Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alange. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (1019/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal de seguridad y convivencia en el espacio público del Ayuntamiento de Alange
69 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Alange
Anuncio 1019/2021
esta Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de la publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia, que
tendrá lugar una vez finalizado el plazo de 15 días hábiles previsto en el artículo 65.2 de la mencionada Ley.
En Alange, a 4 de marzo de 2021.- La Alcaldesa-Presidenta, María Julia Gutiérrez Dios.
___________________
CUADRO DE INFRACCIONES ORDENANZA MUNICIPAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA EN EL ESPACIO
PÚBLICO
Norma
Artíc
ulo
Apartado
Opci
ón
Hecho denunciado
Calificación
Tramos
(€)
Importe
(€)
Título II. Normas de conducta en espacios públicos
Capítulo I. Degradación visual del entorno
SECCIÓN 1.ª. Conductas relacionadas con todo tipo de pintadas y otras expresiones gráficas
OM
9
1
OM
10
2
OM
10
3
Realizar cualquier tipo de pintada,
sobre cualquier elemento del espacio
público o privado, visibles desde la vía
pública, sin autorización (especificar).
Leve
De 40,00 a
300,00
b)
Realizar cualquier tipo de pintada
ostentosa en su tamaño o impliquen la
inutilización de su funcionalidad o
pérdida total o parcial (especificar).
Grave
De 300,01 a
1.000,00
b)
Realizar cualquier tipo de pintada sobre
monumentos o edificios catalogados o
protegidos (especificar).
Muy grave
De 1.000,01 a
3.000,00
SECCIÓN 2.ª. Pancartas, carteles, adhesivos y otros elementos similares
OM
12
2
1
Colocar sin autorización municipal
carteles, vallas o cualquier otra forma
de publicidad en edificios e
instalaciones municipales (especificar).
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
12
2
2
Colocar sin autorización municipal
carteles, vallas o cualquier otra forma
de publicidad en la vía pública
(especificar).
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
12
2
No retirar dentro del plazo autorizado
los elementos publicitarios utilizados y
sus correspondientes accesorios.
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
12
3
Colocar sin autorización municipal
carteles o pancartas en un bien privado
que vuele sobre el espacio público
(especificar).
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
12
5
1
Colocar publicidad sobre la parte
exterior de los cristales de los vehículos.
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
12
5
2
Esparcir y tirar toda clase de folletos o
papeles de publicidad comercial o
cualquier material similar en la vía
pública.
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
12
6
Dejar propaganda fuera del recinto de
la portería de los edificios o de los
buzones o espacios destinados a tal fin
que instale la propiedad del inmueble,
invadiendo el dominio público.
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
13
2
Grave
De 300,01 a
1.000,00
b)
Colocar sin autorización municipal
carteles, vallas o cualquier otra forma
de publicidad sobre monumentos o
edificios catalogados o protegidos.
Capítulo II. Limpieza de la red viaria y de otros espacios libres
SECCIÓN 1.ª. Limpieza pública como consecuencia del uso común general de los ciudadanos
OM
16
1
1
No depositar en papeleras los residuos
sólidos de pequeño tamaño.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Leve
De 40,00 a
300,00
Página 49 de 69
Anuncio 1019/2021
esta Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de la publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia, que
tendrá lugar una vez finalizado el plazo de 15 días hábiles previsto en el artículo 65.2 de la mencionada Ley.
En Alange, a 4 de marzo de 2021.- La Alcaldesa-Presidenta, María Julia Gutiérrez Dios.
___________________
CUADRO DE INFRACCIONES ORDENANZA MUNICIPAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA EN EL ESPACIO
PÚBLICO
Norma
Artíc
ulo
Apartado
Opci
ón
Hecho denunciado
Calificación
Tramos
(€)
Importe
(€)
Título II. Normas de conducta en espacios públicos
Capítulo I. Degradación visual del entorno
SECCIÓN 1.ª. Conductas relacionadas con todo tipo de pintadas y otras expresiones gráficas
OM
9
1
OM
10
2
OM
10
3
Realizar cualquier tipo de pintada,
sobre cualquier elemento del espacio
público o privado, visibles desde la vía
pública, sin autorización (especificar).
Leve
De 40,00 a
300,00
b)
Realizar cualquier tipo de pintada
ostentosa en su tamaño o impliquen la
inutilización de su funcionalidad o
pérdida total o parcial (especificar).
Grave
De 300,01 a
1.000,00
b)
Realizar cualquier tipo de pintada sobre
monumentos o edificios catalogados o
protegidos (especificar).
Muy grave
De 1.000,01 a
3.000,00
SECCIÓN 2.ª. Pancartas, carteles, adhesivos y otros elementos similares
OM
12
2
1
Colocar sin autorización municipal
carteles, vallas o cualquier otra forma
de publicidad en edificios e
instalaciones municipales (especificar).
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
12
2
2
Colocar sin autorización municipal
carteles, vallas o cualquier otra forma
de publicidad en la vía pública
(especificar).
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
12
2
No retirar dentro del plazo autorizado
los elementos publicitarios utilizados y
sus correspondientes accesorios.
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
12
3
Colocar sin autorización municipal
carteles o pancartas en un bien privado
que vuele sobre el espacio público
(especificar).
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
12
5
1
Colocar publicidad sobre la parte
exterior de los cristales de los vehículos.
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
12
5
2
Esparcir y tirar toda clase de folletos o
papeles de publicidad comercial o
cualquier material similar en la vía
pública.
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
12
6
Dejar propaganda fuera del recinto de
la portería de los edificios o de los
buzones o espacios destinados a tal fin
que instale la propiedad del inmueble,
invadiendo el dominio público.
Leve
De 40,00 a
300,00
OM
13
2
Grave
De 300,01 a
1.000,00
b)
Colocar sin autorización municipal
carteles, vallas o cualquier otra forma
de publicidad sobre monumentos o
edificios catalogados o protegidos.
Capítulo II. Limpieza de la red viaria y de otros espacios libres
SECCIÓN 1.ª. Limpieza pública como consecuencia del uso común general de los ciudadanos
OM
16
1
1
No depositar en papeleras los residuos
sólidos de pequeño tamaño.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Leve
De 40,00 a
300,00
Página 49 de 69