Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. Gestión Tributaria (Mérida). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (1010/2021)
Bases para la provisión de dos plazas de Auxiliar Administrativo, mediante el sistema de oposición
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Ribera del Fresno
Anuncio 1010/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Ribera del Fresno
Ribera del Fresno (Badajoz)
Anuncio 1010/2021
Bases para la provisión de dos plazas de Auxiliar Administrativo, mediante el sistema de oposición
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía n.º 65 de fecha 2 de marzo de 2021, las bases y la convocatoria para cubrir
la plaza de Auxiliar Administrativo para este Ayuntamiento de Ribera del Fresno, mediante sistema de oposición libre, se
abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación
de anuncio de convocatoria en el Boletín oficial del Estado.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
"BASES PARA LA PROVISIÓN DE DOS PLAZAS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN
1.ª.- Normas generales.
1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir, en propiedad, mediante el sistema de oposición, una plaza
de Auxiliar de Administración General de este Ayuntamiento, incluida en la oferta de empleo público de 2020,
personal Funcionario, encuadrada en la escala Administración General, subescala Auxiliar, dotada con los
emolumentos correspondientes a dicho Grupo (C2), Nivel 16, complemento específico consignado
presupuestariamente y demás retribuciones que correspondan a los puestos.
1.2.- En lo no previsto en estas bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo, la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el R D legislativo 781/1986, de 13 de abril, del Texto
Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
(EBEP); el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas
mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el
Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, del Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo de aplicación supletoria el RD 364/1995, de 10 de marzo, del
Reglamento General de ingreso del personal al servicio del Estado, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley 40/2015, de Régimen
Jurídico del Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
1.3.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición.
2.ª Requisitos de los aspirantes.
2.1.- Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán poseer al día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión los
siguientes requisitos de participación:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso al empleo
público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
c) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 56 del citado Estatuto Básico del Empleado Público. En caso de ser nacional de otro
estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente, según lo
previsto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de aportar un
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 10
Anuncio 1010/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Ribera del Fresno
Ribera del Fresno (Badajoz)
Anuncio 1010/2021
Bases para la provisión de dos plazas de Auxiliar Administrativo, mediante el sistema de oposición
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía n.º 65 de fecha 2 de marzo de 2021, las bases y la convocatoria para cubrir
la plaza de Auxiliar Administrativo para este Ayuntamiento de Ribera del Fresno, mediante sistema de oposición libre, se
abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación
de anuncio de convocatoria en el Boletín oficial del Estado.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
"BASES PARA LA PROVISIÓN DE DOS PLAZAS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN
1.ª.- Normas generales.
1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir, en propiedad, mediante el sistema de oposición, una plaza
de Auxiliar de Administración General de este Ayuntamiento, incluida en la oferta de empleo público de 2020,
personal Funcionario, encuadrada en la escala Administración General, subescala Auxiliar, dotada con los
emolumentos correspondientes a dicho Grupo (C2), Nivel 16, complemento específico consignado
presupuestariamente y demás retribuciones que correspondan a los puestos.
1.2.- En lo no previsto en estas bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo, la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el R D legislativo 781/1986, de 13 de abril, del Texto
Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
(EBEP); el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas
mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el
Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, del Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo de aplicación supletoria el RD 364/1995, de 10 de marzo, del
Reglamento General de ingreso del personal al servicio del Estado, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley 40/2015, de Régimen
Jurídico del Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
1.3.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición.
2.ª Requisitos de los aspirantes.
2.1.- Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán poseer al día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión los
siguientes requisitos de participación:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso al empleo
público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
c) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 56 del citado Estatuto Básico del Empleado Público. En caso de ser nacional de otro
estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente, según lo
previsto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de aportar un
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 10