Disposiciones generales. . (2025/132-7)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Dirección General de Fomento de la Innovación, por la que se convoca para el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para el crecimiento y consolidación de clústeres de innovación, al amparo de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para fomentar actuaciones de innovación y desarrollo tecnológico en las empresas, los clústeres de innovación y los centros tecnológicos de Andalucía (Orden de 10 de febrero de 2025, Línea 1).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 132 - Viernes, 11 de julio de 2025
página 9798/2

La disposición adicional primera de la citada orden establece que la convocatoria
de las subvenciones reguladas por aquellas bases se realizará mediante resolución
de la persona titular de la Dirección General competente en materia de fomento de la
innovación, pudiendo realizarse convocatorias independientes e individualizadas para
cada una de las líneas de subvenciones definidas en las bases reguladoras.
En virtud de las normas citadas, y en el ejercicio de las competencias atribuidas a la
Dirección General de Fomento de la Innovación en el Decreto 158/2022, de 9 de agosto,
modificado por el Decreto 574/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
Se convoca el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, para el crecimiento y consolidación de clústeres de innovación
para el ejercicio 2025.
Esta convocatoria se encuadra en el Programa Andalucía FEDER 2021-2027 dentro
del Objetivo Político 1 «Una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una
transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad TIC regional»,
Prioridad 1.A «Transición digital e Inteligente», Objetivo Específico 1.1 «Desarrollar y
mejorar las capacidades de investigación e innovación y asimilar tecnologías avanzadas»,
y Tipo de Acción B «Transferencia y aplicación de conocimiento orientada al mercado».
Segundo. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se rige, en todo aquello que no esté previsto en la presente
disposición, por lo dispuesto para la Línea 1 de subvenciones (crecimiento y consolidación
de clústeres de innovación) definida en las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones para fomentar actuaciones de innovación y desarrollo tecnológico en las
empresas, los clústeres de innovación y los centros tecnológicos en Andalucía, aprobadas
por Orden de 10 de febrero de 2025 (BOJA núm. 31, de 14 de febrero de 2025).
Tercero. Objeto de las subvenciones.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 1.3.a) de las bases reguladoras, el
objeto de esta línea de subvenciones es la financiación de las actuaciones de apoyo a
la actividad, crecimiento y consolidación de los clústeres de innovación para promover la
competitividad de las pymes y de la economía.
Estas ayudas no deben entenderse destinadas a financiar la actividad corriente de la
entidad beneficiaria, sino como el desarrollo de actuaciones diferenciadas para promover
la competitividad.

Quinto. Requisitos de las entidades beneficiarias.
Los requisitos de las entidades beneficiarias para solicitar la subvención se establecen
en el artículo 4 de las bases reguladoras. La forma de acreditar el cumplimiento de los
requisitos será la especificada en los artículos 22 y 23 de las bases reguladoras.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cuarto. Entidades beneficiarias.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 3.1.a) de las bases reguladoras, para esta
línea de subvenciones las entidades beneficiarias son los clústeres de innovación, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del Decreto 223/2023, de 12 de septiembre,
por el que se aprueba el Reglamento regulador de la clasificación, acreditación y registro
de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.