Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (974/2021)
Corrección de error en edicto publicado el 26 de febrero de 2021 sobre las bases para la cobertura en propiedad de dos plazas de Oficial de la Policía Local, correspondientes a la oferta de empleo público del año 2020
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 974/2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Almendralejo
Almendralejo (Badajoz)
Anuncio 974/2021
Corrección de error en edicto publicado el 26 de febrero de 2021 sobre las bases para la cobertura en propiedad de dos
plazas de Oficial de la Policía Local, correspondientes a la oferta de empleo público del año 2020

RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJO, DE CORRECCIÓN DE
ERRORES DE LAS BASES PARA LA COBERTURA EN PROPIEDAD DE DOS PLAZAS DE OFICIAL DE LA POLICÍA LOCAL,
CORRESPONDIENTES A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL AÑO 2020, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN
POR PROMOCIÓN INTERNA, EN SU VARIANTE INTERNA
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 17 de febrero de 2021, fueron aprobadas las bases
que regirán la convocatoria de selección para el nombramiento, con carácter de personal funcionario de carrera, de dos
plazas de Oficial de la Policía Local, incluida en la oferta de empleo público del año 2020, mediante el sistema de concursooposición por promoción en su variante interna, y publicadas el día 26 de febrero de 2021 en el BOP de Badajoz.
Advertido error administrativo en el anexo II: Pruebas físicas, de la bases de la convocatoria, en la redacción de las medidas
para ser declarados aptos en la segunda prueba, alto de longitud a pies juntos (sin carrera), para quienes se encuentren en
el rango de edad de entre 40 a 44 años.
De conformidad con el artículo 109.2 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, procede la corrección del anexo II: Pruebas físicas las bases de la convocatoria, en el apartado
reseñado anteriormente.
Considerando las atribuciones contempladas en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, y en el artículo 41.14 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
RESUELVO:
Primero.- Exclusivamente, y para este caso concreto, revocar la competencia otorgada a la Junta de Gobierno
Local por decreto de esta Alcaldía-Presidencia de 21 de junio de 2019.
Segundo.- Donde dice:
"Segunda prueba, salto de longitud a pies juntos (sin carrera): Consistirá en saltar hacia delante, impulsado
con los dos pies al mismo tiempo y sin carrera. Se permitirá el balanceo de pies de talón a metatarso, sin
perder el contacto con el suelo de ambos pies antes del salto. Se tomará la medida desde la línea de inicio
hasta la señal más atrasada del salto. Se permitirán como máximo dos intentos, a opción del aspirante.
Para ser declarados aptos en esta prueba se precisará un salto mínimo, en función de la edad del aspirante
en el momento de la realización de la prueba, de las siguientes medidas:

Edad
Hombres

Hasta 24
años

De 25 a 29
años

De 30 a 34
años

De 35 a 39
años

De 40 a 44
años

De 45 a 49
años

Más de 50
años

2 metros y
2 metros y
2 metros y
2 metros y
1 metro y
1 metro y
1 metros y
20
15
10
5
95
85
75
centímetros centímetros centímetros centímetros centímetros centímetros centímetros
(2,20
(2,15
(2,10
(2,05
(2,20
(1,85
(1,75
metros)
metros)
metros)
metros)
metros)
metros)
metros)"

Debe decir:
"Segunda prueba, salto de longitud a pies juntos (sin carrera): Consistirá en saltar hacia delante, impulsado
con los dos pies al mismo tiempo y sin carrera. Se permitirá el balanceo de pies de talón a metatarso, sin
perder el contacto con el suelo de ambos pies antes del salto. Se tomará la medida desde la línea de inicio
hasta la señal más atrasada del salto. Se permitirán como máximo dos intentos, a opción del aspirante.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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