3. Otras disposiciones. . (2025/140-35)
Orden de 17 de julio de 2025, por la que se autorizan actuaciones específicas en materia de memoria democrática en el municipio de Molvízar (Granada).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 140 - Miércoles, 23 de julio de 2025
página 10351/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Orden de 17 de julio de 2025, por la que se autorizan actuaciones específicas
en materia de memoria democrática en el municipio de Molvízar (Granada).

A NTECEDENTES
Con fecha 29 de mayo de 2025, el Ayuntamiento de Molvízar (Granada), presenta
solicitud de autorización para que se puedan llevar a cabo los trabajos de localización y
exhumación de una fosa con víctimas de la Guerra Civil y la posguerra en el cementerio
municipal.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. Resulta competente para dictar la presente orden, la persona titular de la
Consejería de Cultura y Deporte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de
la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, que
establece que las actividades dirigidas a la localización, exhumación y, en su caso, la
identificación de los restos de víctimas de la Guerra Civil y la posguerra deberán ser
autorizadas por la Consejería competente en materia de memoria democrática de
acuerdo con los protocolos previstos en la Ley y con las garantías y procedimientos que
se establezcan reglamentariamente.
Segundo. Conforme al procedimiento establecido en el artículo 7.1 del Decreto
334/2003, de 2 de diciembre, para la coordinación de actuaciones en torno a la
recuperación de la Memoria Histórica y el reconocimiento institucional y social de las
personas desaparecidas durante la Guerra Civil Española y la Posguerra, el Comité
Técnico de Coordinación previsto en el mismo y regulado por Orden de 9 de julio 2013,
acordó en su reunión de fecha 3 de julio de 2025, la propuesta de las actuaciones de
indagación-localización, delimitación, exhumación e identificación genética en el
municipio de Molvízar (Granada).
Expuesto lo anterior, de conformidad con la propuesta formulada por la persona
titular de la Viceconsejería de Cultura y Deporte de 11 de julio de 2025, en el ejercicio
de la competencia atribuida por el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del
Gobierno de la Comunidad de Autónoma de Andalucía, y el artículo 8.3 de la Ley 2/2017,
de 28 de marzo, y demás normas de general aplicación,
DISPONGO

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, puede interponerse,
potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de
Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde su publicación, en virtud de
lo establecido en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00323949

Único. Autorizar las actuaciones específicas de localización, exhumación e
identificación genética en el municipio de Molvízar (Granada).