3. Otras disposiciones. . (2025/128-22)
Acuerdo de 2 de julio de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el incremento retributivo para el curso escolar 2025/2026 previsto en el Acuerdo entre la entonces Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía, las Organizaciones Patronales, de Titulares y Sindicales de la Enseñanza Privada Concertada, sobre retribuciones del profesorado que presta servicios en el sector, ratificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de mayo de 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Lunes, 7 de julio de 2025

página 9508/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Acuerdo de 2 de julio de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba
el incremento retributivo para el curso escolar 2025/2026 previsto en el Acuerdo
entre la entonces Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía,
las Organizaciones Patronales, de Titulares y Sindicales de la Enseñanza
Privada Concertada, sobre retribuciones del profesorado que presta servicios
en el sector, ratificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de mayo de
2022.

En su virtud, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 27.22 de la
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el
Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional, con informe favorable de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos
Europeos y previa deliberación en su sesión de 2 de julio de 2025,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00323107

Con la finalidad de contribuir al reconocimiento de la labor desarrollada por el profesorado
de los centros concertados durante el periodo en el que el sistema educativo andaluz ha
estado afectado por la pandemia provocada por el coronavirus COVID-19, así como para
favorecer la mejora continua del ejercicio profesional docente, la Mesa de la Enseñanza
Concertada acordó un incremento retributivo para los años escolares 2022/2023,
2023/2024 y 2024/2025, hasta alcanzar una mejora salarial para el profesorado que
presta servicio en la enseñanza concertada, en pago delegado, en las etapas de
educación infantil, primaria y educación especial, de 145 euros al mes en catorce pagas,
y de 165 euros al mes en catorce pagas, para el profesorado que presta servicios en las
etapas de educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional. Estos
incrementos se imputarán al denominado «componente retributivo de equiparación con la
enseñanza pública».
Dicho acuerdo, que establecía expresamente que tales incrementos debían articularse
mediante los correspondientes acuerdos del Consejo de Gobierno, de conformidad con
la disponibilidad presupuestaria, fue ratificado por Acuerdo de 3 de mayo de 2022, del
Consejo de Gobierno.
Durante el curso escolar 2022/2023, 2023/2024 y 2024/2025, se acordó mediante
los correspondientes Acuerdos del Consejo de Gobierno, un incremento retributivo para
cada curso, de modo consolidable y en catorce pagas, para el profesorado de los centros
concertados de Andalucía que presta servicios a tiempo completo y en pago delegado
de 43,50 euros mensuales en las etapas de educación infantil, primaria y educación
especial y de 49,5 euros mensuales, en las etapas de educación secundaria obligatoria,
bachillerato y formación profesional.
Los incrementos aprobados han alcanzado las cantidades de 130,5 euros, en las
etapas de educación infantil, primaria y educación especial y 148,5 euros, en las etapas
de educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional, quedando
pendiente un 10%, es decir, 14,5 euros y 16,5 euros, respectivamente, para culminar
la totalidad del incremento retributivo previsto, siendo el mismo porcentaje para el
profesorado de los centros docentes públicos.
La Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta la competencia para proceder al
incremento de las cantidades correspondientes a los salarios del personal docente de los
módulos económicos de conciertos por unidad escolar a que se refiere el citado acuerdo, de
conformidad con lo establecido en el artículo 52.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.