Disposiciones generales. . (2025/128-1)
Orden de 27 de junio de 2025, por la que se modifica la Orden de 22 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía.
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Número 128 - Lunes, 7 de julio de 2025
página 9483/2
Mediante el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas de minimis, ha aumentado la cantidad sometida a 300.000 euros,
y ha modificado el modo de cómputo de los tres años que deben tenerse en cuenta para
la aplicación de este reglamento.
Por otro lado, durante la tramitación de las respectivas convocatorias realizadas
durante los ejercicios 2023 y 2024, se ha advertido la necesidad de mejorar determinados
aspectos del Cuadro Resumen. Entre ellos, los relativos a las posibles personas
beneficiarias, los gastos subvencionables, los criterios de valoración o la justificación
mediante informe de auditor toda vez que se trata de un gasto subvencionable y a efectos
de una mayor uniformidad en la presentación de la cuenta justificativa.
Por todo ello, y a efecto de plasmar en la normativa reguladora las debidas
actualizaciones a efectos de una mayor seguridad jurídica, e intentar tramitar y valorar las
solicitudes de la manera más adecuada, resulta necesario proceder a la modificación de
diversos apartados del Cuadro Resumen de las bases reguladoras.
Esta orden cumple con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Así, los principios de necesidad y eficacia quedan justificados por la necesidad
de adaptar la normativa al nuevo marco de ayudas de minimis y dotar a las citadas bases
reguladoras de una mayor seguridad interpretativa.
En cuanto a los principios de proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y
eficiencia, es preciso destacar que esta orden se ajusta a las bases reguladoras tipo
aprobadas por la Junta de Andalucía, se trata de una norma que no impone requisitos
adicionales a las empresas solicitantes y se enmarca adecuadamente el ordenamiento
jurídico, respetando y adaptándose a las normas reguladoras de dicho tipo de bases,
como al reglamento de minimis y la propia normativa subvencional. Asimismo, durante la
tramitación de la norma se ha dado la debida publicidad tanto al proyecto de orden como
a la Memoria de Análisis de Impacto Normativo.
En cuanto al principio de transparencia, se hace constar que se ha identificado
claramente el propósito de la norma y, durante el procedimiento de elaboración, se ha
permitido el acceso sencillo, universal y actualizado a los documentos en los términos
establecidos en los artículos 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, y 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de
Transparencia Pública de Andalucía, posibilitando que los potenciales destinatarios de la
norma tengan una participación activa a través de los trámites de audiencia e información
pública.
Igualmente, se han tenido en cuenta los principios generales de organización y
funcionamiento de la Administración de la Junta de Andalucía, establecidos en el artículo
3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y,
en lo referente a los trámites de participación ciudadana, el proyecto de orden ha sido
sometido al trámite de audiencia e información pública, prescindiendo del trámite de
la consulta pública previa al ser una modificación parcial de una norma. Además, han
participado en su tramitación distintas Consejerías y entidades privadas, lo cual abunda,
junto a lo anteriormente expuesto, en que estas bases reguladoras se adecúan a los
principios de buena regulación.
La presente orden se encuentra incluida en las siguientes líneas de subvención
incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Industria, Energía
y Minas, para el periodo 2023-2027, aprobado mediante Orden de 7 de julio de 2023
(página 20 del mismo): «Incentivos para la infraestructura básica de proyectos tractores
de la industria en Andalucía».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323083
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 9483/2
Mediante el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas de minimis, ha aumentado la cantidad sometida a 300.000 euros,
y ha modificado el modo de cómputo de los tres años que deben tenerse en cuenta para
la aplicación de este reglamento.
Por otro lado, durante la tramitación de las respectivas convocatorias realizadas
durante los ejercicios 2023 y 2024, se ha advertido la necesidad de mejorar determinados
aspectos del Cuadro Resumen. Entre ellos, los relativos a las posibles personas
beneficiarias, los gastos subvencionables, los criterios de valoración o la justificación
mediante informe de auditor toda vez que se trata de un gasto subvencionable y a efectos
de una mayor uniformidad en la presentación de la cuenta justificativa.
Por todo ello, y a efecto de plasmar en la normativa reguladora las debidas
actualizaciones a efectos de una mayor seguridad jurídica, e intentar tramitar y valorar las
solicitudes de la manera más adecuada, resulta necesario proceder a la modificación de
diversos apartados del Cuadro Resumen de las bases reguladoras.
Esta orden cumple con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Así, los principios de necesidad y eficacia quedan justificados por la necesidad
de adaptar la normativa al nuevo marco de ayudas de minimis y dotar a las citadas bases
reguladoras de una mayor seguridad interpretativa.
En cuanto a los principios de proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y
eficiencia, es preciso destacar que esta orden se ajusta a las bases reguladoras tipo
aprobadas por la Junta de Andalucía, se trata de una norma que no impone requisitos
adicionales a las empresas solicitantes y se enmarca adecuadamente el ordenamiento
jurídico, respetando y adaptándose a las normas reguladoras de dicho tipo de bases,
como al reglamento de minimis y la propia normativa subvencional. Asimismo, durante la
tramitación de la norma se ha dado la debida publicidad tanto al proyecto de orden como
a la Memoria de Análisis de Impacto Normativo.
En cuanto al principio de transparencia, se hace constar que se ha identificado
claramente el propósito de la norma y, durante el procedimiento de elaboración, se ha
permitido el acceso sencillo, universal y actualizado a los documentos en los términos
establecidos en los artículos 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, y 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de
Transparencia Pública de Andalucía, posibilitando que los potenciales destinatarios de la
norma tengan una participación activa a través de los trámites de audiencia e información
pública.
Igualmente, se han tenido en cuenta los principios generales de organización y
funcionamiento de la Administración de la Junta de Andalucía, establecidos en el artículo
3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y,
en lo referente a los trámites de participación ciudadana, el proyecto de orden ha sido
sometido al trámite de audiencia e información pública, prescindiendo del trámite de
la consulta pública previa al ser una modificación parcial de una norma. Además, han
participado en su tramitación distintas Consejerías y entidades privadas, lo cual abunda,
junto a lo anteriormente expuesto, en que estas bases reguladoras se adecúan a los
principios de buena regulación.
La presente orden se encuentra incluida en las siguientes líneas de subvención
incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Industria, Energía
y Minas, para el periodo 2023-2027, aprobado mediante Orden de 7 de julio de 2023
(página 20 del mismo): «Incentivos para la infraestructura básica de proyectos tractores
de la industria en Andalucía».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323083
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía