3. Otras disposiciones. . (2025/150-20)
Corrección de errores de la Resolución de 23 de julio de 2025, de la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul, por la que se autoriza la apertura temporal del caladero de chirla (Chamelea gallina) en las zonas de producción de moluscos bivalvos del Golfo de Cádiz (BOJA núm. 144, de 29.7.2025).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Miércoles, 6 de agosto de 2025
página 11012/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Corrección de errores de la Resolución de 23 de julio de 2025, de la Dirección
General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul, por la que se autoriza la apertura
temporal del caladero de chirla (Chamelea gallina) en las zonas de producción de
moluscos bivalvos del Golfo de Cádiz (BOJA núm. 144, de 29.7.2025).
Advertido error en la Resolución de 23 de julio de 2025, de la Dirección General
de Pesca, Acuicultura y Economía Azul, por la que se autoriza la apertura temporal
del caladero de chirla (Chamelea gallina) en las zonas de producción de moluscos
bivalvos del Golfo de Cádiz, que ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía número 144, de 29 de julio de 2025, y de acuerdo con lo previsto en el
artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, donde se establece que «las Administraciones
Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de
los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos»,
procede su subsanación en los siguientes términos:
En el resuelvo sexto, donde se establece la talla mínima de captura de la chirla para
la próxima campaña, donde dice:
«Conforme a la habilitación normativa establecida en la disposición adicional quinta
de la citada Orden de 22 de febrero de 2018.»
Debe decir:
«Conforme a lo establecido en el artículo 3.1 sobre adaptación de tallas y vedas de la
Orden de 22 de febrero de 2018.»
En el resuelvo séptimo, apartado 5, donde se establece la obligtoriedad de las
embarcaciones de disponer de cajas verdes operativas, donde dice:
«Para poder iniciar la campaña, todas las embarcaciones deberán estar provistas de
«cajas verdes» operativas antes de las 23:59 del día 1 de agosto.»

00324610

Debe decir:
«Para poder iniciar la campaña, todas las embarcaciones deberán estar provistas de
«cajas verdes» operativas antes de las 23:59 del día 31 de julio.»

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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