3. Otras disposiciones. . (2025/145-34)
Resolución de 23 de julio de 2025, de la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul, por la que se modifica la tara de captura diaria y el esfuerzo pesquero semanal de la pesquería de coquina (Donax trunculus) en el litoral atlántico de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la campaña 2025-2026.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 145 - Miércoles, 30 de julio de 2025
página 10673/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Resolución de 23 de julio de 2025, de la Dirección General de Pesca, Acuicultura
y Economía Azul, por la que se modifica la tara de captura diaria y el esfuerzo
pesquero semanal de la pesquería de coquina (Donax trunculus) en el litoral
atlántico de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la campaña 2025-2026.
El marisqueo de coquina se encuentra regulado en la Orden de 20 de julio de 2023,
por la que se establece un Plan de Gestión para la especie coquina (Donax trunculus)
en el Golfo de Cádiz a fin de alcanzar niveles de rendimiento máximo sostenible. Se
trata de una actividad extractiva de gran importancia socioeconómica en el ámbito de las
provincias del oeste de Andalucía, Huelva, Cádiz y Sevilla.
No obstante la Orden de 25 de mayo de 2020, por la que se regula la actividad
de marisqueo a pie profesional en el litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
desarrolla la norma reguladora del marisqueo a pie en aguas del litoral andaluz,
estableciendo una tara máxima de captura de 25 kg de coquina por mariscador y día,
conforme a lo establecido en el apartado 2.2 del Anexo I de la citada orden.
Habiendo acabado la veda en el mes de mayo, se publicó la Resolución de 27 de junio
de 2025, de la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul, con fecha 11
de julio de 2025, autorizando la apertura del caladero de coquina (Donax trunculus) en
el litoral atlántico de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la campaña 2025-2026,
restringiendo el esfuerzo pesquero a 4 jornadas por semana, con objeto de mejorar la
recuperación del recurso, tal como se establece en el artículo 4.3 de la citada Orden
de 20 de julio de 2023.
No obstante, dado que existe un interés por parte del sector marisquero en ampliar
las jornadas de actividad durante los meses de verano, este sector se compromete
voluntariamente a reducir la tara de captura diaria para poder mantener la actividad
durante 5 jornadas por semana.
El artículo 6.4 de la citada Orden de 20 de julio de 2023, establece que atendiendo a
los resultados de los estudios de evaluación y seguimiento científico de la pesquería, esta
Dirección General determinará anualmente, las horas diarias de actividad, y podrá reducir
el tope diario de captura, para las diferentes modalidades autorizadas a la captura de la
especie coquina (Donax trunculus), mediante resolución que será publicada en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
RESU ELVO
Primero. Establecer un máximo de captura diaria de 20 kg por mariscador y día de
coquina en las zonas de producción de la provincia de Huelva en el caladero del Golfo de
Cádiz.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324271
Considerando las competencias que esta Dirección General tiene atribuidas de
acuerdo con el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería, modificado por el Decreto 165/2024, de 26 de agosto de 2024,
en uso de las facultades conferidas en la citada Orden de 20 de julio de 2023, y atendiendo
las peticiones y consideraciones del sector marisquero tras las reuniones mantenidas,
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 145 - Miércoles, 30 de julio de 2025
página 10673/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Resolución de 23 de julio de 2025, de la Dirección General de Pesca, Acuicultura
y Economía Azul, por la que se modifica la tara de captura diaria y el esfuerzo
pesquero semanal de la pesquería de coquina (Donax trunculus) en el litoral
atlántico de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la campaña 2025-2026.
El marisqueo de coquina se encuentra regulado en la Orden de 20 de julio de 2023,
por la que se establece un Plan de Gestión para la especie coquina (Donax trunculus)
en el Golfo de Cádiz a fin de alcanzar niveles de rendimiento máximo sostenible. Se
trata de una actividad extractiva de gran importancia socioeconómica en el ámbito de las
provincias del oeste de Andalucía, Huelva, Cádiz y Sevilla.
No obstante la Orden de 25 de mayo de 2020, por la que se regula la actividad
de marisqueo a pie profesional en el litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
desarrolla la norma reguladora del marisqueo a pie en aguas del litoral andaluz,
estableciendo una tara máxima de captura de 25 kg de coquina por mariscador y día,
conforme a lo establecido en el apartado 2.2 del Anexo I de la citada orden.
Habiendo acabado la veda en el mes de mayo, se publicó la Resolución de 27 de junio
de 2025, de la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul, con fecha 11
de julio de 2025, autorizando la apertura del caladero de coquina (Donax trunculus) en
el litoral atlántico de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la campaña 2025-2026,
restringiendo el esfuerzo pesquero a 4 jornadas por semana, con objeto de mejorar la
recuperación del recurso, tal como se establece en el artículo 4.3 de la citada Orden
de 20 de julio de 2023.
No obstante, dado que existe un interés por parte del sector marisquero en ampliar
las jornadas de actividad durante los meses de verano, este sector se compromete
voluntariamente a reducir la tara de captura diaria para poder mantener la actividad
durante 5 jornadas por semana.
El artículo 6.4 de la citada Orden de 20 de julio de 2023, establece que atendiendo a
los resultados de los estudios de evaluación y seguimiento científico de la pesquería, esta
Dirección General determinará anualmente, las horas diarias de actividad, y podrá reducir
el tope diario de captura, para las diferentes modalidades autorizadas a la captura de la
especie coquina (Donax trunculus), mediante resolución que será publicada en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
RESU ELVO
Primero. Establecer un máximo de captura diaria de 20 kg por mariscador y día de
coquina en las zonas de producción de la provincia de Huelva en el caladero del Golfo de
Cádiz.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324271
Considerando las competencias que esta Dirección General tiene atribuidas de
acuerdo con el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería, modificado por el Decreto 165/2024, de 26 de agosto de 2024,
en uso de las facultades conferidas en la citada Orden de 20 de julio de 2023, y atendiendo
las peticiones y consideraciones del sector marisquero tras las reuniones mantenidas,