Autoridades y personal. . (2025/126-21)
Resolución de 27 de junio de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesorado Ayudante Doctor al Profesorado Asociado/a, en ejecución del proceso de estabilización de Profesorado Asociado previsto en la disposición transitoria séptima de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Jueves, 3 de julio de 2025
página 9392/8
5. Desarrollo del concurso
5.1. Las distintas Comisiones de Contratación aplicarán los baremos y tablas de
afinidades aprobados por la Comisión de Ordenación Académica (COA) y enviados al
Vicerrectorado con competencias en materia de Profesorado por los Departamentos.
Esta información se encuentra disponible en la siguiente dirección:
https://www.uhu.es/ordenacion-academica/plazas-de-profesorado/plazas-personaldocente-investigador-contratado
Las Comisiones encargadas de examinar y valorar las solicitudes (Anexo II) serán
competentes para resolver dudas que puedan surgir en relación con la aplicación e
interpretación del baremo.
El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando
concurran alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En estos casos, la apreciación de la
causa alegada corresponderá a este Rectorado.
5.2. El sistema de selección aplicado será el de concurso público. Los méritos de las
personas aspirantes serán juzgados por la Comisión de Contratación de la Universidad
de Huelva, constituida de conformidad con lo previsto en los Estatutos y en el Reglamento
para la contratación de Profesorado Asociado/a de la Universidad de Huelva.
Del resultado del informe individualizado de cada candidato/a, el Área de Ordenación
Académica dará traslado al Departamento para su informe en Consejo de Departamento.
Éste remitirá a dicho Área de Ordenación Académica, en un plazo no superior a 10 días,
el Informe junto con certificado del acuerdo adoptado en Consejo de Departamento,
dirigido al Secretario/a de la Comisión de Contratación.
Agotada la actuación de la Comisión de Contratación, la Secretaría de esta remitirá a
la mayor brevedad posible la propuesta de contratación junto al expediente de la persona
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322990
tablón electrónico oficial con indicación, en su caso, de la causa de exclusión. Igualmente
se procederá a su publicación de forma complementaria y con carácter meramente
informativo en la página web del área de Ordenación Académica. Para el caso de que
todas las personas candidatas estén incluidas, las listas provisionales podrán elevarse a
definitivas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las/os
aspirantes excluidas/os dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del
siguiente a la publicación, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión
u omisión de la relación de admitidas/os y excluidas/os, mediante reclamación dirigida
a la persona titular del Vicerrectorado competente en materia de profesorado. Las/os
aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen el defecto o la causa de exclusión
o no aleguen frente a la omisión producida justificando su derecho a ser incluidos, serán
definitivamente excluidas/os del proceso selectivo.
4.2. Transcurrido el plazo de subsanación y una vez resueltas las reclamaciones,
se publicarán en los lugares antes mencionados, por el mismo procedimiento, la lista
definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidas/os. La resolución que eleve a definitiva
la lista de aspirantes admitidas/os y excluidas/os no pondrá fin a la vía administrativa.
Las/os aspirantes podrán interponer de alzada ante el/la Sr/a. Rector/a Magfco/a., a
tenor de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un
mes desde el día siguiente al de su publicación.
4.3. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de
abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran
exigido cuando no se realice el hecho imponible por causas no imputables al sujeto
pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de participación en los
supuestos de exclusión de la convocatoria por causa imputable al interesado/a.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Jueves, 3 de julio de 2025
página 9392/8
5. Desarrollo del concurso
5.1. Las distintas Comisiones de Contratación aplicarán los baremos y tablas de
afinidades aprobados por la Comisión de Ordenación Académica (COA) y enviados al
Vicerrectorado con competencias en materia de Profesorado por los Departamentos.
Esta información se encuentra disponible en la siguiente dirección:
https://www.uhu.es/ordenacion-academica/plazas-de-profesorado/plazas-personaldocente-investigador-contratado
Las Comisiones encargadas de examinar y valorar las solicitudes (Anexo II) serán
competentes para resolver dudas que puedan surgir en relación con la aplicación e
interpretación del baremo.
El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando
concurran alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En estos casos, la apreciación de la
causa alegada corresponderá a este Rectorado.
5.2. El sistema de selección aplicado será el de concurso público. Los méritos de las
personas aspirantes serán juzgados por la Comisión de Contratación de la Universidad
de Huelva, constituida de conformidad con lo previsto en los Estatutos y en el Reglamento
para la contratación de Profesorado Asociado/a de la Universidad de Huelva.
Del resultado del informe individualizado de cada candidato/a, el Área de Ordenación
Académica dará traslado al Departamento para su informe en Consejo de Departamento.
Éste remitirá a dicho Área de Ordenación Académica, en un plazo no superior a 10 días,
el Informe junto con certificado del acuerdo adoptado en Consejo de Departamento,
dirigido al Secretario/a de la Comisión de Contratación.
Agotada la actuación de la Comisión de Contratación, la Secretaría de esta remitirá a
la mayor brevedad posible la propuesta de contratación junto al expediente de la persona
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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tablón electrónico oficial con indicación, en su caso, de la causa de exclusión. Igualmente
se procederá a su publicación de forma complementaria y con carácter meramente
informativo en la página web del área de Ordenación Académica. Para el caso de que
todas las personas candidatas estén incluidas, las listas provisionales podrán elevarse a
definitivas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las/os
aspirantes excluidas/os dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del
siguiente a la publicación, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión
u omisión de la relación de admitidas/os y excluidas/os, mediante reclamación dirigida
a la persona titular del Vicerrectorado competente en materia de profesorado. Las/os
aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen el defecto o la causa de exclusión
o no aleguen frente a la omisión producida justificando su derecho a ser incluidos, serán
definitivamente excluidas/os del proceso selectivo.
4.2. Transcurrido el plazo de subsanación y una vez resueltas las reclamaciones,
se publicarán en los lugares antes mencionados, por el mismo procedimiento, la lista
definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidas/os. La resolución que eleve a definitiva
la lista de aspirantes admitidas/os y excluidas/os no pondrá fin a la vía administrativa.
Las/os aspirantes podrán interponer de alzada ante el/la Sr/a. Rector/a Magfco/a., a
tenor de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un
mes desde el día siguiente al de su publicación.
4.3. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de
abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran
exigido cuando no se realice el hecho imponible por causas no imputables al sujeto
pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de participación en los
supuestos de exclusión de la convocatoria por causa imputable al interesado/a.