5. Anuncios. . (2025/149-45)
Anuncio de 24 de julio de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén, por el que se hace pública la declaración de minero-medicinales las aguas procedentes del sondeo núm. 93 de Frailes.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 149 - Martes, 5 de agosto de 2025
página 10900/1

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Anuncio de 24 de julio de 2025, de la Delegación Territorial de Economía,
Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén, por el que
se hace pública la declaración de minero-medicinales las aguas procedentes
del sondeo núm. 93 de Frailes.
La Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria,
Energía y Minas en Jaén, hace saber:
Que en Resolución del Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de
Andalucía de fecha 7 de julio de 2008, se dice:
Visto el expediente incoado por la Delegación de Jaén de esta Consejería que
tiene por objeto la prosecución de los trámites para la declaración como agua mineromedicinal de la procedente del sondeo núm. 93 de Frailes, sito en las proximidades del
antiguo balneario denominado sucesivamente como de Rivera, Ardales y Frailes, término
municipal de Frailes, provincia de Jaén, sondeo cuyas coordenadas UTM son X = 425.780
e Y = 4.148.631; expediente incoado a instancia del Ayuntamiento de Frailes, y en el que
concurren los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. De acuerdo con los datos existentes en el Servicio de Minas de esta
Consejería, el entorno hidrogeológico en el que se sitúa el sondeo reúne las características
adecuadas para llevar a efecto la declaración que se propone.
Segundo. El Instituto Geológico y Minero de España, en informe que obra en el expediente,
con fecha de 11 de mayo de 2007, considera que las aguas bajo consideración cumplen las
condiciones necesarias para ser declaradas como minero-medicinales, de acuerdo con los
requisitos exigidos por el Reglamento General para el Régimen de la Minería.
Tercero. El Asesor Técnico de Ordenación Minera de la Delegación Provincial de
Jaén de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, en escrito que consta en el
expediente con fecha de 26 de febrero de 2008, informa positivamente la declaración que
nos ocupa, recomendando que se eleve el expediente a la Dirección General de Industria,
Energía y Minas para su resolución, lo que la Delegación Provincial hace, haciendo suyo
el citado informe, con fecha de 2 de marzo de 2008.
Cuarto. La Delegación Provincial de Jaén de la Consejería de Salud, en oficio con fecha
21 de febrero de 2008, emite informe sanitario favorable a la consideración como mineromedicinal del agua procedente del sondeo en cuestión. Siendo este informe preceptivo y
vinculante de acuerdo con el Reglamento General para el Régimen de la Minería.

Primero. Esta Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, es competente para declarar
este recurso minero a tenor de lo dispuesto en el artículo 26.2.m de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; Decreto del Presidente 10/2008, de 19

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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