Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente de Cantos. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (955/2021)
Bases para la provisión en propiedad de una plaza de Auxiliar Administrativo de Recaudación
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Fuente de Cantos
Anuncio 955/2021
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir provistos del DNI, salvo causa de
fuerza mayor debidamente justificada y apreciada al Tribunal con absoluta libertad de criterios.
La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamados determinará
automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, en
consecuencia, del procedimiento selectivo.
SÉPTIMA.- SISTEMA DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS.
Se efectuará por el procedimiento de oposición libre. La fase de oposición consistirá en superar dos pruebas de carácter
eliminatorio, por el siguiente orden:
Primer ejercicio.- Prueba de conocimientos: Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de una hora,
un test de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales una sola será la valida y que versará sobre el
contenido del programa incluido en el anexo II de esta convocatoria. Se añadirán 5 preguntas de reserva, a efectos
de sustitución de las que pudieran contener errores.
Segundo ejercicio.- Consistirá en la resolución, en un máximo de noventa minutos, de uno o varios supuestos
prácticos que versarán sobre materias de la parte especifica relacionadas en el programa incluido en el anexo II.
- Cada uno de los ejercicios de la fase de oposición será eliminatorio, (de tal manera que para poder realizar el segundo
ejercicio será obligatorio superar el primero) serán calificados separada e independientemente hasta un máximo de diez
puntos (10,00), quedando eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos (5,00) en cada uno de ellos.
- El resultado de cada uno de los ejercicios será publicado en la página web del Ayuntamiento www.fuentedecantos.es y en
el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
- La nota final de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios superados.
- Los empates se dirimirán tomando en consideración la puntuación de la prueba relativa a ejercicio o supuesto práctico
realizado (segundo ejercicio).- De persistir el empate se procederá al sorteo entre ellas
OCTAVA.- PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO.
Concluidas las pruebas, el Tribunal de Selección publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y pagina web del
Ayuntamiento, la relación definitiva de personas aprobadas por orden de puntuación y la elevará como propuesta a la
Alcaldía para el nombramiento como personal funcionario.
NOVENA.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN Y NOMBRAMIENTO.
La persona aspirante propuesta aportará ante Alcaldía, los documentos que se indican a continuación, en el plazo de veinte
días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se publique la relación definitiva de personas aprobadas:
a) Documento Nacional de Identidad, pasaporte o Número de Identidad Extranjero. En el supuesto
contemplado en el artículo 57.2 del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación a descendientes de personas españolas o de
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y de su cónyuge, deberán acreditar, además, el
vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado
miembro de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo. Se presentará original o copia compulsada.
b) Título académico oficial exigido para el ingreso en el cuerpo, o de la justificación acreditativa de haberlo
solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención. Las personas aspirantes con
titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente
convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de
aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las
profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario. Se presentará original o copia
compulsada.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de servicio
de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas. En el caso
de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni
haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, ensu estado, en los mismos términos
el acceso al empleo público.
d) Certificado médico de aptitud, que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir provistos del DNI, salvo causa de
fuerza mayor debidamente justificada y apreciada al Tribunal con absoluta libertad de criterios.
La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamados determinará
automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, en
consecuencia, del procedimiento selectivo.
SÉPTIMA.- SISTEMA DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS.
Se efectuará por el procedimiento de oposición libre. La fase de oposición consistirá en superar dos pruebas de carácter
eliminatorio, por el siguiente orden:
Primer ejercicio.- Prueba de conocimientos: Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de una hora,
un test de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales una sola será la valida y que versará sobre el
contenido del programa incluido en el anexo II de esta convocatoria. Se añadirán 5 preguntas de reserva, a efectos
de sustitución de las que pudieran contener errores.
Segundo ejercicio.- Consistirá en la resolución, en un máximo de noventa minutos, de uno o varios supuestos
prácticos que versarán sobre materias de la parte especifica relacionadas en el programa incluido en el anexo II.
- Cada uno de los ejercicios de la fase de oposición será eliminatorio, (de tal manera que para poder realizar el segundo
ejercicio será obligatorio superar el primero) serán calificados separada e independientemente hasta un máximo de diez
puntos (10,00), quedando eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos (5,00) en cada uno de ellos.
- El resultado de cada uno de los ejercicios será publicado en la página web del Ayuntamiento www.fuentedecantos.es y en
el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
- La nota final de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios superados.
- Los empates se dirimirán tomando en consideración la puntuación de la prueba relativa a ejercicio o supuesto práctico
realizado (segundo ejercicio).- De persistir el empate se procederá al sorteo entre ellas
OCTAVA.- PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO.
Concluidas las pruebas, el Tribunal de Selección publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y pagina web del
Ayuntamiento, la relación definitiva de personas aprobadas por orden de puntuación y la elevará como propuesta a la
Alcaldía para el nombramiento como personal funcionario.
NOVENA.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN Y NOMBRAMIENTO.
La persona aspirante propuesta aportará ante Alcaldía, los documentos que se indican a continuación, en el plazo de veinte
días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se publique la relación definitiva de personas aprobadas:
a) Documento Nacional de Identidad, pasaporte o Número de Identidad Extranjero. En el supuesto
contemplado en el artículo 57.2 del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación a descendientes de personas españolas o de
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y de su cónyuge, deberán acreditar, además, el
vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado
miembro de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo. Se presentará original o copia compulsada.
b) Título académico oficial exigido para el ingreso en el cuerpo, o de la justificación acreditativa de haberlo
solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención. Las personas aspirantes con
titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente
convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de
aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las
profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario. Se presentará original o copia
compulsada.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de servicio
de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas. En el caso
de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni
haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, ensu estado, en los mismos términos
el acceso al empleo público.
d) Certificado médico de aptitud, que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
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