Disposiciones generales. . (2025/132-5)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Dirección General de Fomento de la Innovación, por la que se convoca para el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para proyectos de innovación empresarial, al amparo de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para fomentar actuaciones de innovación y desarrollo tecnológico en las empresas, los clústeres de innovación y los centros tecnológicos en Andalucía (Orden de 10 de febrero de 2025, Línea 6).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 132 - Viernes, 11 de julio de 2025
página 9793/10
El presupuesto de un paquete de trabajo determinado será la suma de los costes de
la actuación en las actividades que componen dicho paquete de trabajo.
El presupuesto deberá venir desglosado en función de los conceptos subvencionables
definidos en las bases reguladoras y en la convocatoria.
6.2. Presupuesto por conceptos subvencionables.
Para la entidad beneficiaria, se especificará el desglose de costes según los recursos
necesarios por cada actividad, clasificados a partir de los conceptos subvencionables
establecidos en el artículo 10 de las bases reguladoras.
Se incluirá la información que se indica en las tablas de los apartados siguientes,
además de una tabla agregada para la actividad total.
6.2.1. Adquisición e instalación de bienes de equipo.
En este apartado se imputarán los gastos correspondientes al artículo 10.5.a de
las bases reguladoras. Se incluirá un listado de los bienes de equipo de procesos y de
equipos auxiliares adquiridos:
Equipo
Código de la actividad con la
que se relaciona
Nombre de la actividad con la
que se relaciona
Coste estimado
6.2.2. Costes de servicios de consultoría y servicios externos vinculados a los bienes
de equipos.
En este apartado se imputarán los gastos correspondientes al artículo 10.5.b de las
bases reguladoras.
Código de la actividad a Nombre de la actividad
contratar
a contratar
Perfil de entidad a
contratar
Entidad a contratar
(si se conoce)
Coste estimado
6.2.3. Equipos informáticos e infraestructura TIC.
En este apartado se imputarán los gastos correspondientes al artículo 10.5.c de las
bases reguladoras. Se incluirá un listado del equipamiento y su dedicación por actividad:
Equipamiento
Código de la actividad con la que
se relaciona
Nombre de la actividad con la que
se relaciona
Coste estimado
6.3. Presupuesto agregado por conceptos subvencionables
Se cumplimentará una tabla agregada por cada entidad participante y una tabla
global de la actividad, con los gastos agrupados por los conceptos subvencionables
establecidos en las bases reguladoras y por anualidades:
Presupuesto de la actividad
Total (€)
Adquisición bienes de equipo
Costes de servicios de consultoría y servicios externos
Total presupuesto (€)
6.4. Justificación del cumplimiento de las condiciones relativas a la intensidad de ayuda.
De acuerdo con el artículo 12.4 de las bases reguladoras, se deberá justificar la
intensidad de la ayuda que proceda. Asimismo, debe justificarse el cumplimiento de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323392
Equipos informáticos o de infraestructuras TIC
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 132 - Viernes, 11 de julio de 2025
página 9793/10
El presupuesto de un paquete de trabajo determinado será la suma de los costes de
la actuación en las actividades que componen dicho paquete de trabajo.
El presupuesto deberá venir desglosado en función de los conceptos subvencionables
definidos en las bases reguladoras y en la convocatoria.
6.2. Presupuesto por conceptos subvencionables.
Para la entidad beneficiaria, se especificará el desglose de costes según los recursos
necesarios por cada actividad, clasificados a partir de los conceptos subvencionables
establecidos en el artículo 10 de las bases reguladoras.
Se incluirá la información que se indica en las tablas de los apartados siguientes,
además de una tabla agregada para la actividad total.
6.2.1. Adquisición e instalación de bienes de equipo.
En este apartado se imputarán los gastos correspondientes al artículo 10.5.a de
las bases reguladoras. Se incluirá un listado de los bienes de equipo de procesos y de
equipos auxiliares adquiridos:
Equipo
Código de la actividad con la
que se relaciona
Nombre de la actividad con la
que se relaciona
Coste estimado
6.2.2. Costes de servicios de consultoría y servicios externos vinculados a los bienes
de equipos.
En este apartado se imputarán los gastos correspondientes al artículo 10.5.b de las
bases reguladoras.
Código de la actividad a Nombre de la actividad
contratar
a contratar
Perfil de entidad a
contratar
Entidad a contratar
(si se conoce)
Coste estimado
6.2.3. Equipos informáticos e infraestructura TIC.
En este apartado se imputarán los gastos correspondientes al artículo 10.5.c de las
bases reguladoras. Se incluirá un listado del equipamiento y su dedicación por actividad:
Equipamiento
Código de la actividad con la que
se relaciona
Nombre de la actividad con la que
se relaciona
Coste estimado
6.3. Presupuesto agregado por conceptos subvencionables
Se cumplimentará una tabla agregada por cada entidad participante y una tabla
global de la actividad, con los gastos agrupados por los conceptos subvencionables
establecidos en las bases reguladoras y por anualidades:
Presupuesto de la actividad
Total (€)
Adquisición bienes de equipo
Costes de servicios de consultoría y servicios externos
Total presupuesto (€)
6.4. Justificación del cumplimiento de las condiciones relativas a la intensidad de ayuda.
De acuerdo con el artículo 12.4 de las bases reguladoras, se deberá justificar la
intensidad de la ayuda que proceda. Asimismo, debe justificarse el cumplimiento de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323392
Equipos informáticos o de infraestructuras TIC