3. Otras disposiciones. . (2025/134-49)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Hermanos Obreros de María.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 134 - Martes, 15 de julio de 2025
página 9933/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Justicia Juvenil y
Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones
de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Hermanos Obreros
de María.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones
de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Hermanos Obreros de
María, sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fechas 19.2.2025, 26.4.25 y 15.5.25 tuvieron entrada en el Registro
Electrónico Único de la Junta de Andalucía escritos de la Fundación, comunicando al
Protectorado la modificación estatutaria adoptada por su Patronato con fecha 25.2.25; los
dos últimos a requerimiento del Protectorado, tras una serie de observaciones al primero
de los escritos remitido por la Fundación.
Segundo. La modificación estatutaria afecta a los siguientes artículos: Artículo 6
(fines) y artículo 8 (beneficiarios).
Tercero. Con fecha 21.5.2025, el Protectorado acuerda su no oposición a la
modificación estatutaria aprobada por el Patronato.
Cuarto. Con fecha 3.6.2025 tuvo entrada en el Registro Electrónico de la Junta de
Andalucía escrito de la Fundación, solicitando la inscripción de la modificación estatutaria,
acompañando para ello copia autorizada de la escritura pública otorgada el 27.5.2025,
ante el Notario José Miguel González Ardid, del Ilustre Colegio de Andalucía, y registrada
con el número 1277 de su protocolo. La escritura pública incorpora certificación del
acuerdo del Patronato de fecha 25.2.25 por el que se modifican los estatutos, expedida
por la secretaría con el visto bueno de la presidencia, y el texto integrado de los estatutos
resultante de la modificación acordada.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. La modificación estatutaria aprobada por el Patronato de la Fundación fue
comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, que ha acordado su no oposición al considerar que se ajusta a
la legalidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00323532

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, lo dispuesto
en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento de organización y
funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003,
de 7 de octubre.