3. Otras disposiciones. . (2025/132-40)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se somete a información pública el proyecto de decreto por el que se adoptan medidas para la mejora de la calidad educativa y de la gestión de la actividad docente en la enseñanza no universitaria en Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 132 - Viernes, 11 de julio de 2025
página 9861/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Dirección General de Ordenación y
Evaluación Educativa, por la que se somete a información pública el proyecto de
decreto por el que se adoptan medidas para la mejora de la calidad educativa
y de la gestión de la actividad docente en la enseñanza no universitaria en
Andalucía.
El artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, establece que cuando una disposición afecte a los derechos
e intereses legítimos de la ciudadanía será sometida a información pública durante un
plazo razonable y no inferior a quince días hábiles, debiendo publicarse la iniciativa, al
menos, en el Portal de la Junta de Andalucía. La participación de la ciudadanía podrá
producirse por cualquier medio admisible en Derecho.
El objeto de este proyecto de decreto es establecer medidas destinadas a promover
la racionalización administrativa, como proceso integral y continuo, para conseguir la
reordenación, simplificación, normalización, optimización y automatización progresiva de
los procedimientos de los centros y servicios educativos facilitando la práctica docente.
Lo dispuesto en el presente decreto será de aplicación a todos los centros y servicios
educativos, tanto públicos como privados, de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Dado que la aprobación de este proyecto normativo por su contenido puede afectar no
solo a los derechos e intereses de la comunidad educativa en su conjunto (profesorado,
alumnado, equipo directivo y familias, principalmente), sino también al resto de la
ciudadanía, se considera necesario realizar el correspondiente trámite de información
pública.
En virtud de lo anteriormente expuesto, y de acuerdo con lo previsto en el artículo
133.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24
de octubre,
RESU ELVO
Primero. Someter a información pública el proyecto de decreto por el que se adoptan
medidas para la mejora de la calidad educativa y de la gestión de la actividad docente
en la enseñanza no universitaria en Andalucía durante el plazo de quince días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, con la finalidad de que se formulen cuantas alegaciones
se estimen oportunas.

Tercero. Las alegaciones que deseen formular al proyecto de decreto deberán
dirigirse a esta Dirección General y se podrán realizar:
a) Preferentemente, remitiéndolas a la siguiente dirección de correo electrónico:
informacionyaudiencia.dgoee.cdefp@juntadeandalucia.es
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00323460

Segundo. Durante dicho plazo, el texto del proyecto de decreto estará expuesto para
general conocimiento en formato digital en la siguiente dirección web:
https://w w w.juntadeandalucia.es/ser vicios/par ticipacion/normativa/audienciainformacion.html