Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (4542/2020)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Conductor de motoniveladora, de personal laboral, mediante el sistema de concurso-oposición, por el procedimiento de promoción interna
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena
Anuncio 4542/2020
6.1- Las pruebas selectivas, no podrán comenzar hasta transcurridos los veinte días naturales desde la
publicación de las Bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, y no podrá exceder de nueve
meses el tiempo comprendido entre dicha publicación y la finalización de los ejercicios, salvo causa
extraordinaria justificada.
Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 48
horas y un máximo de 15 días naturales. Si bien, el Tribunal, en función del número de opositores, podrá
determinar que los dos ejercicios de la fase de oposición se celebren en la misma jornada.
6.2.- Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, por orden alfabético, salvo que
el Tribunal decida otra más conveniente, y deberán ir provistos del DNI. La no presentación al ejercicio en el
momento de ser llamados, comporta que decae automáticamente en su derecho de participar en el mismo y,
en consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.
6.3.- El Tribunal, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios sean corregidos sin conocer la
identidad del aspirante.
6.4.- De cada sesión que celebre el Tribunal, el Secretario levantará acta donde se harán constar las
calificaciones de los ejercicios de los aspirantes y las incidencias más destacables que se produzcan.
7.- PRUEBAS SELECTIVAS Y VALORACIÓN DE MÉRITOS
7.1.- Fase de oposición:
El proceso selectivo en la fase de oposición constará de dos ejercicios que tendrán carácter eliminatorio.
Primer ejercicio.- Consistirá en contestar un cuestionario de 40 preguntas, tipo test, con cuatro respuestas alternativas, de
las cuales sólo una de ellas será la correcta. Las preguntas versarán sobre el contenido del temario recogido en el anexo II.
El tiempo máximo de duración de dicho ejercicio no será superior a una hora.
El cuestionario que se proponga contendrá un número de preguntas adicionales, que sustituirán por su orden
correlativamente a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio del ejercicio.
Para la valoración de esta fase se aplicarán los siguientes criterios de calificación:
- Se calificará a razón de 0,25 puntos cada respuesta correcta.
- Las preguntas en blanco, o contestadas erróneamente no restarán ningún punto.
Segundo ejercicio.- Consistente en la realización de una prueba práctica sobre el terreno relacionada con el puesto de
trabajo al que se opta, en el tiempo y con los medios auxiliares (motoniveladora, miniretroexcavadora o rulo compactador)
que dicho Tribunal disponga. El contenido de este segundo ejercicio de la fase oposición, estará dirigido a apreciar la
capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas propias de la especialidad.
El Tribunal indicará el día, lugar y hora de celebración de este segundo ejercicio, sin perjuicio de que de conformidad con lo
indicado en la base 6.1 puedan celebrarse ambos ejercicios en la misma jornada.
Cada uno de los ejercicios se puntuará de 0 a 10 puntos siendo necesario una puntuación mínima de 5 puntos para su
superación.
Finalizados los dos ejercicios se expondrá al público la lista provisional por orden de puntuación, abriéndose un plazo de 3
días naturales para posibles reclamaciones. Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes que
hayan pasado esta primera fase, después de haber superado los dos ejercicios de la misma.
7.2.- Fase de concurso:
Finalizada la fase de oposición a la que se refiere el apartado 7.1, con la publicación de la lista definitiva de los aspirantes
que la hayan superado, se procederá por el Tribunal a la baremación de los méritos alegados por los aspirantes, para ser
valorados, de acuerdo a los criterios que figuran en el anexo III.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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6.1- Las pruebas selectivas, no podrán comenzar hasta transcurridos los veinte días naturales desde la
publicación de las Bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, y no podrá exceder de nueve
meses el tiempo comprendido entre dicha publicación y la finalización de los ejercicios, salvo causa
extraordinaria justificada.
Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 48
horas y un máximo de 15 días naturales. Si bien, el Tribunal, en función del número de opositores, podrá
determinar que los dos ejercicios de la fase de oposición se celebren en la misma jornada.
6.2.- Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, por orden alfabético, salvo que
el Tribunal decida otra más conveniente, y deberán ir provistos del DNI. La no presentación al ejercicio en el
momento de ser llamados, comporta que decae automáticamente en su derecho de participar en el mismo y,
en consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.
6.3.- El Tribunal, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios sean corregidos sin conocer la
identidad del aspirante.
6.4.- De cada sesión que celebre el Tribunal, el Secretario levantará acta donde se harán constar las
calificaciones de los ejercicios de los aspirantes y las incidencias más destacables que se produzcan.
7.- PRUEBAS SELECTIVAS Y VALORACIÓN DE MÉRITOS
7.1.- Fase de oposición:
El proceso selectivo en la fase de oposición constará de dos ejercicios que tendrán carácter eliminatorio.
Primer ejercicio.- Consistirá en contestar un cuestionario de 40 preguntas, tipo test, con cuatro respuestas alternativas, de
las cuales sólo una de ellas será la correcta. Las preguntas versarán sobre el contenido del temario recogido en el anexo II.
El tiempo máximo de duración de dicho ejercicio no será superior a una hora.
El cuestionario que se proponga contendrá un número de preguntas adicionales, que sustituirán por su orden
correlativamente a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio del ejercicio.
Para la valoración de esta fase se aplicarán los siguientes criterios de calificación:
- Se calificará a razón de 0,25 puntos cada respuesta correcta.
- Las preguntas en blanco, o contestadas erróneamente no restarán ningún punto.
Segundo ejercicio.- Consistente en la realización de una prueba práctica sobre el terreno relacionada con el puesto de
trabajo al que se opta, en el tiempo y con los medios auxiliares (motoniveladora, miniretroexcavadora o rulo compactador)
que dicho Tribunal disponga. El contenido de este segundo ejercicio de la fase oposición, estará dirigido a apreciar la
capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas propias de la especialidad.
El Tribunal indicará el día, lugar y hora de celebración de este segundo ejercicio, sin perjuicio de que de conformidad con lo
indicado en la base 6.1 puedan celebrarse ambos ejercicios en la misma jornada.
Cada uno de los ejercicios se puntuará de 0 a 10 puntos siendo necesario una puntuación mínima de 5 puntos para su
superación.
Finalizados los dos ejercicios se expondrá al público la lista provisional por orden de puntuación, abriéndose un plazo de 3
días naturales para posibles reclamaciones. Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes que
hayan pasado esta primera fase, después de haber superado los dos ejercicios de la misma.
7.2.- Fase de concurso:
Finalizada la fase de oposición a la que se refiere el apartado 7.1, con la publicación de la lista definitiva de los aspirantes
que la hayan superado, se procederá por el Tribunal a la baremación de los méritos alegados por los aspirantes, para ser
valorados, de acuerdo a los criterios que figuran en el anexo III.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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