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Acuerdo de 21 de mayo de 2025, de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, de aceptación de la delegación de competencias sobre gestión recaudatoria de la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa en favor de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba. (PP. 1245/2025).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 120 - Miércoles, 25 de junio de 2025
página 8361/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
DIPUTACIONES
Acuerdo de 21 de mayo de 2025, de la Excma. Diputación Provincial de
Córdoba, de aceptación de la delegación de competencias sobre gestión
recaudatoria de la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa en
favor de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba. (PP. 1245/2025).
El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, con fecha 21 de mayo de
2025, adoptó acuerdo sobre aceptación de la delegación de competencias sobre gestión
recaudatoria de la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa en favor de la
Excma. Diputación Provincial de Córdoba:
Primero. Aceptar la delegación de competencias acordada por el Pleno de la
Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa, respecto a todas las facultades
que en materia de recaudación le confiere la legislación vigente a la Mancomunidad,
referidas a las autoliquidaciones y liquidaciones directas, sobre los tributos y otros
ingresos públicos de titularidad municipal, con el siguiente alcance y contenido:
1. La delegación surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. La delegación tendrá una vigencia indefinida hasta su revocación por la
Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa o la renuncia por parte de la
Diputación Provincial de Córdoba.
3. La delegación de las facultades recaudatorias, comprenderá entre otras, las
siguientes funciones: determinar los plazos de cobro en período voluntario; practicar la
notificación de liquidaciones; emisión de documentos de cobro; gestión y contabilización
de ingresos; expedir las relaciones certificadas de deudores; dictar la providencia de
apremio y ejecución de bienes; resolución de expedientes de devolución de ingresos
indebidos; liquidar intereses de demora; acordar el aplazamiento y fraccionamiento de
las deudas; tramitación y resolución de los expedientes de crédito incobrables; resolución
de los recursos que se interpongan contra los actos de recaudación; así como las
actuaciones necesarias para la asistencia e información a los obligados al pago.
4. El ejercicio de las facultades delegadas habrá de ajustarse a los procedimientos,
trámites y medidas en general, jurídicas o técnicas fijadas en la legislación vigente y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321960
10. Delegación de competencias sobre gestión recaudatoria por parte de la
Mancomunidad de Municipios Campiña sur Cordobesa en favor de la Diputación
Provincial de Córdoba. (gex: 2025/26005). Visto el expediente de su razón, instruido
en el Instituto de Cooperación con la Hacienda Local, en el que consta informe de la
Secretaria Delegada de dicho organismo autónomo con nota de conformidad del Sr.
Secretario General, así como propuesta suscrita por el Sr. Gerente del citado organismo,
del siguiente tenor:
«Adoptado acuerdo por el Pleno de la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur
Cordobesa, en sesión extraordinaria de fecha 11 de abril de 2025, según certificación
expedida por la Secretaría, sobre delegación de competencias recaudatorias en favor de
la Diputación Provincial.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las
Haciendas Locales, se propone al Pleno de la Corporación, previos los trámites que se
consideren oportunos, la adopción del siguiente acuerdo:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 120 - Miércoles, 25 de junio de 2025
página 8361/1
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DIPUTACIONES
Acuerdo de 21 de mayo de 2025, de la Excma. Diputación Provincial de
Córdoba, de aceptación de la delegación de competencias sobre gestión
recaudatoria de la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa en
favor de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba. (PP. 1245/2025).
El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, con fecha 21 de mayo de
2025, adoptó acuerdo sobre aceptación de la delegación de competencias sobre gestión
recaudatoria de la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa en favor de la
Excma. Diputación Provincial de Córdoba:
Primero. Aceptar la delegación de competencias acordada por el Pleno de la
Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa, respecto a todas las facultades
que en materia de recaudación le confiere la legislación vigente a la Mancomunidad,
referidas a las autoliquidaciones y liquidaciones directas, sobre los tributos y otros
ingresos públicos de titularidad municipal, con el siguiente alcance y contenido:
1. La delegación surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. La delegación tendrá una vigencia indefinida hasta su revocación por la
Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa o la renuncia por parte de la
Diputación Provincial de Córdoba.
3. La delegación de las facultades recaudatorias, comprenderá entre otras, las
siguientes funciones: determinar los plazos de cobro en período voluntario; practicar la
notificación de liquidaciones; emisión de documentos de cobro; gestión y contabilización
de ingresos; expedir las relaciones certificadas de deudores; dictar la providencia de
apremio y ejecución de bienes; resolución de expedientes de devolución de ingresos
indebidos; liquidar intereses de demora; acordar el aplazamiento y fraccionamiento de
las deudas; tramitación y resolución de los expedientes de crédito incobrables; resolución
de los recursos que se interpongan contra los actos de recaudación; así como las
actuaciones necesarias para la asistencia e información a los obligados al pago.
4. El ejercicio de las facultades delegadas habrá de ajustarse a los procedimientos,
trámites y medidas en general, jurídicas o técnicas fijadas en la legislación vigente y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321960
10. Delegación de competencias sobre gestión recaudatoria por parte de la
Mancomunidad de Municipios Campiña sur Cordobesa en favor de la Diputación
Provincial de Córdoba. (gex: 2025/26005). Visto el expediente de su razón, instruido
en el Instituto de Cooperación con la Hacienda Local, en el que consta informe de la
Secretaria Delegada de dicho organismo autónomo con nota de conformidad del Sr.
Secretario General, así como propuesta suscrita por el Sr. Gerente del citado organismo,
del siguiente tenor:
«Adoptado acuerdo por el Pleno de la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur
Cordobesa, en sesión extraordinaria de fecha 11 de abril de 2025, según certificación
expedida por la Secretaría, sobre delegación de competencias recaudatorias en favor de
la Diputación Provincial.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las
Haciendas Locales, se propone al Pleno de la Corporación, previos los trámites que se
consideren oportunos, la adopción del siguiente acuerdo: