3. Otras disposiciones. . (2025/145-41)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Dirección General de Movilidad y Transportes, por la que se da cumplimiento al artículo 38.7 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, en relación a la aprobación del Plan de Transporte Metropolitano del Área de Jaén. Plan de Movilidad Sostenible.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 145 - Miércoles, 30 de julio de 2025
página 10710/6
ANEXO II
00324308
1. Medidas de seguimiento de los efectos en el medio ambiente del plan.
El capítulo 10 del Estudio Ambiental Estratégico (EsAE) recoge un sistema de
seguimiento y evaluación de los efectos ambientales del PTMAJ que vela por el
cumplimiento de los principios de sostenibilidad y lucha contra el cambio climático, el cual
debe integrarse en el sistema de seguimiento y evaluación de la ejecución general del
propio PTMAJ, con los siguientes objetivos:
- Verificar la valoración de los probables efectos ambientales realizada en el propio
EsAE.
- Identificar posibles desviaciones en dicha valoración, así como otros efectos adversos
detectados durante el desarrollo del PTMAJ no previstos inicialmente en el EsAE.
- Evaluar la ejecución de las medidas indicadas en el EsAE para prevenir, reducir y
compensar los efectos negativos significativos del PTMAJ.
- Obtener conclusiones de lo anterior respecto a la contribución del PTMAJ al
desarrollo sostenible y a la lucha contra el cambio climático de su ámbito territorial.
Para el cumplimiento de estos objetivos, se creará un grupo de trabajo multidisciplinario
integrado por el promotor y el órgano ambiental, si bien podrán colaborar personas
expertas en el seguimiento de determinados efectos. Los resultados del seguimiento
de este grupo de trabajo se reflejarán en informes de seguimiento anuales y memorias
de sostenibilidad. Estos informes de seguimiento incorporarán el seguimiento ambiental
como parte del seguimiento integral del plan y deberán ser remitidos al órgano ambiental,
así como publicados en la web de los órganos promotor y ambiental y en demás medios
de difusión pertinentes.
El EsAE aporta una batería inicial de indicadores para dar operatividad a los citados
objetivos de seguimiento, pudiendo ser éstos objeto de modificación como resultado de
las conclusiones que se desprendan de los correspondientes informes de seguimiento
ambiental anuales y memorias de sostenibilidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 145 - Miércoles, 30 de julio de 2025
página 10710/6
ANEXO II
00324308
1. Medidas de seguimiento de los efectos en el medio ambiente del plan.
El capítulo 10 del Estudio Ambiental Estratégico (EsAE) recoge un sistema de
seguimiento y evaluación de los efectos ambientales del PTMAJ que vela por el
cumplimiento de los principios de sostenibilidad y lucha contra el cambio climático, el cual
debe integrarse en el sistema de seguimiento y evaluación de la ejecución general del
propio PTMAJ, con los siguientes objetivos:
- Verificar la valoración de los probables efectos ambientales realizada en el propio
EsAE.
- Identificar posibles desviaciones en dicha valoración, así como otros efectos adversos
detectados durante el desarrollo del PTMAJ no previstos inicialmente en el EsAE.
- Evaluar la ejecución de las medidas indicadas en el EsAE para prevenir, reducir y
compensar los efectos negativos significativos del PTMAJ.
- Obtener conclusiones de lo anterior respecto a la contribución del PTMAJ al
desarrollo sostenible y a la lucha contra el cambio climático de su ámbito territorial.
Para el cumplimiento de estos objetivos, se creará un grupo de trabajo multidisciplinario
integrado por el promotor y el órgano ambiental, si bien podrán colaborar personas
expertas en el seguimiento de determinados efectos. Los resultados del seguimiento
de este grupo de trabajo se reflejarán en informes de seguimiento anuales y memorias
de sostenibilidad. Estos informes de seguimiento incorporarán el seguimiento ambiental
como parte del seguimiento integral del plan y deberán ser remitidos al órgano ambiental,
así como publicados en la web de los órganos promotor y ambiental y en demás medios
de difusión pertinentes.
El EsAE aporta una batería inicial de indicadores para dar operatividad a los citados
objetivos de seguimiento, pudiendo ser éstos objeto de modificación como resultado de
las conclusiones que se desprendan de los correspondientes informes de seguimiento
ambiental anuales y memorias de sostenibilidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja