3. Otras disposiciones. . (2025/149-36)
Orden de 11 de julio de 2025, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de la colección hemerográfica del Diario Ideal en sus ediciones de Granada, Costa Tropical, Málaga, Jaén, Almería y El Ejido para su ingreso y conservación en la Biblioteca de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 149 - Martes, 5 de agosto de 2025
página 10915/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Orden de 11 de julio de 2025, por la que se acepta la donación a favor de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, de la colección hemerográfica del Diario
Ideal en sus ediciones de Granada, Costa Tropical, Málaga, Jaén, Almería y El
Ejido para su ingreso y conservación en la Biblioteca de Andalucía.
A NTECEDENTES
Primero. Mediante escrito de 8 de noviembre de 2023, don Antonio González García,
en representación de Corporación de Medios de Andalucía, S.A., expresó su voluntad
de donar a la Junta de Andalucía las colecciones del Diario Ideal en sus ediciones de
Granada, Costa Tropical, Málaga, Jaén, Almería y El Ejido.
Segundo. El 30 de mayo de 2025, la Biblioteca de Andalucía informa sobre el interés que
tiene esta oferta de donación para su adquisición por parte de la Comunidad Autónoma de
Andalucía. Esta incorporación permite completar lagunas históricas significativas, enriquecer
las colecciones hemerográficas de la región y garantizar el libre acceso a estos fondos
para la investigación y consulta tanto de la ciudadanía como de la comunidad académica.
Además, contribuye a la preservación de la memoria histórica, cultural y social, asegurando la
conservación de documentos de gran relevancia para las generaciones futuras.
Tercero. La persona titular de la Secretaría General de Patrimonio Histórico y
Documental, con fecha de 18 de junio de 2025, propone aceptar la donación a favor de la
Comunidad Autónoma de Andalucía para su ingreso definitivo en la Biblioteca de Andalucía.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Segundo. El Decreto 169/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Cultura y Deporte, determina en su artículo 1.1 que
corresponde a la Consejería la propuesta, desarrollo, ejecución, coordinación y control
de las directrices generales del Consejo de Gobierno en relación con las competencias
atribuidas por el Estatuto de Autonomía a la Comunidad Autónoma de Andalucía en
materia de cultura y deporte, disponiendo el artículo 6 la competencia concreta de la
Secretaría General de Patrimonio Histórico y Documental en esta materia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00324513

Primero. El Estatuto de Autonomía establece en el artículo 10.3.3.º como uno de
los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma el «afianzamiento de la conciencia de
identidad y de la cultura andaluza, a través del conocimiento, investigación y difusión del
patrimonio histórico», y el artículo 37.1.18.º designa como principio rector de las políticas
públicas «la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de
Andalucía», por lo que la aceptación por parte de la Junta de Andalucía de esta donación
contribuirá a cumplir este objetivo.
A su vez, el artículo 68.1 dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la
competencia exclusiva en materia de cultura, que comprende la promoción y la difusión del
patrimonio cultural, artístico y monumental y de los centros de depósito cultural de Andalucía,
y la proyección internacional de la cultura andaluza. Por último, el apartado 3.1.º y 2.º del
citado artículo del Estatuto, atribuye la competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma
sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico,
sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución, así como sobre los
archivos, museos, bibliotecas y demás colecciones de naturaleza análoga que no sean de
titularidad estatal.