3. Otras disposiciones. . (2025/144-34)
Resolución de 26 de junio de 2025, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga, por la que se aprueba el Programa Anual de Inspección de Aprovechamientos de Aguas en el ámbito territorial de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas en la provincia de Málaga para el año 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 - Martes, 29 de julio de 2025
página 10594/4

• La instrucción del resto de procedimientos administrativos que corresponda
incoar tras el resultado de la inspección (caducidad de concesión, modificación de
características, etc.), así como en general los relativos a la disciplina en materia de agua.
• El requerimiento a los titulares de los aprovechamientos de aguas o de los terrenos
inspeccionados para que adopten las medidas que sean necesarias de acuerdo con la
legislación vigente, (instalación de contadores homologados, clausura de captaciones o
pozos abandonados, demolición de lo construido ilegalmente, reparación de daños, o
cualquiera otra medida que proceda).
• La ejecución subsidiaria de las medidas que sean necesarias de acuerdo con la
legislación vigente.
Por tanto, esta Delegación Territorial es la competente en la elaboración, aprobación y
ejecución del programa anual de inspección de aprovechamientos de aguas en el ámbito
territorial de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas en
la provincia de Málaga, que será ejercitada a través del Servicio de Dominio Público
Hidráulico y Calidad de las Aguas.
La Instrucción de la SGSMEA establece que los Agentes de Medio Ambiente, en el
ejercicio de sus funciones de obtención de información, inspecciones y levantamiento de
actas, actuarán en las tareas de vigilancia, inspección y control relativas a la ejecución
de los planes y programas derivados del desarrollo de los establecido en la LAA, por
orden superior de los órganos competentes de la Consejería de Sostenibilidad y Medio
Ambiente, en el grado correspondiente a su capacitación profesional, que corresponde
según lo establecido en la disposición adicional quinta de la Ley 6/1985, de 28 de
noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, al Cuerpo de
Ayudantes Técnicos de la Junta de Andalucía.

5. Objetivos de las inspecciones programadas.
Las inspecciones programadas son aquellas que han de realizarse como parte del
programa anual de inspecciones previsto en el artículo 49 de la LAA. Los objetivos de las
inspecciones programadas son:
• Comprobar la instalación y precintado de los elementos de medición (contadores
o aforadores) para la medición del consumo, su correcto funcionamiento, y realizar la
lectura de estos. Se trata pues del control e inspección de los sistemas de medición
que la normativa estatal recoge en el artículo 15 de la Orden TED/1191/2024, de 24 de
octubre, por la que se regulan los sistemas electrónicos de control de los volúmenes de
agua utilizados por los aprovechamientos de agua, los retornos y los vertidos al dominio
público hidráulico.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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4. Capacidad de inspección.
Dispone la Instrucción de la DGPRH que las Delegaciones Territoriales de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural determinarán su capacidad de inspección teniendo en
cuenta la disponibilidad de personas que tengan encomendadas funciones respecto a
la inspección y vigilancia de los aprovechamientos de aguas y de las obras derivadas
de las concesiones y autorizaciones del dominio público hidráulico, la guardería fluvial
y los agentes de medio ambiente. Considerando el número de aprovechamientos de
agua existentes en su ámbito, las Delegaciones Territoriales adoptarán las medidas
organizativas necesarias para adecuar dicha capacidad inspectora a las necesidades.
De acuerdo a lo expuesto en el párrafo anterior, la capacidad de inspección de la
Delegación Territorial se ha establecido considerando, por una parte, el personal con
funciones de inspección y vigilancia de los aprovechamientos de aguas y de las obras
derivadas de las concesiones y autorizaciones del dominio público hidráulico (Inspector
Fluvial y Guardas Fluviales), adscritos a esta Delegación Territorial, y por otra parte, en
virtud de la Instrucción SGSMEA, con los Agentes de Medio Ambiente, adscritos a la
Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Málaga.