el mando del personal y, en su caso, de las unidades
especializadas, directamente o a través de los responsables designados, así como asignar los servicios y cometidos
concretos de todo el personal activo. Evaluar las necesidades de recursos humanos y materiales, y formular las
correspondientes propuestas. Informar a la Alcaldía del funcionamiento del servicio y del cumplimiento de los objetivos y
órdenes recibidas. Cuidar de que se cumplan las disposiciones legales y reglamentarias, así como las resoluciones y los
acuerdos de la corporación que afecten a la Policía Local. Proponer la incoación de expedientes disciplinarios, así como la
concesión de distinciones y condecoraciones a los miembros del cuerpo. Elevar a la alcaldía propuestas de mejora en la
organización y el funcionamiento del servicio de Policía Local, así como propuestas en materia de formación del personal.
Desempeñar cualquier otra función que le atribuya la normativa vigente o el Reglamento del Cuerpo del Policía Local.
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