Disposiciones generales. . (2025/146-1)
Resolución de 25 de julio de 2025, de la Viceconsejería, por la que se aprueban las Instrucciones para el desarrollo, la dirección y la coordinación del Plan General de Actuación de la Inspección Educativa y el Plan de Formación para el Perfeccionamiento y Actualización Profesional, para el curso escolar 2025-2026.
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Número 146 - Jueves, 31 de julio de 2025
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Educativa que formen parte de la muestra. Igualmente se tendrán en cuenta las tasas
de idoneidad y éxito académico del alumnado. Con carácter general se considerarán
aquellos centros donde sus direcciones finalicen mandato, siempre que se cumplan los
criterios anteriormente expuestos. Todo ello sin perjuicio de que la fase de seguimiento se
realice en los centros que fueron objeto de la actuación en el curso 2024-2025, tal y como
se dispone en el apartado 10. A su vez, y además de en los centros docentes públicos
referidos anteriormente, la actuación se desarrollará en los Equipos de Orientación
Educativa de cada zona de Inspección de Andalucía.
4. El total de centros será el resultante de la selección de un centro de Educación
Infantil y Primaria por cada inspector o inspectora, de entre los centros de su referencia,
así como un Equipo de Orientación Educativa, como mínimo, por cada equipo de zona. El
Consejo de Inspección de Andalucía determinará con anterioridad al mes de octubre de
2025 los criterios de selección de la muestra, sin menoscabo de lo recogido al respecto
en el punto 3.
5. La intervención se realizará en el mayor número posible de grupos, cursos, niveles
o enseñanzas que se impartan en los centros docentes de la muestra, evaluándose al
menos las programaciones correspondientes a las aulas/grupos visitadas, así como la
planificación, aplicación y seguimiento de las medidas de atención a la diversidad del
alumnado de carácter general y específico. Se girarán todas aquellas visitas que sean
necesarias a aulas de grupos donde se impartan áreas del ámbito socio lingüístico y a
aulas de grupos donde se impartan áreas del ámbito científico tecnológico. A su vez, en
el marco de las visitas se analizará el impacto de las medidas de atención a la diversidad
previstas para el alumnado, con especial atención a la concreción de las mismas tras las
sesiones de evaluación o de equipo docente.
6. La actuación contará con documentación de apoyo e instrumentos para desarrollar
y homologar el trabajo de los inspectores e inspectoras de los equipos de inspección de
zona, utilizándose para su implementación el módulo correspondiente del Sistema de
Información Séneca.
7. Los equipos de inspección de zona vincularán el resultado de esta actuación al
proceso de autoevaluación de los centros, las propuestas de mejora que surjan de esta
evaluación externa, se vincularán a la memoria de autoevaluación y al plan de mejora de
los centros evaluados, de manera que las cuestiones con niveles insuficientes deberán
ser objeto de acciones de mejora incluidas en los procesos de autoevaluación de los
centros docentes.
8. Las conclusiones de esta evaluación se presentarán, al menos, al equipo directivo
del centro de la muestra, siendo posible efectuarlo ante otros órganos de coordinación
docente o miembros de la comunidad educativa. Las propuestas de mejora realizadas por
la Inspección deberán concretarse en un plan de trabajo por parte del centro educativo
que se incluirá en su plan de mejora para el siguiente curso.
9. Los órganos directivos de los centros docentes de la muestra cumplimentarán un
instrumento dentro del módulo correspondiente del Sistema de información Séneca, con
el objetivo de servir de análisis e información al equipo de inspección de zona.
10. La planificación de la actuación deberá contemplar el seguimiento y asesoramiento
a los centros evaluados con respecto a las propuestas de mejora realizadas como
consecuencia de la actuación en el curso anterior. El seguimiento será realizado por la
inspección de referencia del centro.
11. La Jefatura de cada uno de los Servicios Provinciales incluirá, como parte de la
Memoria Anual de funcionamiento del Servicio Provincial de Inspección de Educación, los
resultados de la actuación en la provincia, así como las propuestas para la Administración
educativa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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