Disposiciones generales. . (2025/150-5)
Extracto de la Resolución Rectoral 22/2025 de 24 de julio de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan Ayudas para estudiantes con discapacidad en el curso académico 2025/2026.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Miércoles, 6 de agosto de 2025
página 10941/1

1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Extracto de la Resolución Rectoral 22/2025 de 24 de julio de 2025, de la
Universidad de Huelva, por la que se convocan Ayudas para estudiantes con
discapacidad en el curso académico 2025/2026.

Primero. Convocatoria.
Con el objeto de cubrir parte de los gastos originados por su discapacidad, la
Universidad de Huelva convoca ayudas para estudiantes con la condición de persona
con discapacidad para la colaboración en el desarrollo de su actividad académica.
Esta ayuda se concreta en dos modalidades:
a) Estudiante colaborador/a.
Acuerdo o compromiso entre la persona que solicita y el/la estudiante colaborador/a,
en el que se describan brevemente las tareas o funciones que desempeña o desempeñará
la persona colaboradora. Esta ayuda la percibirá directamente el/la colaborador/a, a cuyo
efecto, deberá facilitar mediante certificación del banco o caja la cuenta de la que tiene
que ser titular, donde desea que se efectúe el ingreso. El importe de la ayuda estará
relacionado con las necesidades específicas de la persona con discapacidad y de las
tareas de colaboración necesarias. En el caso de estudiantes matriculados de 60 créditos,
el importe máximo a conceder será de 1.300 euros. Para estudiantes con un número
inferior de créditos, se aplicará la proporción correspondiente. El incumplimiento de las
funciones y tareas recogidas en el acuerdo de colaboración, supondrá la revocación total
o parcial de la ayuda concedida.
b) Ayuda de transporte.
Facturas de los taxis, o medio de transporte empleado por el/la estudiante durante el
período lectivo establecido por la Universidad de Huelva.
En el caso de estudiantes matriculados de 60 créditos, el importe máximo a conceder
será de 700 euros, conforme a distancia, desplazamientos, créditos matriculados y
calendario lectivo. En caso de emplear como medio de transporte vehículo perteneciente
al estudiante colaborador/a, este último será quien reciba directamente el importe de la
misma. En este supuesto, el acuerdo o compromiso entre ambos, deberá recoger dicha
circunstancia.
Requisitos de los solicitantes y acreditación:
Podrán solicitar la ayuda aquellos estudiantes con discapacidad que cumplan los
requisitos establecidos en esta convocatoria y que necesiten:
- La figura del estudiante colaborador: La ayuda está destinada a gratificar a algún
compañero/a (estudiante de la Universidad de Huelva) que colabore en las tareas
relacionadas con su actividad académica que el estudiante, debido a su discapacidad,
no pudiera desarrollar con normalidad. Como requisito para participar como estudiante
colaborador/a, éste deberá estar matriculado en la Universidad de Huelva en los mismos
estudios que el solicitante de la ayuda.
- Ayuda para transporte: Tiene por objeto sufragar (total o parcialmente) los gastos
originados por los desplazamientos que el estudiante con discapacidad, con fuertes
restricciones en su movilidad, ha de realizar a su centro de estudio.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00324539

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/849413).