3. Otras disposiciones. . (2025/140-31)
Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se delegan competencias relativas a la gestión de las multas impuestas por esta Dirección General en el ámbito de la protección y tenencia de animales de compañía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 140 - Miércoles, 23 de julio de 2025
página 10376/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL

La Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de protección de los animales, en su artículo 44,
establece que la competencia para la imposición de sanciones muy graves y graves que
afecten a los animales de compañía corresponderá a la Consejería de Gobernación,
no obstante, actualmente la citada competencia recae en la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural en virtud de lo establecido en el apartado uno del
artículo único del Decreto 165/2024, de 26 de agosto, por el que se modifica el Decreto
157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, estableciendo en su artículo 1.1 que
corresponde a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural el ejercicio
de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia
de agricultura, ganadería, pesca y agroalimentación, de agua y de desarrollo rural, las
relativas al uso, gestión y conservación sostenible de los recursos marinos, así como las
competencias en materia de protección y tenencia de animales de compañía.
Asimismo, el Decreto 42/2008, de 12 de febrero, por el que se regula la tenencia
de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía,
establece en su artículo 15 que los incumplimientos de la normativa básica en materia de
animales potencialmente peligrosos y de las disposiciones previstas en el citado decreto
por infracciones muy graves, serán competencia de la Dirección General competente en
materia de animales de compañía.
El citado Decreto 165/2024, de 26 de agosto, en el apartado nueve del artículo único
atribuye a la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera la competencia
sobre protección y tenencia de los animales de compañía, incluidos los potencialmente
peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el ejercicio de la potestad
sancionadora, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.
En virtud de ello, y de conformidad con los artículos 2 y 3 del Decreto 226/2018, de 18
de diciembre, por el que se atribuyen competencias sancionadoras a determinados
órganos de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, y se establece el plazo
máximo de resolución y notificación de procedimientos sancionadores de su competencia,
los procedimientos sancionadores iniciados e instruidos por las Delegaciones Territoriales,
en el caso de que la multa por la sanción vaya de 6.001 hasta 30.000 euros, se resuelven
por las personas titulares de las Direcciones Generales competentes por razón de la
materia para la imposición de sanciones, sin perjuicio de lo que establezca la normativa
específica de cada materia.
La gestión recaudatoria para el cobro de sanciones de multas impuestas por esta
Dirección General se ha venido realizando por las correspondientes Delegaciones
Territoriales, así como la devolución de las mismas en los supuestos previstos legalmente.
El Decreto 197/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la
gestión recaudatoria, atribuye a los distintos órganos administrativos las competencias en
dicha materia. Así regula en su Título II la gestión recaudatoria de los ingresos de Derecho
Público de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el Título III el procedimiento de
devolución de ingresos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00323974

Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General de la Producción
Agrícola y Ganadera, por la que se delegan competencias relativas a la gestión
de las multas impuestas por esta Dirección General en el ámbito de la protección
y tenencia de animales de compañía.