3. Otras disposiciones. . (2025/144-34)
Resolución de 26 de junio de 2025, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga, por la que se aprueba el Programa Anual de Inspección de Aprovechamientos de Aguas en el ámbito territorial de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas en la provincia de Málaga para el año 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 - Martes, 29 de julio de 2025
página 10594/3

anual de inspección de aprovechamientos de aguas por cada una de las demarcaciones
hidrográficas con territorio dentro de su correspondiente provincia, de acuerdo con el
artículo 49 de la LAA y los criterios comunes establecidos en los apartados anteriores».
Actualmente y de acuerdo al artículo 7 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25
de julio, sobre reestructuración de Consejerías, corresponden a la Consejería de
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural las competencias que tenía atribuidas la
anterior Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, salvo las
competencias en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible.
Conforme al Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, corresponde a
dicha Consejería el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma
de Andalucía en materia de aguas.
Por último, hay que indicar la Instrucción de 08 de marzo de 2023 de la Secretaría
General de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul (en adelante SGSMEA) para
establecer el procedimiento de actuación entre la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul y la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural en materia de aguas. Esta instrucción, según su apartado segundo, tiene por objeto
establecer el marco de actuación entre ambas consejerías en materia de vigilancia,
control y policía del dominio público hidráulico y sus servidumbres, mediante la actuación
de los Agentes de Medio Ambiente, adscritos a la primera.

3. Competencia.
Indica la Instrucción de la DGPRH que, con relación a la inspección, vigilancia y
control de aprovechamientos de aguas, corresponden a las Delegaciones Territoriales
competentes en materia de aguas, entre otras, las siguientes funciones:
• Con carácter general, las labores de inspección, vigilancia y control asignadas a la
consejería competente en materia de aguas.
• Llevar a cabo el control de las condiciones en que deben realizarse los aprovechamientos
de agua autorizados o concedidos, de acuerdo con el artículo 49.2 de la LAA.
• La elaboración, aprobación y ejecución de los programas anuales de inspección, de
acuerdo con el artículo 49.3 de la LAA.
• La iniciación de los procedimientos sancionadores, así como la imposición de
sanciones en materia de agua hasta 60.000 euros, de acuerdo con el artículo Art. 109.2
de la LAA.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00324192

2. Ámbito de aplicación.
La provincia de Málaga participa en el ámbito territorial de la Demarcación Hidrográfica
del Guadalquivir (6,44% de la superficie provincial), de la Demarcación Hidrográfica
de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas (91,40% de la superficie provincial) y de la
Demarcación Hidrográfica del Guadalete y Barbate (2,16% de la superficie provincial).
La Instrucción de la DGPRH se refiere a los aprovechamientos de aguas situados en
el ámbito territorial de las cuencas intracomunitarias andaluzas, éstas son:
• Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas.
• Demarcación Hidrográfica del Guadalete y Barbate.
• Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras.
Dispone además que cada Delegación Territorial con competencia en materia de
aguas elaborará y aprobará un programa anual de inspección de aprovechamientos
de aguas por cada una de las demarcaciones hidrográficas con territorio dentro de su
correspondiente provincia, de acuerdo con el artículo 49 de la Ley de Aguas de Andalucía
y los criterios comunes establecidos en la propia Instrucción.
De acuerdo con lo anterior, el ámbito territorial de aplicación del presente programa
de inspección de aprovechamientos de aguas se corresponde el de la Demarcación
Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas en la provincia de Málaga.