3. Otras disposiciones. . (2025/151-19)
Resolución de 1 de agosto de 2025, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, sobre medidas para el impulso de la Competencia Digital en los centros docentes sostenidos con fondos públicos en el Marco del Programa de Cooperación Territorial Código Escuela 4.0.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 151 - Jueves, 7 de agosto de 2025
página 11064/11
- En dicha propuesta se incluirá, si procede, a la persona coordinadora TDE y STEAM 4.0.
3. Esta pasará a la bandeja de firmas de la dirección del centro para su firma.
4. Desde la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado se
generarán los certificados individuales por la participación del profesorado y por el
desempeño de la coordinación TDE o STEAM 4.0 según corresponda.
5. Dichas certificaciones serán firmadas por la persona titular de la Dirección General
de Innovación y Formación del Profesorado.
6. Las certificaciones, tanto de coordinación TDE o STEAM 4.0, como de participación,
estarán disponibles en el Sistema de Información Séneca una vez finalizado el proceso.
- En ningún caso se podrá certificar la coordinación TDE, STEAM 4.0 y/o la participación
TDE a la misma persona.
- En el caso que la coordinación TDE y la coordinación STEAM 4.0 recaigan sobre la
misma persona, solo se podrá certificar por el desempeño de la coordinación STEAM 4.0.
- En ningún caso se podrá certificar la participación o el desempeño de la coordinación
TDE o STEAM 4.0 por periodos inferiores a seis meses.
Duodécimo. Información y comunicación.
Como queda recogido en el apartado noveno de la Resolución de 5 de julio de 2023, de
la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia
Sectorial de Educación de 7 de junio de 2023, por el que se aprueba la propuesta de
distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades
autónomas destinados al Programa Código Escuela 4.0, en el ejercicio presupuestario
2023, todas las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y
notificación sobre el Programa Código Escuela 4.0, la Comunidad Autónoma deberá hacer
constar la mención expresa siguiente: Programa financiado por el Ministerio de Educación
y Formación Profesional, así como incorporar el logo institucional del MEFPD.
Las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y notificación
derivadas de la aportación del Estado a este programa cumplirán los requisitos de
publicidad, según los cuales en todas las actuaciones que se deriven de los instrumentos
contractuales o convencionales realizados con cualquier persona física o jurídica, pública o
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324662
Undécimo. Reconocimiento del desempeño de la persona coordinadora TDE,
STEAM 4.0 y del profesorado participante.
1. Coordinación TDE y coordinación STEAM 4.0.
Tanto la persona responsable de la coordinación TDE como la persona responsable
de la coordinación STEAM 4.0 de los centros sostenidos con fondos públicos serán
acreditadas mediante certificación expedida por la Dirección General de Innovación y
Formación del Profesorado con el siguiente reconocimiento:
a) A efectos de procedimientos de participación en los concursos generales de
traslados: 0,5 puntos.
b) En los procesos de selección para la dirección: 0,15 puntos.
c) A efectos de sexenios: 30 horas de formación.
d) En los procedimientos de promoción entre Cuerpos docentes: 0,15 puntos.
2. Profesorado participante.
El profesorado participante en el proceso TDE, y en la implementación del Proyecto
STEAM 4.0 en los centros educativos que impartan algunas de las enseñanzas
correspondientes al segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación
Secundaria Obligatoria, será acreditado mediante certificación expedida por la Dirección
General de Innovación y Formación del Profesorado con el siguiente reconocimiento:
a) A efectos de procedimientos de participación en los concursos generales de
traslados: 0,25 puntos.
b) En los procesos de selección para la dirección: 0,10 puntos.
c) A efectos de sexenios: 20 horas de formación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 151 - Jueves, 7 de agosto de 2025
página 11064/11
- En dicha propuesta se incluirá, si procede, a la persona coordinadora TDE y STEAM 4.0.
3. Esta pasará a la bandeja de firmas de la dirección del centro para su firma.
4. Desde la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado se
generarán los certificados individuales por la participación del profesorado y por el
desempeño de la coordinación TDE o STEAM 4.0 según corresponda.
5. Dichas certificaciones serán firmadas por la persona titular de la Dirección General
de Innovación y Formación del Profesorado.
6. Las certificaciones, tanto de coordinación TDE o STEAM 4.0, como de participación,
estarán disponibles en el Sistema de Información Séneca una vez finalizado el proceso.
- En ningún caso se podrá certificar la coordinación TDE, STEAM 4.0 y/o la participación
TDE a la misma persona.
- En el caso que la coordinación TDE y la coordinación STEAM 4.0 recaigan sobre la
misma persona, solo se podrá certificar por el desempeño de la coordinación STEAM 4.0.
- En ningún caso se podrá certificar la participación o el desempeño de la coordinación
TDE o STEAM 4.0 por periodos inferiores a seis meses.
Duodécimo. Información y comunicación.
Como queda recogido en el apartado noveno de la Resolución de 5 de julio de 2023, de
la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia
Sectorial de Educación de 7 de junio de 2023, por el que se aprueba la propuesta de
distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades
autónomas destinados al Programa Código Escuela 4.0, en el ejercicio presupuestario
2023, todas las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y
notificación sobre el Programa Código Escuela 4.0, la Comunidad Autónoma deberá hacer
constar la mención expresa siguiente: Programa financiado por el Ministerio de Educación
y Formación Profesional, así como incorporar el logo institucional del MEFPD.
Las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y notificación
derivadas de la aportación del Estado a este programa cumplirán los requisitos de
publicidad, según los cuales en todas las actuaciones que se deriven de los instrumentos
contractuales o convencionales realizados con cualquier persona física o jurídica, pública o
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324662
Undécimo. Reconocimiento del desempeño de la persona coordinadora TDE,
STEAM 4.0 y del profesorado participante.
1. Coordinación TDE y coordinación STEAM 4.0.
Tanto la persona responsable de la coordinación TDE como la persona responsable
de la coordinación STEAM 4.0 de los centros sostenidos con fondos públicos serán
acreditadas mediante certificación expedida por la Dirección General de Innovación y
Formación del Profesorado con el siguiente reconocimiento:
a) A efectos de procedimientos de participación en los concursos generales de
traslados: 0,5 puntos.
b) En los procesos de selección para la dirección: 0,15 puntos.
c) A efectos de sexenios: 30 horas de formación.
d) En los procedimientos de promoción entre Cuerpos docentes: 0,15 puntos.
2. Profesorado participante.
El profesorado participante en el proceso TDE, y en la implementación del Proyecto
STEAM 4.0 en los centros educativos que impartan algunas de las enseñanzas
correspondientes al segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación
Secundaria Obligatoria, será acreditado mediante certificación expedida por la Dirección
General de Innovación y Formación del Profesorado con el siguiente reconocimiento:
a) A efectos de procedimientos de participación en los concursos generales de
traslados: 0,25 puntos.
b) En los procesos de selección para la dirección: 0,10 puntos.
c) A efectos de sexenios: 20 horas de formación.