Autoridades y personal. . (2025/124-23)
Resolución de 23 de junio de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de movilidad intracentro para los centros sanitarios adscritos a la extinta Agencia Pública Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir, antes de su disolución efectiva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Martes, 1 de julio de 2025
página 9180/9

encuentren en disfrute de permiso o licencia reglamentaria, en cuyo caso el cómputo del
plazo para el cese se contará a la finalización de dicho permiso o licencia, excepto que
por causas justificadas se suspenda el disfrute de los mismos.
b) La toma de posesión del nuevo puesto deberá efectuarse al día siguiente al del
cese, o en el plazo de tres días hábiles si implica cambio de provincia.
c) Si así lo permiten las necesidades del servicio y a petición de la persona interesada ante
la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, los plazos a que se refiere el párrafo
anterior podrán ser prorrogados por tiempo no superior a la mitad de su duración inicial.
d) Cuando una persona concursante no tome posesión del puesto adjudicada dentro
del plazo posesorio o, en su caso, de su prórroga, se entenderá que solicita la excedencia
voluntaria por interés particular, siendo declarado en dicha situación. No obstante, si
existen causas suficientemente justificadas, así apreciadas por el órgano convocante,
previa audiencia de la persona interesada, podrá dejarse sin efecto dicha situación
debiendo la persona interesada incorporarse a su nuevo destino tan pronto desaparezcan
las causas que en su momento lo impidieron.
e) Las personas concursantes que no obtengan plaza en el presente concurso se
mantendrán en la situación y destino que ostentan.
El plazo de toma de posesión y, en su caso, la prórroga del mismo, tendrá la
consideración de servicio activo, percibiéndose los correspondientes haberes con cargo
al puesto del nuevo destino.
La asignación del nuevo puesto de trabajo supone la integración en la red hospitalaria
del SAS, adecuando su organización a lo previsto en el Decreto 105/1986, de 11 de
junio, sobre ordenación de asistencia sanitaria especializada y órganos de dirección de
los hospitales, en el centro correspondiente conforme a la disposición adicional única de
cada uno de los decretos de disolución.
12.3. Régimen de desplazamientos.
Cuando como consecuencia de la incorporación de personal adjudicatario de los
puestos a través de este concurso deba procederse al cese del personal que las ocupa
con carácter provisional, el orden que se seguirá en los desplazamientos para el personal
de la categoría en el mismo centro será el siguiente:
a) El personal interino en el mismo centro con menor tiempo de servicios prestados
en el Sistema Nacional de Salud, o centros sanitarios públicos de otros países de la
Unión Europea en la categoría y/o especialidad objeto de concurso.
b) El personal estatutario en promoción interna temporal en el mismo centro,
comenzando por el que lleve menos tiempo de servicios prestados en la categoría que
actualmente desempeña con carácter temporal o provisional.
c) Las comisiones de servicio en el mismo centro comenzando por el/la que menos
tiempo lleve en dicha situación provisional.
ANEXO II
BAREMO DE MÉRITOS

2. Experiencia profesional.
2.1. Por cada mes de servicios prestados en la categoría/especialidad a la que se
concursa en centros sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, del Sistema
Sanitario Público de Andalucía o de cualquier centro sanitario público de los países
miembros de la Unión Europea, gestionados por administración pública sanitaria, agencia
administrativa, agencia pública empresarial o cualesquiera otras entidades de naturaleza
o titularidad pública admitida en derecho: 0,30 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322779

1. Antigüedad.
Por cada mes de antigüedad en la categoría/especialidad a la que se concursa, en
centros sanitarios públicos de países miembros de la Unión Europea: 0,10 puntos.