Disposiciones generales. . (2025/145-5)
Orden de 22 de julio de 2025, por la que se modifica la Orden de 17 de junio de 2024, por la que se convocan para el año 2024, las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), modificada por la Orden de 22 de mayo de 2024, que se citan, y su extracto.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 145 - Miércoles, 30 de julio de 2025
página 10681/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 22 de julio de 2025, por la que se modifica la Orden de 17 de junio
de 2024, por la que se convocan para el año 2024, las ayudas previstas en
la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no
competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota
pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), modificada
por la Orden de 22 de mayo de 2024, que se citan, y su extracto.
Mediante la Orden de 17 de junio de 2024, de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
número 125, de 28 de junio de 2024, se convocaron, entre otras, las ayudas a la parada
temporal de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad de cerco que faena en
el caladero nacional del Golfo de Cádiz, que ha tenido lugar del 1 de diciembre de 2024
al 31 de enero de 2025.
El crédito convocado ha sido el siguiente:
Línea de ayuda
Ayuda a la parada temporal de la flota con
puerto base en Andalucía de la modalidad
de cerco que faena en el caladero del Golfo
de Cádiz.
Partidas presupuestarias
Cuantía máxima (€)
1400120000/G/71P/47300/G4130204A6
Armadores: 500.000
1400120000/G/71P/48300/G4130204A6
Tripulantes: 900.000
El apartado 3 del resuelvo primero de la referida orden recoge la posibilidad de un
incremento de crédito de esta convocatoria y dado que en la Resolución de la Dirección
General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul de fecha 23 de junio de 2025 de las
solicitudes de estas ayudas se incluyen armadores que, aún cumpliendo los requisitos
necesarios para tener la consideración de persona beneficiaria, han resultado
desfavorables como consecuencia de haberse agotado el crédito disponible para
armadores en la convocatoria, se hace necesario incrementar los créditos convocados.
Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la modificación de
la referida Orden de 17 de junio de 2024 y de su extracto, y en virtud de la competencia
que me confiere el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y el artículo 115
del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Publica de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
Primero. Modificar la Orden de 17 de junio de 2024, por la que se convocan para
el año 2024, las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de
concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la
flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), modificada por la
Orden de 22 de mayo de 2024, que se citan.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324279
RESU ELVO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 145 - Miércoles, 30 de julio de 2025
página 10681/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 22 de julio de 2025, por la que se modifica la Orden de 17 de junio
de 2024, por la que se convocan para el año 2024, las ayudas previstas en
la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no
competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota
pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), modificada
por la Orden de 22 de mayo de 2024, que se citan, y su extracto.
Mediante la Orden de 17 de junio de 2024, de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
número 125, de 28 de junio de 2024, se convocaron, entre otras, las ayudas a la parada
temporal de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad de cerco que faena en
el caladero nacional del Golfo de Cádiz, que ha tenido lugar del 1 de diciembre de 2024
al 31 de enero de 2025.
El crédito convocado ha sido el siguiente:
Línea de ayuda
Ayuda a la parada temporal de la flota con
puerto base en Andalucía de la modalidad
de cerco que faena en el caladero del Golfo
de Cádiz.
Partidas presupuestarias
Cuantía máxima (€)
1400120000/G/71P/47300/G4130204A6
Armadores: 500.000
1400120000/G/71P/48300/G4130204A6
Tripulantes: 900.000
El apartado 3 del resuelvo primero de la referida orden recoge la posibilidad de un
incremento de crédito de esta convocatoria y dado que en la Resolución de la Dirección
General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul de fecha 23 de junio de 2025 de las
solicitudes de estas ayudas se incluyen armadores que, aún cumpliendo los requisitos
necesarios para tener la consideración de persona beneficiaria, han resultado
desfavorables como consecuencia de haberse agotado el crédito disponible para
armadores en la convocatoria, se hace necesario incrementar los créditos convocados.
Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la modificación de
la referida Orden de 17 de junio de 2024 y de su extracto, y en virtud de la competencia
que me confiere el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y el artículo 115
del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Publica de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
Primero. Modificar la Orden de 17 de junio de 2024, por la que se convocan para
el año 2024, las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de
concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la
flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), modificada por la
Orden de 22 de mayo de 2024, que se citan.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324279
RESU ELVO