Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (1015/2021)
Aprobación definitiva del Plan de Ordenación de los Recursos Humanos del Ayuntamiento de Almendralejo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 1015/2021
Cuarta.- Medidas que afectan al Personal Laboral.
Analizadas las disponibilidades y necesidades de personal, tanto desde el punto de vista del número de efectivos, como de
los perfiles profesionales o niveles de cualificación de los mismos.
Conforme a lo dispuesto por el artículo 77 del EBEP, por el vigente acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo de los
Empleados Públicos de este Ayuntamiento y por los artículos 22 y 39 de Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (EETT).
Considerando que la modificación de las funciones atribuidas al trabajador dentro del mismo grupo profesional no
constituye un supuesto de movilidad funcional, sino una manifestación del poder de dirección y del "ius variando"
empresarial y que tampoco comprende la movilidad funcional los cambios técnicos que pudieran introducirse en el lugar de
trabajo, ni el cambio de centro de trabajo que no implique cambio de residencia.
Procede acometer las siguientes medidas, que tendrán incidencia en la RPT y en la plantilla del personal laboral fijo.
4.ª.1.- Amortización de puestos de trabajo por los motivos expuestos en el preámbulo y en cumplimiento de
lo dispuesto por la disposición transitoria segunda, de la modificación de la RPT de personal laboral fijo de
2014, concluidos casi la totalidad de los procesos de provisión de puestos de trabajo, se amortizan los
puestos, resultas de la provisión definitiva de puestos singularizados, que se detallan a continuación:
– Sección Régimen Jurídico y Contratación Pública, "194 Encargado Compras y Suministros".
– Sección Intervención "163 Administrativo Unidad de Gestión Presupuestaria y Registro de
Facturas".
– Tesorería "164 Administrativo de la Unidad de Tramitación de Pagos e Ingresos".
– Sección de Cultura y Educación "205 Administrativo de la Unidad de Tramitación
Administrativa de UPAL y Cultura".
4.ª.2.- Amortización de las plazas y sus correspondientes de puestos de trabajo: que no respondan a
necesidades inaplazables o a sectores que se consideren prioritarios para el funcionamiento de servicios
esenciales, que se detallan a continuación:
– En el Gabinete de Alcaldía el puesto "158 Oficial de Imprenta".
– En la Sección de Patrimonio el puesto, "189 Encargado de Mercado".
– En la Sección de Proyectos, Obras y Servicios, nueve puestos, "178 Listero", "172 y 184
Oficiales Parque de Obras y Servicios", "166 Oficial de oficios varios", "167 Oficial de Obras",
"159 Conductor", "175 Oficial fontanería", "207 Conserje Cultura y Educación" y "208 Conserje
Cine Carolina Coronado".
– En la Guardería Rural el puesto, "222 Guarda Rural".
– En el Servicio de Atención Social y Participación Ciudadana el puesto, "219 Monitor
Drogodependencias".
4.ª.3.- Mantenimiento de un puesto de trabajo sin dotación presupuestaria: En la anterior RPT figura el puesto
de trabajo "211 Socorrista Monitor" que quedó vacante tras un proceso de provisión de puestos de trabajo
singularizado, este puesto, aunque no figuraba en la anterior RPT con la clave "AA", carecía de dotación
presupuestaria y plaza de referencia. Por necesidades del servicio tan excepcional que vienen prestando los
titulares de este puesto, resulta necesario su mantenimiento así como la creación de la correspondiente plaza
en plantilla.
PREVISIONES
En razón de las medidas propuestas, se estima que el plazo de ejecución de la totalidad de las medidas no superará los doce
meses, considerando el cronograma que se detalla a continuación:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Cuarta.- Medidas que afectan al Personal Laboral.
Analizadas las disponibilidades y necesidades de personal, tanto desde el punto de vista del número de efectivos, como de
los perfiles profesionales o niveles de cualificación de los mismos.
Conforme a lo dispuesto por el artículo 77 del EBEP, por el vigente acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo de los
Empleados Públicos de este Ayuntamiento y por los artículos 22 y 39 de Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (EETT).
Considerando que la modificación de las funciones atribuidas al trabajador dentro del mismo grupo profesional no
constituye un supuesto de movilidad funcional, sino una manifestación del poder de dirección y del "ius variando"
empresarial y que tampoco comprende la movilidad funcional los cambios técnicos que pudieran introducirse en el lugar de
trabajo, ni el cambio de centro de trabajo que no implique cambio de residencia.
Procede acometer las siguientes medidas, que tendrán incidencia en la RPT y en la plantilla del personal laboral fijo.
4.ª.1.- Amortización de puestos de trabajo por los motivos expuestos en el preámbulo y en cumplimiento de
lo dispuesto por la disposición transitoria segunda, de la modificación de la RPT de personal laboral fijo de
2014, concluidos casi la totalidad de los procesos de provisión de puestos de trabajo, se amortizan los
puestos, resultas de la provisión definitiva de puestos singularizados, que se detallan a continuación:
– Sección Régimen Jurídico y Contratación Pública, "194 Encargado Compras y Suministros".
– Sección Intervención "163 Administrativo Unidad de Gestión Presupuestaria y Registro de
Facturas".
– Tesorería "164 Administrativo de la Unidad de Tramitación de Pagos e Ingresos".
– Sección de Cultura y Educación "205 Administrativo de la Unidad de Tramitación
Administrativa de UPAL y Cultura".
4.ª.2.- Amortización de las plazas y sus correspondientes de puestos de trabajo: que no respondan a
necesidades inaplazables o a sectores que se consideren prioritarios para el funcionamiento de servicios
esenciales, que se detallan a continuación:
– En el Gabinete de Alcaldía el puesto "158 Oficial de Imprenta".
– En la Sección de Patrimonio el puesto, "189 Encargado de Mercado".
– En la Sección de Proyectos, Obras y Servicios, nueve puestos, "178 Listero", "172 y 184
Oficiales Parque de Obras y Servicios", "166 Oficial de oficios varios", "167 Oficial de Obras",
"159 Conductor", "175 Oficial fontanería", "207 Conserje Cultura y Educación" y "208 Conserje
Cine Carolina Coronado".
– En la Guardería Rural el puesto, "222 Guarda Rural".
– En el Servicio de Atención Social y Participación Ciudadana el puesto, "219 Monitor
Drogodependencias".
4.ª.3.- Mantenimiento de un puesto de trabajo sin dotación presupuestaria: En la anterior RPT figura el puesto
de trabajo "211 Socorrista Monitor" que quedó vacante tras un proceso de provisión de puestos de trabajo
singularizado, este puesto, aunque no figuraba en la anterior RPT con la clave "AA", carecía de dotación
presupuestaria y plaza de referencia. Por necesidades del servicio tan excepcional que vienen prestando los
titulares de este puesto, resulta necesario su mantenimiento así como la creación de la correspondiente plaza
en plantilla.
PREVISIONES
En razón de las medidas propuestas, se estima que el plazo de ejecución de la totalidad de las medidas no superará los doce
meses, considerando el cronograma que se detalla a continuación:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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