Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (4541/2020)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Administrativo, de personal funcionario, mediante el sistema de concurso-oposición, por el procedimiento de promoción interna
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Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena
Anuncio 4541/2020
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena
Monterrubio de la Serena (Badajoz)
Anuncio 4541/2020
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Administrativo, de personal funcionario, mediante el
sistema de concurso-oposición, por el procedimiento de promoción interna
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO, PERSONAL FUNCIONARIO,
MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO DE PROMOCIÓN INTERNA.
Don Jesús Martín Torres, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena, en uso de las
atribuciones conferidas por el apartado h) del artículo 21.1.g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, convoca pruebas selectivas para cubrir una plaza de Administrativo, vacante en la plantilla de personal de
este Ayuntamiento, correspondiente a la OEP de 2020, por promoción interna, mediante el sistema de concurso-oposición,
con arreglo a las siguientes:
BASES
1.- NORMAS GENERALES.
1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir, en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición,
por el turno de promoción interna, una plaza vacante de Administrativo, incluida en la oferta de empleo
público de 2020 del Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena, personal funcionario, perteneciente al grupo
C, subgrupo C1, escala Administración General, subescala Administrativa, dotada con los emolumentos
correspondientes a dicho grupo, nivel de complemento de destino 18, complemento específico consignado
presupuestariamente y demás retribuciones que correspondan al puesto.
1.2.- En lo no prevista en estas bases, será de aplicación al procedimiento selectivo, la Ley 7/85, de 2 de abril,
Reguladora de las bases de Régimen Local, el R.D. Legislativo 781/86, de 13 de abril, del Texto Refundido de
las Disposiciones Vigentes en Materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), el
Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio del Estado,
y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
1.3.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.
1.4.- La valoración de fase de concurso se realizará una vez finalizada la fase de oposición.
La lista que contenga la valoración de los méritos de los aspirantes, se hará pública una vez celebrado el
último ejercicio de la oposición y comprenderá a los aspirantes que hayan superado el mismo.
2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
2.1.- Para ser admitido a la realización del proceso selectivo correspondiente, los aspirantes deberán poseer a
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de
posesión, los siguientes requisitos:
a) Ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena, ocupando plaza del grupo C,
subgrupo C2, y haber prestado al menos, dos años de servicios efectivos en dicho subgrupo en la subescala
Auxiliar o estar prestándolo actualmente.
b) Estar en posesión de los títulos de Bachiller o Técnico o equivalente, o cumplir las condiciones para
obtenerlos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial
que acredite su homologación. También podrán participar quiénes, no disponiendo de dicha titulación,
acrediten una antigüedad de al menos 10 años en el grupo C, subgrupo C2, o tener una antigüedad de 5 años
y la superación de un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos.
c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del puesto al
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Monterrubio de la Serena (Badajoz)
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Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Administrativo, de personal funcionario, mediante el
sistema de concurso-oposición, por el procedimiento de promoción interna
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO, PERSONAL FUNCIONARIO,
MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO DE PROMOCIÓN INTERNA.
Don Jesús Martín Torres, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena, en uso de las
atribuciones conferidas por el apartado h) del artículo 21.1.g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, convoca pruebas selectivas para cubrir una plaza de Administrativo, vacante en la plantilla de personal de
este Ayuntamiento, correspondiente a la OEP de 2020, por promoción interna, mediante el sistema de concurso-oposición,
con arreglo a las siguientes:
BASES
1.- NORMAS GENERALES.
1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir, en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición,
por el turno de promoción interna, una plaza vacante de Administrativo, incluida en la oferta de empleo
público de 2020 del Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena, personal funcionario, perteneciente al grupo
C, subgrupo C1, escala Administración General, subescala Administrativa, dotada con los emolumentos
correspondientes a dicho grupo, nivel de complemento de destino 18, complemento específico consignado
presupuestariamente y demás retribuciones que correspondan al puesto.
1.2.- En lo no prevista en estas bases, será de aplicación al procedimiento selectivo, la Ley 7/85, de 2 de abril,
Reguladora de las bases de Régimen Local, el R.D. Legislativo 781/86, de 13 de abril, del Texto Refundido de
las Disposiciones Vigentes en Materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), el
Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio del Estado,
y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
1.3.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.
1.4.- La valoración de fase de concurso se realizará una vez finalizada la fase de oposición.
La lista que contenga la valoración de los méritos de los aspirantes, se hará pública una vez celebrado el
último ejercicio de la oposición y comprenderá a los aspirantes que hayan superado el mismo.
2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
2.1.- Para ser admitido a la realización del proceso selectivo correspondiente, los aspirantes deberán poseer a
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de
posesión, los siguientes requisitos:
a) Ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena, ocupando plaza del grupo C,
subgrupo C2, y haber prestado al menos, dos años de servicios efectivos en dicho subgrupo en la subescala
Auxiliar o estar prestándolo actualmente.
b) Estar en posesión de los títulos de Bachiller o Técnico o equivalente, o cumplir las condiciones para
obtenerlos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial
que acredite su homologación. También podrán participar quiénes, no disponiendo de dicha titulación,
acrediten una antigüedad de al menos 10 años en el grupo C, subgrupo C2, o tener una antigüedad de 5 años
y la superación de un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos.
c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del puesto al
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