Autoridades y personal. . (2025/128-16)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo de la Administración General de la Junta de Andalucía, especialidad Arqueología.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Lunes, 7 de julio de 2025
página 9502/16
Octava. Presentación de documentación y solicitud de destinos.
1. La Dirección General competente en materia de función pública realizará,
mediante publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y a título informativo
en la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html), la oferta de vacantes a las personas
que hayan superado el proceso selectivo, debiendo ofertarse al menos el mismo número
de plazas que personas seleccionadas, efectuando para ello previamente los ajustes en
la plantilla presupuestaria que resultaren necesarios de conformidad con lo dispuesto en
la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
1.1. Las personas aspirantes con discapacidad que necesiten adaptaciones que
hayan de ser tenidas en cuenta por la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública para realizar la oferta de vacantes, deberán comunicarlo en el plazo de quince
días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación definitiva
de personas aprobadas, mediante escrito dirigido a esta, el cual será presentado de
forma electrónica a través del Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía.
1.2. A tales efectos, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública les
podrá requerir la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada,
así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y
de la compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas del puesto concreto a
ocupar. El dictamen será expedido por los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o asistencial correspondiente de la comunidad autónoma de Andalucía.
La consejería, el organismo o entidad a la que esté adscrito el puesto de trabajo
será la encargada de la valoración, la realización y la financiación de las adaptaciones
necesarias para la incorporación de la persona con discapacidad.
1.3. Si resultara necesario, la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública podrá realizar una oferta de vacantes diferenciada para el turno de personas con
discapacidad. En este supuesto, las personas seleccionadas con discapacidad podrán
optar por elegir destino, según el orden establecido en el proceso selectivo, bien de entre
las plazas ofertadas en el turno libre, o de entre las vacantes ofertadas para el turno de
personas con discapacidad.
2. Las personas seleccionadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar
desde el día siguiente a la publicación de la oferta de vacantes, para presentar la petición
de destino a la vista de las vacantes ofertadas, y la documentación que se detalla en el
apartado 4 de la presente base, que habrá de ir dirigida a la persona titular de la Dirección
General de Recursos Humanos y Función Pública.
Cuando las circunstancias del proceso selectivo lo permitan, y a fin de favorecer
la celeridad en su gestión, los trámites de oferta de vacantes, presentación de la
documentación preceptiva y petición de destinos podrán sustituirse por un acto único,
mediante comparecencias personales de quienes sean aspirantes en el lugar y fecha
que se determine por la Administración o, en su caso, a distancia, a través de medios
electrónicos, considerándose como válidos las videoconferencias y las audioconferencias,
siempre que permitan garantizar, de conformidad con la legislación estatal de carácter
básico en materia de procedimiento administrativo común, la identidad de las personas
que participen en ellas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323101
10. En los supuestos previstos en el apartado anterior, las pruebas se aplazarán
por una sola vez y quedarán decaídas en sus derechos quienes no comparezcan,
considerándose que no han completado la oposición. Las personas aspirantes que
soliciten acogerse a estos supuestos deberán dirigir solicitud electrónica a la persona
titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, y acompañar a
dicha solicitud la documentación acreditativa de la imposibilidad de acudir al llamamiento
y celebración de las pruebas de las que consta la oposición.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Lunes, 7 de julio de 2025
página 9502/16
Octava. Presentación de documentación y solicitud de destinos.
1. La Dirección General competente en materia de función pública realizará,
mediante publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y a título informativo
en la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html), la oferta de vacantes a las personas
que hayan superado el proceso selectivo, debiendo ofertarse al menos el mismo número
de plazas que personas seleccionadas, efectuando para ello previamente los ajustes en
la plantilla presupuestaria que resultaren necesarios de conformidad con lo dispuesto en
la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
1.1. Las personas aspirantes con discapacidad que necesiten adaptaciones que
hayan de ser tenidas en cuenta por la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública para realizar la oferta de vacantes, deberán comunicarlo en el plazo de quince
días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación definitiva
de personas aprobadas, mediante escrito dirigido a esta, el cual será presentado de
forma electrónica a través del Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía.
1.2. A tales efectos, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública les
podrá requerir la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada,
así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y
de la compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas del puesto concreto a
ocupar. El dictamen será expedido por los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o asistencial correspondiente de la comunidad autónoma de Andalucía.
La consejería, el organismo o entidad a la que esté adscrito el puesto de trabajo
será la encargada de la valoración, la realización y la financiación de las adaptaciones
necesarias para la incorporación de la persona con discapacidad.
1.3. Si resultara necesario, la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública podrá realizar una oferta de vacantes diferenciada para el turno de personas con
discapacidad. En este supuesto, las personas seleccionadas con discapacidad podrán
optar por elegir destino, según el orden establecido en el proceso selectivo, bien de entre
las plazas ofertadas en el turno libre, o de entre las vacantes ofertadas para el turno de
personas con discapacidad.
2. Las personas seleccionadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar
desde el día siguiente a la publicación de la oferta de vacantes, para presentar la petición
de destino a la vista de las vacantes ofertadas, y la documentación que se detalla en el
apartado 4 de la presente base, que habrá de ir dirigida a la persona titular de la Dirección
General de Recursos Humanos y Función Pública.
Cuando las circunstancias del proceso selectivo lo permitan, y a fin de favorecer
la celeridad en su gestión, los trámites de oferta de vacantes, presentación de la
documentación preceptiva y petición de destinos podrán sustituirse por un acto único,
mediante comparecencias personales de quienes sean aspirantes en el lugar y fecha
que se determine por la Administración o, en su caso, a distancia, a través de medios
electrónicos, considerándose como válidos las videoconferencias y las audioconferencias,
siempre que permitan garantizar, de conformidad con la legislación estatal de carácter
básico en materia de procedimiento administrativo común, la identidad de las personas
que participen en ellas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323101
10. En los supuestos previstos en el apartado anterior, las pruebas se aplazarán
por una sola vez y quedarán decaídas en sus derechos quienes no comparezcan,
considerándose que no han completado la oposición. Las personas aspirantes que
soliciten acogerse a estos supuestos deberán dirigir solicitud electrónica a la persona
titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, y acompañar a
dicha solicitud la documentación acreditativa de la imposibilidad de acudir al llamamiento
y celebración de las pruebas de las que consta la oposición.