Disposiciones generales. . (2025/131-4)
Extracto de la Resolución de 4 de julio de 2025, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se efectúa la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de la línea a asociaciones y federaciones de mujeres para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención de la violencia contra las mujeres, para 2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Jueves, 10 de julio de 2025
página 9726/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Extracto de la Resolución de 4 de julio de 2025, del Instituto Andaluz de la Mujer,
por la que se efectúa la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de
la línea a asociaciones y federaciones de mujeres para la realización de proyectos
que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad
de género y la prevención de la violencia contra las mujeres, para 2025.
BDNS (Identif): 734227.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Se convocan para el ejercicio 2025 subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva para la financiación de proyectos que fomenten la prevención de la violencia
contra las mujeres, en aplicación de las medidas que se contemplan en el Pacto de Estado
contra la Violencia de Género, en virtud del apartado 2.2., letra a), del cuadro resumen de las
bases reguladoras de estas subvenciones, en la cuantía total máxima y con cargo al crédito
presupuestario que se indican a continuación, en el marco de la Orden de 9 de diciembre de
2020 (BOJA núm. 240, de 15 de diciembre de 2020), de la Consejería de Igualdad, Políticas
Sociales y Conciliación, modificada por Orden de 10 de octubre de 2023, de la Consejería
de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (BOJA número 198, de 16 de octubre
de 2023).
Segundo. Entidades beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades que se ajusten a
los requisitos establecidos en el apartado cuarto del cuadro resumen de las bases
reguladoras aprobadas por la Orden de 9 de diciembre de 2020 (BOJA núm. 240, de 15 de
diciembre de 2020). Los requisitos para solicitar la subvención y su forma de acreditación
se recogen en los apartados cuarto y decimoquinto, letra b), del cuadro resumen de las
bases reguladoras.
Tercero. Objeto.
La financiación de proyectos que fomenten la prevención de la violencia contra las
mujeres.
Quinto. Importe.
La cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria asciende a 1.000.000 de
euros para el ejercicio 2025, con cargo a la partida presupuestaria de gastos 1831180000
G/31T/48000/00 S0689.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323325
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones y federaciones de
mujeres para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres,
la promoción de la igualdad de género y la prevención de la violencia contra las mujeres,
aprobadas mediante la Orden de 9 de diciembre de 2020 (BOJA núm. 240, de 15 de diciembre
de 2020), modificada por Orden de 10 de octubre de 2023, de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad (BOJA número 198, de 16 de octubre de 2023).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Jueves, 10 de julio de 2025
página 9726/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Extracto de la Resolución de 4 de julio de 2025, del Instituto Andaluz de la Mujer,
por la que se efectúa la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de
la línea a asociaciones y federaciones de mujeres para la realización de proyectos
que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad
de género y la prevención de la violencia contra las mujeres, para 2025.
BDNS (Identif): 734227.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Se convocan para el ejercicio 2025 subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva para la financiación de proyectos que fomenten la prevención de la violencia
contra las mujeres, en aplicación de las medidas que se contemplan en el Pacto de Estado
contra la Violencia de Género, en virtud del apartado 2.2., letra a), del cuadro resumen de las
bases reguladoras de estas subvenciones, en la cuantía total máxima y con cargo al crédito
presupuestario que se indican a continuación, en el marco de la Orden de 9 de diciembre de
2020 (BOJA núm. 240, de 15 de diciembre de 2020), de la Consejería de Igualdad, Políticas
Sociales y Conciliación, modificada por Orden de 10 de octubre de 2023, de la Consejería
de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (BOJA número 198, de 16 de octubre
de 2023).
Segundo. Entidades beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades que se ajusten a
los requisitos establecidos en el apartado cuarto del cuadro resumen de las bases
reguladoras aprobadas por la Orden de 9 de diciembre de 2020 (BOJA núm. 240, de 15 de
diciembre de 2020). Los requisitos para solicitar la subvención y su forma de acreditación
se recogen en los apartados cuarto y decimoquinto, letra b), del cuadro resumen de las
bases reguladoras.
Tercero. Objeto.
La financiación de proyectos que fomenten la prevención de la violencia contra las
mujeres.
Quinto. Importe.
La cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria asciende a 1.000.000 de
euros para el ejercicio 2025, con cargo a la partida presupuestaria de gastos 1831180000
G/31T/48000/00 S0689.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323325
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones y federaciones de
mujeres para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres,
la promoción de la igualdad de género y la prevención de la violencia contra las mujeres,
aprobadas mediante la Orden de 9 de diciembre de 2020 (BOJA núm. 240, de 15 de diciembre
de 2020), modificada por Orden de 10 de octubre de 2023, de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad (BOJA número 198, de 16 de octubre de 2023).