3. Otras disposiciones. . (2025/145-38)
Resolución de 23 de julio de 2025, de la Dirección General de Comercio, por la que se hace pública la declaración de dos zonas de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, en el municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 145 - Miércoles, 30 de julio de 2025
página 10607/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 23 de julio de 2025, de la Dirección General de Comercio, por la
que se hace pública la declaración de dos zonas de gran afluencia turística, a
efectos de horarios comerciales, en el municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz).
En virtud de lo establecido en el artículo 10 del Decreto 2/2014, de 14 de enero,
por el que se regulan los criterios y el procedimiento para la declaración de zonas de
gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, se inserta a continuación
la Resolución de 21 de julio de 2025, de la Secretaría General de Empresa y Trabajo
Autónomo, por la que se declara dos zonas de gran afluencia turística, a efectos de
horarios comerciales, en el municipio de Motril (Granada).
Sevilla, 23 de julio de 2025.- La Directora General, Cecilia Ortiz Carrasco.
RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE EMPRESA Y TRABAJO
AUTÓNOMO POR LA QUE SE DECLARAN EN EL MUNICIPIO DE JEREZ DE LA
FRONTERA DOS ZONAS DE GRAN AFLUENCIA TURÍSTICA, A EFECTOS DE
HORARIOS COMERCIALES.
Vista la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, de la
provincia de Cádiz para declarar en este municipio dos zonas de gran afluencia turística,
a efectos de horarios comerciales y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Segundo. Con fecha 20 de febrero de 2025, esta Dirección General de Comercio
recibe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, la Sentencia núm. 174/25,
de 18 de febrero de 2025, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla con sede en Sevilla, sobre el recurso
núm. 138/2023, seguido a instancia del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera contra la
Resolución de fecha 29 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Empresa y
Trabajo Autónomo por la que se declara una zona de gran afluencia turística, a efectos de
horarios comerciales, en el municipio de Jerez de la Frontera, en la que falla:
«Que debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo
formulado por Ayuntamiento de Jerez de La Frontera, asistido por la Sra. Letrada doña
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324205
Primero. Mediante Resolución de la Secretaría General de Empresa y Trabajo
Autónomo de 29 de diciembre de 2022, se declara una zona de gran afluencia turística,
a efectos de horarios comerciales (en adelante ZGAT), en el municipio de Jerez de la
Frontera, para el ámbito, períodos y vigencia que a continuación se relaciona:
- Ámbito territorial: Término municipal completo.
- Períodos:
• Semana Santa, desde el Domingo de Ramos al Domingo de Resurrección (ambos
incluidos).
• Durante la celebración en el Circuito «Jerez-Ángel Nieto» del Gran Premio de
España de Motociclismo.
• Meses de mayo, julio, agosto, septiembre y octubre.
- Vigencia: Indefinida, mientras se mantengan las circunstancias que motivaron la
declaración.
BOJA
Número 145 - Miércoles, 30 de julio de 2025
página 10607/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 23 de julio de 2025, de la Dirección General de Comercio, por la
que se hace pública la declaración de dos zonas de gran afluencia turística, a
efectos de horarios comerciales, en el municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz).
En virtud de lo establecido en el artículo 10 del Decreto 2/2014, de 14 de enero,
por el que se regulan los criterios y el procedimiento para la declaración de zonas de
gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, se inserta a continuación
la Resolución de 21 de julio de 2025, de la Secretaría General de Empresa y Trabajo
Autónomo, por la que se declara dos zonas de gran afluencia turística, a efectos de
horarios comerciales, en el municipio de Motril (Granada).
Sevilla, 23 de julio de 2025.- La Directora General, Cecilia Ortiz Carrasco.
RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE EMPRESA Y TRABAJO
AUTÓNOMO POR LA QUE SE DECLARAN EN EL MUNICIPIO DE JEREZ DE LA
FRONTERA DOS ZONAS DE GRAN AFLUENCIA TURÍSTICA, A EFECTOS DE
HORARIOS COMERCIALES.
Vista la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, de la
provincia de Cádiz para declarar en este municipio dos zonas de gran afluencia turística,
a efectos de horarios comerciales y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Segundo. Con fecha 20 de febrero de 2025, esta Dirección General de Comercio
recibe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, la Sentencia núm. 174/25,
de 18 de febrero de 2025, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla con sede en Sevilla, sobre el recurso
núm. 138/2023, seguido a instancia del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera contra la
Resolución de fecha 29 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Empresa y
Trabajo Autónomo por la que se declara una zona de gran afluencia turística, a efectos de
horarios comerciales, en el municipio de Jerez de la Frontera, en la que falla:
«Que debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo
formulado por Ayuntamiento de Jerez de La Frontera, asistido por la Sra. Letrada doña
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324205
Primero. Mediante Resolución de la Secretaría General de Empresa y Trabajo
Autónomo de 29 de diciembre de 2022, se declara una zona de gran afluencia turística,
a efectos de horarios comerciales (en adelante ZGAT), en el municipio de Jerez de la
Frontera, para el ámbito, períodos y vigencia que a continuación se relaciona:
- Ámbito territorial: Término municipal completo.
- Períodos:
• Semana Santa, desde el Domingo de Ramos al Domingo de Resurrección (ambos
incluidos).
• Durante la celebración en el Circuito «Jerez-Ángel Nieto» del Gran Premio de
España de Motociclismo.
• Meses de mayo, julio, agosto, septiembre y octubre.
- Vigencia: Indefinida, mientras se mantengan las circunstancias que motivaron la
declaración.