Administración de Justicia. Juzgados. Juzgados de lo Social. Juzgado de lo Social Número 3 (Badajoz). (990/2021)
Notificación despido/ceses en general 582/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Juzgado de lo Social Número 3
Anuncio 990/2021
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADOS
Juzgados de lo Social
Juzgado de lo Social Número 3
Badajoz
Anuncio 990/2021
Notificación despido/ceses en general 582/2020
NIG: 06015 44 4 2020 0002336.
DSP Despido/ceses en general 0000582/2020.
Sobre despido.
Demandante: Doña Estefanía Escudero Sierra.
Abogado: Don José Javier Galindo Santos.
Demandado: Don Leandro Pardo Adame, doña Raquel Sánchez Muñoz, Mediterránea, S.C.
Doña Susana Magdaleno Pozo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Tres de Badajoz.
Hago saber: Que en el procedimiento despido/ceses en general 582/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de
doña Estefanía Escudero Sierra contra la empresa Leandro Pardo Adame, Raquel Sánchez Muñoz, Mediterránea, S.C., sobre
despido, se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia 48/21 de fecha 26/2/21.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Mediterránea, S.C., en ignorado paradero, expido la presente para su
inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el
tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma
de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Badajoz, a uno de marzo de dos mil veintiuno.- La Letrado de la Administración de Justicia, Susana Magdaleno Pozo.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno
respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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JUZGADOS
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Juzgado de lo Social Número 3
Badajoz
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Notificación despido/ceses en general 582/2020
NIG: 06015 44 4 2020 0002336.
DSP Despido/ceses en general 0000582/2020.
Sobre despido.
Demandante: Doña Estefanía Escudero Sierra.
Abogado: Don José Javier Galindo Santos.
Demandado: Don Leandro Pardo Adame, doña Raquel Sánchez Muñoz, Mediterránea, S.C.
Doña Susana Magdaleno Pozo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Tres de Badajoz.
Hago saber: Que en el procedimiento despido/ceses en general 582/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de
doña Estefanía Escudero Sierra contra la empresa Leandro Pardo Adame, Raquel Sánchez Muñoz, Mediterránea, S.C., sobre
despido, se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia 48/21 de fecha 26/2/21.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Mediterránea, S.C., en ignorado paradero, expido la presente para su
inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el
tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma
de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Badajoz, a uno de marzo de dos mil veintiuno.- La Letrado de la Administración de Justicia, Susana Magdaleno Pozo.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno
respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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