3. Otras disposiciones. . (2025/136-21)
Orden de 10 de julio de 2025, por la que se establecen, mediante actuaciones de deslinde y de replanteo, los datos identificativos de la línea delimitadora entre los términos municipales de Cortes y Graena y de La Peza, ambos en la provincia de Granada.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 136 - Jueves, 17 de julio de 2025
página 10070/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden de 10 de julio de 2025, por la que se establecen, mediante actuaciones
de deslinde y de replanteo, los datos identificativos de la línea delimitadora
entre los términos municipales de Cortes y Graena y de La Peza, ambos en la
provincia de Granada.
Visto el expediente correspondiente a las actuaciones de deslinde y de replanteo
mencionadas en el encabezamiento y en consideración a los siguientes
HECHOS

Segundo. Con fecha 15.5.2025 se emite por el IECA informe unificado de deslinde
y de replanteo, indicándose en el mismo que se ha empleado como documento jurídico
básico acreditativo de la delimitación el Acta de 11 y 12 de noviembre de 1929, de la
operación practicada para reconocer la linea de término y señalar los mojones comunes
a los términos municipales de La Peza y de Cortes y Graena, pertenecientes ambos a la
provincia de Granada.
De la referida acta se concluye que la línea límite Cortes y Graena-La Peza se halla
conformada por un total de 9 puntos de amojonamiento.
El mojón trigémino inicial PA1 se halla compartido por los municipios de Cortes y
Graena, de La Peza y de Lugros.
El mojón trigémino final PA9 es común a los municipios de Cortes y Graena, de La
Peza y de Darro.
A las operaciones realizadas el primer día, 11 de noviembre de 1929, asistieron los
comisionados de los municipios de Cortes y Graena y de La Peza, manifestando su
conformidad en el PA1, en el tramo PA1-PA2 y en el PA2.
Aunque no asistieron los representantes de Lugros, estos expresaron su conformidad
en cuanto a la ubicación geográfica del PA1 en el Acta de 8 de octubre de 1929, de la
línea Cortes y Graena-Lugros.
A las operaciones realizadas el segundo día, 12 de noviembre de 1929, no asistieron
los comisionados de Cortes y Graena. Sí asistieron los comisionados de La Peza, así
como los comisionados de Darro. Estos últimos expresaron su conformidad a la ubicación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00323668

Primero. De acuerdo con lo establecido en los artículos 9.3 y 10.3 del Decreto 157/2016,
de 4 de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Andalucía
y se establecen determinadas disposiciones relativas a la demarcación municipal y al
Registro Andaluz de Entidades Locales, con fecha 21.4.2025 la persona titular de la
Secretaría General de Administración Local dictó resolución de inicio de las actuaciones
de delimitación para establecer los datos identificativos de la línea entre los términos
municipales de Cortes y Graena y de La Peza, ambos en la provincia de Granada.
En virtud de los mismos preceptos, con fecha 24.4.2025 se notificó dicha resolución
de inicio al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA en adelante),
pidiéndole la emisión del informe de deslinde y de replanteo sobre los datos provisionales
y sobre los datos definitivos, respectivamente, de la citada línea.
Al amparo de los principios de cooperación, colaboración y coordinación entre las
Administraciones Públicas, contemplados en el artículo 3.1.k) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la resolución de inicio fue notificada a
los municipios interesados así como a la Diputación Provincial de Granada.