3. Otras disposiciones. . (2025/143-42)
Resolución de 23 de julio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Revisión financiera de determinadas áreas del Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía (Sevilla). Ejercicio 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Lunes, 28 de julio de 2025
página 10532/10
Si no se hubieran contabilizados estas modificaciones, que representan el 99,71% del total de las
modificaciones en términos monetarios de 2021, los créditos definitivos y las previsiones definitivas hubieran sido inferiores en un 35,99%, pues recogerían un importe de 6.304.695,13€ en lugar de los 9.850.021,76€ que figuran en la Liquidación del Presupuesto de 2021.
37. Además, la realización de estas modificaciones de crédito ha posibilitado el reconocimiento de
obligaciones por 3.552.996,25 € y la realización de pagos por 1.483.474,54 € que hubieran carecido de consignación presupuestaria sin tales modificaciones. (§ Anexo 7.3)
Los gastos sin consignación presupuestaria vulneran el principio de especialidad cuantitativa consagrado en el art. 173.5 del TRLRHL. Podría tratarse de un supuesto de hecho constitutivo de responsabilidad patrimonial, tal y como determina el art. 177.1.c) de la Ley 47/2003 General Presupuestaria (LGP). Además, pudiera ser constitutivo de infracción muy grave, por aplicación del
apartado c) del art. 28. Infracciones en materia de gestión económico-presupuestaria de la LTBG,
con el régimen de sanciones contemplado en su art. 30. (§ 39 y 42)
Liquidación del presupuesto de gastos: obligaciones reconocidas netas
38. La Entidad Local comunica que no se ha aprobado ningún Expediente de Reconocimiento Extraju-
dicial de Créditos (EREC) en el período 2020-2022 y que imputa los gastos sin consignación presupuestaria devengados en ejercicios anteriores en el presupuesto del año en curso, práctica habitual de esta Entidad Local que supone un incumplimiento del principio de anualidad presupuestaria consagrado en el art. 176 del TRLRHL.
Se ha podido comprobar que, por tal motivo, tanto la subcuenta (4131): Acreedores por operaciones pendientes de aplicar al presupuesto como la cuenta (555): pagos pendientes de aplicación
tienen en 2021 un saldo nulo, situación que comienza desde al menos 2019 y que se mantiene en
2022. (§ 39 y 42)
Resultado Presupuestario y Balance
39. El saldo de la subcuenta (4131): acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto,
que a finales de 2021 aparecía contabilizado con un saldo nulo (§ 38), habría de incrementarse en
3.552.996,25 €, con motivo de los gastos sin consignación presupuestaria sobrevenidos que aparecerían debidos a las modificaciones presupuestarias realizadas con incumplimiento del ordenamiento jurídico. (§ 37)
40. Por su parte, el total de anotaciones al haber de la cuenta (400): acreedores por obligaciones re-
conocidas. Presupuesto de gastos corriente del Balance sería inferior en 3.552.996,25 € €, lo que
ocasionaría que el Resultado Presupuestario del ejercicio y, por ende, el Resultado Presupuestario
Ajustado se vieran incrementados en 3.552.996,25 € €.
habría que minorar el total de anotaciones al debe de la cuenta (400): acreedores por obligaciones
reconocidas. Presupuesto de gastos corriente del Balance por este importe de 1.483.474,54 €.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324130
41. Dado que de estos 3.552.996,25 € de obligaciones reconocidas fueron pagados 1.483.474,54 €,
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Lunes, 28 de julio de 2025
página 10532/10
Si no se hubieran contabilizados estas modificaciones, que representan el 99,71% del total de las
modificaciones en términos monetarios de 2021, los créditos definitivos y las previsiones definitivas hubieran sido inferiores en un 35,99%, pues recogerían un importe de 6.304.695,13€ en lugar de los 9.850.021,76€ que figuran en la Liquidación del Presupuesto de 2021.
37. Además, la realización de estas modificaciones de crédito ha posibilitado el reconocimiento de
obligaciones por 3.552.996,25 € y la realización de pagos por 1.483.474,54 € que hubieran carecido de consignación presupuestaria sin tales modificaciones. (§ Anexo 7.3)
Los gastos sin consignación presupuestaria vulneran el principio de especialidad cuantitativa consagrado en el art. 173.5 del TRLRHL. Podría tratarse de un supuesto de hecho constitutivo de responsabilidad patrimonial, tal y como determina el art. 177.1.c) de la Ley 47/2003 General Presupuestaria (LGP). Además, pudiera ser constitutivo de infracción muy grave, por aplicación del
apartado c) del art. 28. Infracciones en materia de gestión económico-presupuestaria de la LTBG,
con el régimen de sanciones contemplado en su art. 30. (§ 39 y 42)
Liquidación del presupuesto de gastos: obligaciones reconocidas netas
38. La Entidad Local comunica que no se ha aprobado ningún Expediente de Reconocimiento Extraju-
dicial de Créditos (EREC) en el período 2020-2022 y que imputa los gastos sin consignación presupuestaria devengados en ejercicios anteriores en el presupuesto del año en curso, práctica habitual de esta Entidad Local que supone un incumplimiento del principio de anualidad presupuestaria consagrado en el art. 176 del TRLRHL.
Se ha podido comprobar que, por tal motivo, tanto la subcuenta (4131): Acreedores por operaciones pendientes de aplicar al presupuesto como la cuenta (555): pagos pendientes de aplicación
tienen en 2021 un saldo nulo, situación que comienza desde al menos 2019 y que se mantiene en
2022. (§ 39 y 42)
Resultado Presupuestario y Balance
39. El saldo de la subcuenta (4131): acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto,
que a finales de 2021 aparecía contabilizado con un saldo nulo (§ 38), habría de incrementarse en
3.552.996,25 €, con motivo de los gastos sin consignación presupuestaria sobrevenidos que aparecerían debidos a las modificaciones presupuestarias realizadas con incumplimiento del ordenamiento jurídico. (§ 37)
40. Por su parte, el total de anotaciones al haber de la cuenta (400): acreedores por obligaciones re-
conocidas. Presupuesto de gastos corriente del Balance sería inferior en 3.552.996,25 € €, lo que
ocasionaría que el Resultado Presupuestario del ejercicio y, por ende, el Resultado Presupuestario
Ajustado se vieran incrementados en 3.552.996,25 € €.
habría que minorar el total de anotaciones al debe de la cuenta (400): acreedores por obligaciones
reconocidas. Presupuesto de gastos corriente del Balance por este importe de 1.483.474,54 €.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324130
41. Dado que de estos 3.552.996,25 € de obligaciones reconocidas fueron pagados 1.483.474,54 €,