Autoridades y personal. . (2025/134-25)
Resolución de 10 de julio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo de la Administración General de la Junta de Andalucía, especialidad Gestión en Prevención de Riesgos Laborales.
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Número 134 - Martes, 15 de julio de 2025
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admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión, en su caso. La resolución se
publicará en la Sede Electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html) y a título informativo en la página web
del Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/organismos/iaap).
2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de
las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles
contados a partir del día siguiente al de publicación de la resolución anteriormente
aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga.
La presentación de las alegaciones se realizará de manera electrónica accediendo a
la Sede Electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html) o, de forma directa, en la dirección web
https://lajunta.es/oepalegaciones.
Las personas excluidas por cualquier causa relacionada con el pago de la tasa
deberán aportar en el plazo establecido en la resolución provisional copia del modelo 046
con el que, en su plazo, liquidaron la tasa correspondiente.
Aquellas personas excluidas por la causa «No abona importe completo para su
grupo» podrán subsanarla abonando la diferencia y adjuntado el modelo 046, dentro del
plazo establecido para la presentación de alegaciones.
En aquellos casos en los que la persona aspirante no figure en la lista provisional de
personas admitidas y excluidas y hubiere abonado la tasa en el plazo de presentación
de solicitudes, podrán subsanar presentando solicitud electrónica conforme al formulario
establecido como Anexo III dentro del plazo establecido para la presentación de
alegaciones.
En el supuesto de que la persona aspirante resulte excluida por no cumplir con
los requisitos de participación para el cupo de plazas reservadas a personas con
discapacidad, deberá, o bien aportar la documentación acreditativa, o bien, en su defecto,
satisfacer el importe de la tasa en el plazo de alegaciones. De idéntica forma deberán
proceder las personas aspirantes excluidas por la causa «No acredita exención abono
tasa».
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de
exclusión o no aleguen la omisión, serán definitivamente excluidas de la participación en
el proceso selectivo.
3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, y una vez resueltas las
alegaciones, en el plazo máximo de dos meses, la Dirección del Instituto Andaluz de
Administración Pública, por delegación, dictará resolución, que se publicará en la Sede
Electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html), declarando aprobadas las listas
definitivas de personas admitidas y excluidas, y a título informativo en la página web del
Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/organismos/iaap).
Asimismo, en dicha resolución se hará constar el lugar, fecha y hora de realización del
primer ejercicio de la oposición.
En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por
las personas interesadas en el procedimiento sobre su exclusión u omisión en las
listas provisionales, y su publicación surtirá los efectos de notificación a efectos de
impugnaciones y recursos.
4. La resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas
admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá
interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Dirección del
Instituto Andaluz de Administración Pública, en el plazo de un mes, contado desde el
día siguiente al de su publicación, o interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación,
ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323587
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión, en su caso. La resolución se
publicará en la Sede Electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html) y a título informativo en la página web
del Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/organismos/iaap).
2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de
las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles
contados a partir del día siguiente al de publicación de la resolución anteriormente
aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga.
La presentación de las alegaciones se realizará de manera electrónica accediendo a
la Sede Electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html) o, de forma directa, en la dirección web
https://lajunta.es/oepalegaciones.
Las personas excluidas por cualquier causa relacionada con el pago de la tasa
deberán aportar en el plazo establecido en la resolución provisional copia del modelo 046
con el que, en su plazo, liquidaron la tasa correspondiente.
Aquellas personas excluidas por la causa «No abona importe completo para su
grupo» podrán subsanarla abonando la diferencia y adjuntado el modelo 046, dentro del
plazo establecido para la presentación de alegaciones.
En aquellos casos en los que la persona aspirante no figure en la lista provisional de
personas admitidas y excluidas y hubiere abonado la tasa en el plazo de presentación
de solicitudes, podrán subsanar presentando solicitud electrónica conforme al formulario
establecido como Anexo III dentro del plazo establecido para la presentación de
alegaciones.
En el supuesto de que la persona aspirante resulte excluida por no cumplir con
los requisitos de participación para el cupo de plazas reservadas a personas con
discapacidad, deberá, o bien aportar la documentación acreditativa, o bien, en su defecto,
satisfacer el importe de la tasa en el plazo de alegaciones. De idéntica forma deberán
proceder las personas aspirantes excluidas por la causa «No acredita exención abono
tasa».
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de
exclusión o no aleguen la omisión, serán definitivamente excluidas de la participación en
el proceso selectivo.
3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, y una vez resueltas las
alegaciones, en el plazo máximo de dos meses, la Dirección del Instituto Andaluz de
Administración Pública, por delegación, dictará resolución, que se publicará en la Sede
Electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html), declarando aprobadas las listas
definitivas de personas admitidas y excluidas, y a título informativo en la página web del
Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/organismos/iaap).
Asimismo, en dicha resolución se hará constar el lugar, fecha y hora de realización del
primer ejercicio de la oposición.
En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por
las personas interesadas en el procedimiento sobre su exclusión u omisión en las
listas provisionales, y su publicación surtirá los efectos de notificación a efectos de
impugnaciones y recursos.
4. La resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas
admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá
interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Dirección del
Instituto Andaluz de Administración Pública, en el plazo de un mes, contado desde el
día siguiente al de su publicación, o interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación,
ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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