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Acuerdo de 18 de junio de 2025, de la Diputación Provincial de Córdoba, sobre aceptación de la ampliación de delegación de competencias en materia de recaudación por parte del Ayuntamiento de Fuente Palmera. (PP. 1384/2025).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 133 - Lunes, 14 de julio de 2025
página 9289/1

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DIPUTACIONES
Acuerdo de 18 de junio de 2025, de la Diputación Provincial de Córdoba, sobre
aceptación de la ampliación de delegación de competencias en materia de
recaudación por parte del Ayuntamiento de Fuente Palmera. (PP. 1384/2025).
El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, con fecha 18 de junio de
2025, adoptó acuerdo sobre aceptación de la ampliación de delegación sobre gestión
recaudatoria del Ayuntamiento de Fuente Palmera en favor de la Excma. Diputación
Provincial de Córdoba:

Primero. Aceptar la ampliación de la delegación de competencias acordada por
el Pleno del Ayuntamiento de Fuente Palmera, respecto a todas las facultades que en
materia de recaudación le confiere la legislación vigente al Ayuntamiento, referidas a las
autoliquidaciones y liquidaciones directas, sobre los tributos y otros ingresos públicos de
titularidad municipal, con el siguiente alcance y contenido:
1. L
 a delegación surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. L
 a delegación tendrá una vigencia indefinida hasta su revocación por el
Ayuntamiento de Fuente Palmera o la renuncia por parte de la Diputación Provincial
de Córdoba.
3. La delegación de las facultades recaudatorias, comprenderá entre otras, las
siguientes funciones: determinar los plazos de cobro en período voluntario;
practicar la notificación de liquidaciones; emisión de documentos de cobro; gestión
y contabilización de ingresos; expedir las relaciones certificadas de deudores;
dictar la providencia de apremio y ejecución de bienes; resolución de expedientes
de devolución de ingresos indebidos; liquidar intereses de demora; acordar el
aplazamiento y fraccionamiento de las deudas; tramitación y resolución de los
expedientes de crédito incobrables; resolución de los recursos que se interpongan
contra los actos de recaudación; así como las actuaciones necesarias para la
asistencia e información a los obligados al pago.
4. E
 l ejercicio de las facultades delegadas habrá de ajustarse a los procedimientos,
trámites y medidas en general, jurídicas o técnicas fijadas en la legislación vigente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322888

6. Aceptación de la ampliación de la Delegación de Competencias en materia de
gestión recaudatoria del Ayuntamiento de Fuente Palmera a la Diputación Provincial.
(GEX: 2025/33073). Visto el expediente epigrafiado, instruido en el Instituto de
Cooperación con la Hacienda Local, en el que consta, entre otros documentos informe de
la Secretaria Delegada de dicho Organismo Autónomo con nota de conformidad del Sr.
Secretario General, así como propuesta suscrita por el Sr. Gerente del citado Organismo,
del siguiente tenor:
«Adoptado acuerdo por el Pleno del Ayuntamiento de Fuente Palmera, en sesión
ordinaria de fecha 7 de mayo de 2025, según certificación expedida por la Secretaría,
sobre ampliación de la delegación de competencias recaudatorias en favor de la
Diputación Provincial.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las
Haciendas Locales, se propone al Pleno de la Corporación, previos los trámites que se
consideren oportunos, la adopción del siguiente acuerdo: