Disposiciones generales. . (2025/131-6)
Extracto de la Resolución de 7 de julio de 2025, de la Secretaría General de Patrimonio Histórico y Documental, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración de bienes muebles del patrimonio cultural de carácter religioso en Andalucía para el ejercicio 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

PARTIDA PRESUPUESTARIA
1900010000 G/45E/78302/00 01 2024000573

Número 131 - Jueves, 10 de julio de 2025
página 9769/2

ANUALIDAD 2025 ANUALIDAD 2026
1.100.000

1.100.000

TOTAL
2.200.000

2. El importe máximo de la subvención que se conceda a cada entidad beneficiaria
será de 40.000 €, pudiendo financiarse el cien por cien del presupuesto aceptado del
proyecto presentado.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles y se contarán desde las
12:00 horas del día siguiente hábil al de la publicación de este extracto de la convocatoria
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 20.8.a)
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta las 12:00 horas
del último día de plazo.
Séptimo. Órganos competentes.
1. El órgano competente para resolver el procedimiento de concesión de subvenciones
será la persona titular de la Secretaría General competente en materia de patrimonio
cultural, por delegación de la persona titular de esta Consejería, conforme a la disposición
adicional primera de la Orden de 10 de junio de 2025.
2. El órgano competente para la instrucción del procedimiento será el Servicio
competente en materia de conservación del patrimonio cultural, correspondiéndole
la formulación de la propuesta provisional de resolución, la propuesta definitiva de
resolución, así como cualquier otro trámite necesario con carácter previo a la resolución
del procedimiento de concesión de las subvenciones.
Asimismo, al Servicio competente en materia de conservación del patrimonio cultural
le corresponderá la tramitación del abono de las subvenciones y la comprobación de la
documentación justificativa de las mismas.
Octavo. Tramitación de urgencia.
Se aplica a este procedimiento la tramitación de urgencia por la presencia de razones
de interés público, ya que la financiación de la actividad subvencionada se ejecuta con
cargo a créditos del autofinanciado correspondientes al ejercicio presupuestario de
2025, siendo por tanto necesario que el procedimiento de resolución de concesión de la
subvención se desarrolle dentro de los plazos que se establezcan para la ejecución de
las distintas fases presupuestarias.
Noveno. Otros datos.
El acceso a las solicitudes para su presentación, la normativa de aplicación y
demás datos necesarios sobre la convocatoria pueden consultarse en el Catálogo de
Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección
electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25687.html

00323368

Sevilla, 7 de julio de 2025.- La Consejera de Cultura y Deporte, P.D. (Orden de 10.6.2025,
BOJA núm. 111, de 12.6.2025), la Secretaria General de Patrimonio Histórico y
Documental, María del Mar Sánchez Estrella.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja