Disposiciones generales. . (2025/141-6)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, de modificación de la Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Almería para el proyecto tractor «Innovación y sostenibilidad en la industria auxiliar de la agricultura almeriense».
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 141 - Jueves, 24 de julio de 2025
página 10446/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Mediante la Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria, Energía
y Minas (BOJA núm. 42, de 29 de febrero), se aprobaron las bases reguladoras para
la concesión de los «incentivos de transición justa para el impulso de ecosistemas
industriales sostenibles en las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba», contemplados
en Capítulo II del Título I del Decreto 19/2024, de 29 de enero, para una transición justa a
través del impulso de ecosistemas industriales sostenibles en las provincias de Almería,
Cádiz y Córdoba.
Por Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas,
se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Almería para el proyecto
tractor «Innovación y sostenibilidad en la industria auxiliar de la agricultura almeriense»
(BOJA núm. 95, de 21 de mayo de 2025).
A dicha convocatoria le acompañan el Anexo VIII, en el que se establecen los
conceptos de inversiones y de gastos previstos incentivar, de entre los enumerados
en el apartado 5.a) del Cuadro Resumen de la Orden de 22 de febrero de 2024, de la
Consejería de Industria, Energía y Minas.
A la vista de los conceptos de inversiones y de gastos que constan en el referido
Anexo VIII, se pone de manifiesto que los costes de inversión en activos materiales
incluidos resultan insuficientes para alcanzar la finalidad para la que se convocan los
incentivos en el ámbito de las tipologías de proyectos «A.1.1. Diversificación económica,
modernización y reconversión mediante inversiones productivas y de tecnologías y
logística avanzada» y «A.2.2. Mejora de la economía circular, también mediante la
prevención y reducción de residuos, la eficiencia en el uso de los recursos, la reutilización,
la reparación y el reciclado».
En particular para las tipologías de proyectos anteriores, el Anexo VIII no contempla
como concepto de inversión en activos materiales las inversiones en naves y
construcciones, siendo este un concepto de gasto subvencionable contemplado en el
apartado 5.c).1º.1 c) de la Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria,
Energía y Minas.
La omisión de las inversiones en naves y construcciones como concepto incentivable,
dificulta la consecución de los objetivos que persiguen los proyectos encuadrados en las
mencionadas tipologías y que se enumeran en el Anexo III de la convocatoria.
En segundo lugar, procede modificar el Anexo IV, donde figura la relación de CNAE,
toda vez que se ha producido un error al no introducir los correspondientes a Industria
del papel (17), Artes gráficas y reproducción de soportes grabados (18) y Fabricación
de envases y embalajes de plástico (22.22), actividades lógicamente vinculadas a la
industria auxiliar de la agricultura.
En virtud de lo expuesto, es necesario modificar el Anexo VIII de la Resolución de 2
de mayo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, incluyendo el coste
establecido en apartado 5.c).1º.1.c), relativo a naves y construcciones, de acuerdo con
las condiciones determinadas en la Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería
de Industria, Energía y Minas; así como el Anexo IV de la misma, al objeto de incluir los
CNAEs que por error no fueron incorporados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324044
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Secretaría General de Industria y
Minas, de modificación de la Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría
General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de
transición justa en la provincia de Almería para el proyecto tractor «Innovación y
sostenibilidad en la industria auxiliar de la agricultura almeriense».
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 141 - Jueves, 24 de julio de 2025
página 10446/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Mediante la Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria, Energía
y Minas (BOJA núm. 42, de 29 de febrero), se aprobaron las bases reguladoras para
la concesión de los «incentivos de transición justa para el impulso de ecosistemas
industriales sostenibles en las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba», contemplados
en Capítulo II del Título I del Decreto 19/2024, de 29 de enero, para una transición justa a
través del impulso de ecosistemas industriales sostenibles en las provincias de Almería,
Cádiz y Córdoba.
Por Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas,
se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Almería para el proyecto
tractor «Innovación y sostenibilidad en la industria auxiliar de la agricultura almeriense»
(BOJA núm. 95, de 21 de mayo de 2025).
A dicha convocatoria le acompañan el Anexo VIII, en el que se establecen los
conceptos de inversiones y de gastos previstos incentivar, de entre los enumerados
en el apartado 5.a) del Cuadro Resumen de la Orden de 22 de febrero de 2024, de la
Consejería de Industria, Energía y Minas.
A la vista de los conceptos de inversiones y de gastos que constan en el referido
Anexo VIII, se pone de manifiesto que los costes de inversión en activos materiales
incluidos resultan insuficientes para alcanzar la finalidad para la que se convocan los
incentivos en el ámbito de las tipologías de proyectos «A.1.1. Diversificación económica,
modernización y reconversión mediante inversiones productivas y de tecnologías y
logística avanzada» y «A.2.2. Mejora de la economía circular, también mediante la
prevención y reducción de residuos, la eficiencia en el uso de los recursos, la reutilización,
la reparación y el reciclado».
En particular para las tipologías de proyectos anteriores, el Anexo VIII no contempla
como concepto de inversión en activos materiales las inversiones en naves y
construcciones, siendo este un concepto de gasto subvencionable contemplado en el
apartado 5.c).1º.1 c) de la Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria,
Energía y Minas.
La omisión de las inversiones en naves y construcciones como concepto incentivable,
dificulta la consecución de los objetivos que persiguen los proyectos encuadrados en las
mencionadas tipologías y que se enumeran en el Anexo III de la convocatoria.
En segundo lugar, procede modificar el Anexo IV, donde figura la relación de CNAE,
toda vez que se ha producido un error al no introducir los correspondientes a Industria
del papel (17), Artes gráficas y reproducción de soportes grabados (18) y Fabricación
de envases y embalajes de plástico (22.22), actividades lógicamente vinculadas a la
industria auxiliar de la agricultura.
En virtud de lo expuesto, es necesario modificar el Anexo VIII de la Resolución de 2
de mayo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, incluyendo el coste
establecido en apartado 5.c).1º.1.c), relativo a naves y construcciones, de acuerdo con
las condiciones determinadas en la Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería
de Industria, Energía y Minas; así como el Anexo IV de la misma, al objeto de incluir los
CNAEs que por error no fueron incorporados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00324044
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Secretaría General de Industria y
Minas, de modificación de la Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría
General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de
transición justa en la provincia de Almería para el proyecto tractor «Innovación y
sostenibilidad en la industria auxiliar de la agricultura almeriense».