Autoridades y personal. . (2025/131-27)
Resolución de 3 de julio de 2025, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puesto de trabajo en la Oficina Fiscal de la Fiscalía Provincial de Málaga.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Jueves, 10 de julio de 2025
página 9729/5
El destino adjudicado será irrenunciable. No obstante, la persona que hubiera obtenido
un puesto de trabajo por concurso específico podrá renunciar si antes de finalizar el
plazo de toma de posesión hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública,
quedando obligada, en este caso, a comunicarlo al órgano convocante. De incumplir este
deber de comunicación, deberá tomar posesión en el primero de los destinos adjudicados.
Décima. Resolución y toma de posesión.
1. El concurso se resolverá en el plazo máximo de seis meses, contados desde
el siguiente al de finalización de la presentación de solicitudes, de conformidad con el
artículo 51.3 del Reglamento de Ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, y la
resolución se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
La resolución se motivará de acuerdo con lo previsto en el artículo 51.4 del citado
Reglamento de Ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del
personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
2. La resolución deberá expresar el puesto de origen de la persona interesada a quien
se le adjudique destino.
3. El plazo de toma de posesión será el determinado en el artículo 52 del Reglamento
de Ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal
funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
4. En los casos en que se participe desde una situación que conlleve reserva de
puesto y se obtenga un puesto en el presente concurso, el personal funcionario afectado
podrá optar entre incorporarse al puesto adjudicado o permanecer en dicha situación,
entendiéndose, en este último caso, que la reserva pasa a serlo del puesto adjudicado.
5. Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio
activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso al servicio activo desde
una situación que conlleve reserva del puesto de trabajo.
Undécima. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de este orden, de conformidad con
lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de
la presente resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía». Todo ello sin perjuicio
de la interposición del recurso potestativo de reposición, ante la Secretaría General de
Servicios Judiciales, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación,
conforme lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
00323328
Sevilla, 3 de julio de 2025.- La Secretaria General, Rosalía de los Ángeles Espinosa López.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Jueves, 10 de julio de 2025
página 9729/5
El destino adjudicado será irrenunciable. No obstante, la persona que hubiera obtenido
un puesto de trabajo por concurso específico podrá renunciar si antes de finalizar el
plazo de toma de posesión hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública,
quedando obligada, en este caso, a comunicarlo al órgano convocante. De incumplir este
deber de comunicación, deberá tomar posesión en el primero de los destinos adjudicados.
Décima. Resolución y toma de posesión.
1. El concurso se resolverá en el plazo máximo de seis meses, contados desde
el siguiente al de finalización de la presentación de solicitudes, de conformidad con el
artículo 51.3 del Reglamento de Ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, y la
resolución se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
La resolución se motivará de acuerdo con lo previsto en el artículo 51.4 del citado
Reglamento de Ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del
personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
2. La resolución deberá expresar el puesto de origen de la persona interesada a quien
se le adjudique destino.
3. El plazo de toma de posesión será el determinado en el artículo 52 del Reglamento
de Ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal
funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
4. En los casos en que se participe desde una situación que conlleve reserva de
puesto y se obtenga un puesto en el presente concurso, el personal funcionario afectado
podrá optar entre incorporarse al puesto adjudicado o permanecer en dicha situación,
entendiéndose, en este último caso, que la reserva pasa a serlo del puesto adjudicado.
5. Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio
activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso al servicio activo desde
una situación que conlleve reserva del puesto de trabajo.
Undécima. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de este orden, de conformidad con
lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de
la presente resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía». Todo ello sin perjuicio
de la interposición del recurso potestativo de reposición, ante la Secretaría General de
Servicios Judiciales, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación,
conforme lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
00323328
Sevilla, 3 de julio de 2025.- La Secretaria General, Rosalía de los Ángeles Espinosa López.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja