Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alange. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (1019/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal de seguridad y convivencia en el espacio público del Ayuntamiento de Alange
69 páginas totales
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Ayuntamiento de Alange
Anuncio 1019/2021
CUADRO DE INFRACCIONES ORDENANZA MUNICIPAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA EN EL ESPACIO
PÚBLICO
Norma
Artíc
ulo
Apartado
Opci
ón
Hecho denunciado
Calificación
Tramos
(€)
OM
89
a)
No comunicar el titular al Registro
municipal los cambios de domicilio o
cualquier variación de los datos que
figuran en la licencia del propietario o
del responsable de un perro o animal
potencialmente peligroso.
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
89
b)
No comunicar el titular al Registro
municipal la sustracción, pérdida,
muerte o desaparición un perro o
animal potencialmente peligroso.
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
89
c)
No comunicar el titular al Registro
municipal el traslado de un perro o un
animal potencialmente peligroso de una
Comunidad Autónoma a otra, sea con
carácter permanente o por período
superior a tres meses.
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
89
d)
No comunicar el titular al Registro
municipal el Certificado de sanidad
animal expedido por la autoridad
competente.
Leve
De 40,00 a
300,00
Importe
(€)
Capítulo III. Normas sobre venta y consumo de bebidas alcohólicas
LCOE
OM
9
94
1
Consumo de bebidas alcohólicas por
menores de dieciocho años.
OM
Leve
De 40,00 a
300,00
Miguel
propone que
es mejor la
sanción
económica
que trabajos
en favor de la
comunidad
Favorecer el consumo de bebidas
alcohólicas a los menores de edad
Grave
De 300,01 a
1.000,00
LCOE
OM
13
94
1
2
1
1
La venta o dispensación de bebidas
alcohólicas en establecimientos
comerciales no autorizados al efecto.
Grave
De 300,00 a
30.000,00
LCOE
OM
13
94
1
2
2
2
La venta o dispensación de bebidas
alcohólicas en establecimiento y el
consumo fuera del establecimiento,
salvo en terrazas o veladores
autorizados.
Grave
De 300,00 a
30.000,00
LCOE
OM
13
94
2
3
La venta o dispensación de bebidas
alcohólicas en establecimientos
comerciales no destinados al consumo
inmediato que no dispongan de licencia
específica para ello.
Grave
De 300,00 a
30.000,00
LCOE
OM
15
94
4
Consumo de bebidas alcohólicas en las
vías y zonas públicas, salvo espacios
dedicados al ocio autorizado
expresamente por el Ayuntamiento.
Grave
De 300,00 a
30.000,00
Capítulo IV. Régimen sancionador en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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CUADRO DE INFRACCIONES ORDENANZA MUNICIPAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA EN EL ESPACIO
PÚBLICO
Norma
Artíc
ulo
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ón
Hecho denunciado
Calificación
Tramos
(€)
OM
89
a)
No comunicar el titular al Registro
municipal los cambios de domicilio o
cualquier variación de los datos que
figuran en la licencia del propietario o
del responsable de un perro o animal
potencialmente peligroso.
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
89
b)
No comunicar el titular al Registro
municipal la sustracción, pérdida,
muerte o desaparición un perro o
animal potencialmente peligroso.
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
89
c)
No comunicar el titular al Registro
municipal el traslado de un perro o un
animal potencialmente peligroso de una
Comunidad Autónoma a otra, sea con
carácter permanente o por período
superior a tres meses.
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
89
d)
No comunicar el titular al Registro
municipal el Certificado de sanidad
animal expedido por la autoridad
competente.
Leve
De 40,00 a
300,00
Importe
(€)
Capítulo III. Normas sobre venta y consumo de bebidas alcohólicas
LCOE
OM
9
94
1
Consumo de bebidas alcohólicas por
menores de dieciocho años.
OM
Leve
De 40,00 a
300,00
Miguel
propone que
es mejor la
sanción
económica
que trabajos
en favor de la
comunidad
Favorecer el consumo de bebidas
alcohólicas a los menores de edad
Grave
De 300,01 a
1.000,00
LCOE
OM
13
94
1
2
1
1
La venta o dispensación de bebidas
alcohólicas en establecimientos
comerciales no autorizados al efecto.
Grave
De 300,00 a
30.000,00
LCOE
OM
13
94
1
2
2
2
La venta o dispensación de bebidas
alcohólicas en establecimiento y el
consumo fuera del establecimiento,
salvo en terrazas o veladores
autorizados.
Grave
De 300,00 a
30.000,00
LCOE
OM
13
94
2
3
La venta o dispensación de bebidas
alcohólicas en establecimientos
comerciales no destinados al consumo
inmediato que no dispongan de licencia
específica para ello.
Grave
De 300,00 a
30.000,00
LCOE
OM
15
94
4
Consumo de bebidas alcohólicas en las
vías y zonas públicas, salvo espacios
dedicados al ocio autorizado
expresamente por el Ayuntamiento.
Grave
De 300,00 a
30.000,00
Capítulo IV. Régimen sancionador en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas
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