3. Otras disposiciones. . (2025/132-51)
Corrección de errores de la Resolución de 16 de junio de 2025, de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, por la que se determina la estructura del Consejo de Dirección y Delegaciones del Rector, y se delega el ejercicio de competencias (BOJA núm. 117, de 20 de junio de 2025).
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Número 132 - Viernes, 11 de julio de 2025
página 9802/5
- Representación de la Universidad en los programas, proyectos y ayudas de
cooperación internacional.
- Dirección de la política de becas y ayudas en las materias de su competencia.
- Cualesquiera otras funciones y/o competencias relacionadas con el ámbito de
actuación de este Vicerrectorado, así como con la dirección funcional de las unidades
técnicas, administrativas y estructuras que estén adscritas a este órgano de gobierno.
- La resolución de cuantos procedimientos traiga causa en el ejercicio de las funciones
y/o competencias delegadas.
3.7. Se encomienda y delega en la persona titular del Vicerrectorado de Estudiantes,
las siguientes competencias y/o funciones:
- Dirección de la política de acceso y captación de estudiantes.
- Dirección de las políticas de becas y ayudas a estudiantes, salvo las que se atribuyan,
por razón de la especificidad de la materia, a otros vicerrectorados o delegaciones.
- Supervisión y ejecución de los procesos administrativos en relación con el progreso
y permanencia del estudiantado.
- Dirección de las políticas de participación del estudiantado en la vida universitaria.
- Dirección de la política de orientación y atención integral al estudiantado.
- Relaciones externas con colegios mayores y residencias universitarias.
- Elaboración de los informes necesarios para la otorgación de premios y reconocimientos
por entidades externas al estudiantado de la universidad.
- Cualesquiera otras funciones y/o competencias relacionadas con el ámbito de actuación
de este Vicerrectorado, así como con la dirección funcional de las unidades técnicas,
administrativas y estructuras que estén adscritas a este órgano de gobierno.
- La resolución de cuantos procedimientos traiga causa con las funciones descritas,
así como la presidencia de la Comisión de Progreso y Permanencia.
3.8. Se encomienda y delega en la persona titular del Vicerrectorado de
Transformación Digital, las siguientes competencias y/o funciones:
- Dirección de la política de transformación digital de la Universidad.
- Dirección, junto a la Secretaría General, de las políticas de impulso de la Administración
electrónica.
- Dirección de las políticas de infraestructura tecnológica para el apoyo de la docencia
y la investigación.
- Dirección de la política del Centro de Informática y Comunicaciones (CIC).
- Dirección de la política de los servicios de Biblioteca universitaria.
- Dirección de la política de becas y ayudas en las materias de su competencia.
- Cualesquiera otras funciones y/o competencias relacionadas con el ámbito de
actuación de este Vicerrectorado, así como con la dirección funcional de las unidades
técnicas, administrativas y estructuras de apoyo que estén adscritas o se adscriban a
este órgano de gobierno.
- La resolución de cuantos procedimientos traiga causa de las funciones y/o competencias
descritas, así como la presidencia de la Comisión de Seguridad de la Información y Protección
de Datos; y de la Comisión de Biblioteca.
3.9. Se encomienda y delega en la persona titular del Vicerrectorado de
Infraestructuras y Sostenibilidad, las siguientes competencias y/o funciones:
- Dirección de la política referente a las infraestructuras del campus.
- Dirección y coordinación de proyectos e iniciativas encaminados a la mejora de la
eficiencia energética y la disminución de emisión de gases invernadero.
- Dirección y coordinación de los planes de mantenimiento y jardinería.
- Dirección y coordinación de las políticas estratégicas de equipamientos e instalaciones
del campus.
- Dirección de la política de ordenación y asignación de espacios para actividades
académicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323401
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 9802/5
- Representación de la Universidad en los programas, proyectos y ayudas de
cooperación internacional.
- Dirección de la política de becas y ayudas en las materias de su competencia.
- Cualesquiera otras funciones y/o competencias relacionadas con el ámbito de
actuación de este Vicerrectorado, así como con la dirección funcional de las unidades
técnicas, administrativas y estructuras que estén adscritas a este órgano de gobierno.
- La resolución de cuantos procedimientos traiga causa en el ejercicio de las funciones
y/o competencias delegadas.
3.7. Se encomienda y delega en la persona titular del Vicerrectorado de Estudiantes,
las siguientes competencias y/o funciones:
- Dirección de la política de acceso y captación de estudiantes.
- Dirección de las políticas de becas y ayudas a estudiantes, salvo las que se atribuyan,
por razón de la especificidad de la materia, a otros vicerrectorados o delegaciones.
- Supervisión y ejecución de los procesos administrativos en relación con el progreso
y permanencia del estudiantado.
- Dirección de las políticas de participación del estudiantado en la vida universitaria.
- Dirección de la política de orientación y atención integral al estudiantado.
- Relaciones externas con colegios mayores y residencias universitarias.
- Elaboración de los informes necesarios para la otorgación de premios y reconocimientos
por entidades externas al estudiantado de la universidad.
- Cualesquiera otras funciones y/o competencias relacionadas con el ámbito de actuación
de este Vicerrectorado, así como con la dirección funcional de las unidades técnicas,
administrativas y estructuras que estén adscritas a este órgano de gobierno.
- La resolución de cuantos procedimientos traiga causa con las funciones descritas,
así como la presidencia de la Comisión de Progreso y Permanencia.
3.8. Se encomienda y delega en la persona titular del Vicerrectorado de
Transformación Digital, las siguientes competencias y/o funciones:
- Dirección de la política de transformación digital de la Universidad.
- Dirección, junto a la Secretaría General, de las políticas de impulso de la Administración
electrónica.
- Dirección de las políticas de infraestructura tecnológica para el apoyo de la docencia
y la investigación.
- Dirección de la política del Centro de Informática y Comunicaciones (CIC).
- Dirección de la política de los servicios de Biblioteca universitaria.
- Dirección de la política de becas y ayudas en las materias de su competencia.
- Cualesquiera otras funciones y/o competencias relacionadas con el ámbito de
actuación de este Vicerrectorado, así como con la dirección funcional de las unidades
técnicas, administrativas y estructuras de apoyo que estén adscritas o se adscriban a
este órgano de gobierno.
- La resolución de cuantos procedimientos traiga causa de las funciones y/o competencias
descritas, así como la presidencia de la Comisión de Seguridad de la Información y Protección
de Datos; y de la Comisión de Biblioteca.
3.9. Se encomienda y delega en la persona titular del Vicerrectorado de
Infraestructuras y Sostenibilidad, las siguientes competencias y/o funciones:
- Dirección de la política referente a las infraestructuras del campus.
- Dirección y coordinación de proyectos e iniciativas encaminados a la mejora de la
eficiencia energética y la disminución de emisión de gases invernadero.
- Dirección y coordinación de los planes de mantenimiento y jardinería.
- Dirección y coordinación de las políticas estratégicas de equipamientos e instalaciones
del campus.
- Dirección de la política de ordenación y asignación de espacios para actividades
académicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323401
BOJA
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