3. Otras disposiciones. . (2025/134-45)
Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Hospital Alfonso de Castro.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 134 - Martes, 15 de julio de 2025
página 9935/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Dirección General de Justicia Juvenil y
Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones
de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Hospital Alfonso de
Castro.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones
de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Hospital Alfonso de Castro,
sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 22.5.2025 tuvo entrada en el Registro electrónico de la Junta de Andalucía
escrito de la Fundación, para la inscripción de la modificación estatutaria adoptada por su
patronato.
Segundo. La modificación estatutaria afecta a la totalidad del texto estatutario
al tratarse de la adaptación a la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la
Comunidad Autónoma de Andalucía. También se produce el cambio de denominación de
la Fundación, que pasa a denominarse Fundación Alfonso de Castro.
Tercero. Al expediente se ha aportado la copia autorizada electrónica de la escritura
pública otorgada el 8.5.2025, ante la Notario doña Inmaculada Hidalgo García del
Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 431 de su protocolo. La escritura
contiene la certificación del acuerdo de modificación del texto estatutario, adoptado por el
patronato en sesión celebrada el 14.4.2025, expedida por la secretaria con el visto bueno
del presidente.
Cuarto. La escritura pública incorpora certificación del acuerdo del patronato
de 15.4.2025, relativo a la modificación de estatutos para su adaptación a la Ley de
Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, expedida por la secretaria con
el visto bueno del presidente. También incorpora el texto integrado de los estatutos
resultantes de la modificación acordada.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. La modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue
comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, que ha estimado que la modificación
estatutaria acordada se ajusta a la legalidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00323534

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, lo
dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento
de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento
de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado
por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.