Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Morera. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (978/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida
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Ayuntamiento de La Morera

Anuncio 978/2021

estacionamiento para personas con discapacidad por movilidad reducida»; siendo esta inscripción una
condición necesaria para su plena validez.
Artículo 5.º.- Derechos de los titulares y limitaciones de uso.
1.- Los titulares de la tarjeta de estacionamiento tendrán los siguientes derechos en todo el territorio nacional siempre y
cuando exhiban de forma visible la tarjeta en el interior del vehículo:
a) Reserva de plaza de aparcamiento, previa la oportuna solicitud a la administración correspondiente y
justificación de la necesidad de acuerdo con las condiciones que establecen las administraciones autonómica
y local en lugar próximo al domicilio o puesto de trabajo. La plaza deberá señalarse con el símbolo
internacional de accesibilidad.
b) Estacionamiento en los lugares habilitados para las personas con discapacidad.
c) Estacionamiento en las zonas de aparcamiento de tiempo limitado durante el tiempo necesario.
d) Parada o estacionamiento en las zonas reservadas para carga y descarga, en los términos establecidos por
la administración local, siempre que no se ocasionen perjuicios a los peatones o al tráfico.
e) Parada en cualquier lugar de la vía, por motivos justificados y por el tiempo indispensable siempre que no
se ocasionen perjuicios a los peatones o al tráfico y de acuerdo con las instrucciones de los agentes de la
autoridad.
f) Acceso a vías, áreas o espacios urbanos con circulación restringida a residentes siempre que el destino se
encuentre en el interior de la zona.
2.- La posesión de la tarjeta de estacionamiento en ningún caso supondrá autorización para estacionar en pasos peatonales,
en los lugares y supuestos en que esté prohibido parar, lugares que obstruyan vados o salidas de emergencia, zonas
acotadas por razones de seguridad pública y espacios que reduzcan carriles de circulación.
Artículo 6.º.- Plazas de aparcamiento reservadas para personas titulares de la tarjeta de estacionamiento.
Los principales centros de actividad de los núcleos urbanos deberán disponer de un mínimo de una plaza de aparcamiento
reservada y diseñada para su uso por personas titulares de la tarjeta de estacionamiento por cada cuarenta plazas o
fracción, independientemente de las plazas destinadas a residencia o lugares de trabajo. Estas plazas deberán cumplir las
condiciones reglamentariamente previstas.
Artículo 7.º.- Condiciones de uso.
1.- La tarjeta de estacionamiento expedida a favor y en beneficio de una persona a título particular para su utilización en los
vehículos que use para sus desplazamientos será personal e intransferible y utilizada únicamente cuando la persona titular
conduzca un vehículo o sea transportado en él.
2.- La tarjeta de estacionamiento expedida a favor de persona física o jurídica a que se refiere el artículo 3 será personal e
intransferible, estará vinculada a un número de matrícula de vehículo destinado exclusivamente al transporte colectivo de
personas con movilidad reducida y será eficaz únicamente cuando el vehículo transporte de forma efectiva a personas que
se encuentren en alguna de las situaciones a que se refiere el artículo 3.1.
3.- El uso de la tarjeta de estacionamiento está subordinado a que su titular mantenga los requisitos exigidos para su
otorgamiento.
Artículo 8.º.- Obligaciones de los titulares.
1.- El titular de la tarjeta de estacionamiento está obligado a:
a) La correcta utilización de la misma, conforme a las condiciones de uso previstas en el artículo 6.
b) Colocar la tarjeta de estacionamiento en el salpicadero del vehículo o adherida al parabrisas delantero por
el interior, siempre con el documento original de forma que resulte claramente visible y legible desde el
exterior.
c) Identificar cuando así se lo requiera un agente de la autoridad acreditando su identidad con el DNI, número
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