Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Azuaga. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (967/2021)
Régimen de dedicación y retribución de nuevo edil
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Ayuntamiento de Azuaga

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Azuaga
Azuaga (Badajoz)
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Régimen de dedicación y retribución de nuevo edil

De conformidad con lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, se hace público para general conocimiento el acuerdo adoptado por el Pleno de esta Ayuntamiento en sesión de fecha
1 de marzo de 2021, sobre determinación de cargos electos a desempeñar en régimen de dedicación exclusiva y parcial y
fijación de retribuciones e indemnizaciones a la nueva edil de la Corporación.
La parte dispositiva de este acuerdo es del siguiente tenor:
En la sesión organizativa resultante de las últimas elecciones locales se determinó el régimen retributivo de los cargos
electos.
Recientemente, por razones personales, ha cesado el que fuera edil del Grupo Popular, don Sebastián Merino Merino. Una
vez que tome posesión de su cargo la concejala que lo sustituye, doña Mercedes Prieto Montalvo, será esta quien asuma las
delegaciones y responsabilidades de aquel.
En consecuencia, se propone una simple sustitución de personas, tanto en los cargos a desempeñar como en las
retribuciones a percibir por su ejercicio.
Por ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 75, 75 bis y 75 ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en la redacción
dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.
Considerando lo dispuesto en el artículo 7,2 de la Carta Europea de Autonomía Local, se propone la adopción del siguiente
acuerdo relativo a la determinación de cargos electos a desempeñar en régimen de dedicación exclusiva o parcial, y fijación
de retribuciones e indemnizaciones a los miembros de la Corporación:
Primero.- Aprobar el siguiente régimen de dedicación y retribuciones de la nueva edil, que será dada de alta
en el régimen general de la Seguridad Social, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales
que corresponda, y cuyos gastos se harán efectivos con cargo a las aplicaciones presupuestarias 912.100.00 y
912.100.01 del vigente presupuesto municipal, por lo que respecta a retribuciones, y a la 912.160.00 en
cuanto a la cuota empresarial de la Seguridad Social.
2.- Cargos a desempeñar en régimen de dedicación parcial:
Se desempeñará en régimen de dedicación parcial, con el horario que se indica, el siguiente
cargo de la Corporación, en sustitución de quien las venía ostentando, con las retribuciones
que se expresan:
- Cuarta Tenencia de Alcaldía con delegaciones en las áreas de Cercanía
Ciudadana, Personal, Empleo, FECSUR, Cementerio y Zonas Verdes, con jornada
de 25 horas semanales, de lunes a viernes, una retribución bruta anual de
17.414,60 euros distribuidos en 14 pagas, una cada mes y dos en los meses de
junio y diciembre, por un importe bruto cada una de ellas de 1.243,90 euros. El
horario se prestará preferentemente por la mañana, sin perjuicio de que se
atiendan por la tarde y en sábados o festivos los asuntos que así lo requieran.

Segundo.- La percepción de tales retribuciones será incompatible con la de otras retribuciones con cargo a los
presupuestos de las Administraciones Públicas y de los entes, organismos o empresas de ellas dependientes,
así como para el desarrollo de otras actividades, todo ello en los términos de la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y no podrán
percibir asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de
que formen parte, aunque sí indemnizaciones por gastos efectivos ocasionados en el ejercicio del cargo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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