Disposiciones generales. . (2025/150-3)
Extracto de la Resolución Rectoral 24/2025 de 24 de julio de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan Ayudas de carácter extraordinario, en el curso académico 2025/2026.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Miércoles, 6 de agosto de 2025
página 10943/1
1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Extracto de la Resolución Rectoral 24/2025 de 24 de julio de 2025, de
la Universidad de Huelva, por la que se convocan Ayudas de carácter
extraordinario, en el curso académico 2025/2026.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/849216).
Primero. Convocatoria.
Esta ayuda tiene por objeto ayudar a cubrir los gastos de matrículas para estudiantes
que por una situación sobrevenida durante el curso académico no puedan hacer frente al
pago de la misma, y no disponga de otra ayuda para esta finalidad.
La ayuda estará comprendida entre el 50 y el 100 por 100 del precio que debe abonar
la persona solicitante. Para el cálculo del importe a abonar, se tendrán en cuenta aquellas
bonificaciones y deducciones previamente aplicadas, incluida la bonificación del 99 por
ciento de la matrícula, si la misma fuera aplicable.
Para poder ser beneficiario de estas ayudas es imprescindible no haber obtenido
ninguna otra ayuda pública o privada destinada al pago de la matrícula.
Requisitos de los solicitantes y acreditación:
1. Estar matriculado en la Universidad de Huelva, en una titulación oficial de Grado,
en el curso 2025/2026.
2. No ser becario del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
En este sentido, no se concederá esta ayuda a quienes, reuniendo los requisitos
establecidos por otras convocatorias gestionadas por la Universidad de Huelva, no hayan
presentado solicitud para su obtención, salvo que las circunstancias sobrevenidas que
puedan alegarse para la concesión de esta ayuda hayan tenido lugar con posterioridad a
la finalización del plazo para su solicitud.
La renta familiar resultante deberá situarse dentro del umbral 1 establecido en la
Convocatoria General de becas del Ministerio, para sus ayudas.
Tercero. Financiación.
La partida presupuestaria del Servicio de Gestión Académica destinadas al abono de
esta ayuda será:
- Año 2025: Centro de gasto 800004 - programa 321A - clasificación económica
480.00: 2.500 euros.
- Año 2026: Centro de gasto 800004 - programa 321A - clasificación económica
480.00: 2.500 euros.
En aplicación del artículo 58 del Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba
el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se
establece la posibilidad de incorporar una cuantía adicional con cargo al importe
consignado en la Unidad de Gasto 800004, del Servicio de Gestión Académica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324541
Segundo. Bases reguladoras.
Esta convocatoria se rige por la Resolución, de 29 de noviembre de 2022, de la
Universidad de Huelva, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión
de becas y ayudas al alumnado de grado y máster de la Universidad de Huelva.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Miércoles, 6 de agosto de 2025
página 10943/1
1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Extracto de la Resolución Rectoral 24/2025 de 24 de julio de 2025, de
la Universidad de Huelva, por la que se convocan Ayudas de carácter
extraordinario, en el curso académico 2025/2026.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/849216).
Primero. Convocatoria.
Esta ayuda tiene por objeto ayudar a cubrir los gastos de matrículas para estudiantes
que por una situación sobrevenida durante el curso académico no puedan hacer frente al
pago de la misma, y no disponga de otra ayuda para esta finalidad.
La ayuda estará comprendida entre el 50 y el 100 por 100 del precio que debe abonar
la persona solicitante. Para el cálculo del importe a abonar, se tendrán en cuenta aquellas
bonificaciones y deducciones previamente aplicadas, incluida la bonificación del 99 por
ciento de la matrícula, si la misma fuera aplicable.
Para poder ser beneficiario de estas ayudas es imprescindible no haber obtenido
ninguna otra ayuda pública o privada destinada al pago de la matrícula.
Requisitos de los solicitantes y acreditación:
1. Estar matriculado en la Universidad de Huelva, en una titulación oficial de Grado,
en el curso 2025/2026.
2. No ser becario del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
En este sentido, no se concederá esta ayuda a quienes, reuniendo los requisitos
establecidos por otras convocatorias gestionadas por la Universidad de Huelva, no hayan
presentado solicitud para su obtención, salvo que las circunstancias sobrevenidas que
puedan alegarse para la concesión de esta ayuda hayan tenido lugar con posterioridad a
la finalización del plazo para su solicitud.
La renta familiar resultante deberá situarse dentro del umbral 1 establecido en la
Convocatoria General de becas del Ministerio, para sus ayudas.
Tercero. Financiación.
La partida presupuestaria del Servicio de Gestión Académica destinadas al abono de
esta ayuda será:
- Año 2025: Centro de gasto 800004 - programa 321A - clasificación económica
480.00: 2.500 euros.
- Año 2026: Centro de gasto 800004 - programa 321A - clasificación económica
480.00: 2.500 euros.
En aplicación del artículo 58 del Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba
el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se
establece la posibilidad de incorporar una cuantía adicional con cargo al importe
consignado en la Unidad de Gasto 800004, del Servicio de Gestión Académica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324541
Segundo. Bases reguladoras.
Esta convocatoria se rige por la Resolución, de 29 de noviembre de 2022, de la
Universidad de Huelva, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión
de becas y ayudas al alumnado de grado y máster de la Universidad de Huelva.