Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (1044/2021)
Aprobación provisional del establecimiento de la tasa, así como la correspondiente Ordenanza fiscal número 6, reguladora de la tasa por derecho de examen de acceso a la función pública, y derogación de la anterior
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

Anuncio 1044/2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Secretaría General
Badajoz
Anuncio 1044/2021
Aprobación provisional del establecimiento de la tasa, así como la correspondiente Ordenanza fiscal número 6, reguladora
de la tasa por derecho de examen de acceso a la función pública, y derogación de la anterior

Aprobación provisional del establecimiento de la tasa, así como la correspondiente Ordenanza fiscal número 6, reguladora
de la tasa por derecho de examen de acceso a la función pública, y derogación de la anterior.
El Pleno de la Corporación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de marzo de 2021, aprobó
provisionalmente expediente de establecimiento de tasa, así como la correspondiente Ordenanza fiscal número 6,
reguladora de la tasa por derecho de examen de acceso a la función ública, y derogación de la anterior.
De conformidad con lo establecido por el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública y
audiencia a los interesados, por el plazo de treinta días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de la fecha de
publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, para la formulación de alegaciones y/o
reclamaciones, estando el expediente a disposición en la Secretaría General de la Diputación Provincial.
De conformidad en el supuesto de no presentarse reclamaciones y/o alegaciones, se entenderá definitivamente aprobada la
Ordenanza fiscal reguladora, conforme a lo establecido en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo.
En Badajoz, a 5 de marzo de 2021.- El Secretario General, José María Cumbres Jiménez.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 3