5. Anuncios. . (2025/119-80)
Anuncio de 17 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular, por el que se da publicidad a la resolución, por la que se delega en la persona titular de la Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Jaén, en proyecto que se cita.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 119 - Martes, 24 de junio de 2025
página 8883/2
silvicultura, acuicultura y ganadería. b) Repoblación forestal con especies alóctonas,
que caracterizan la vegetación preexistente, separándose de la dinámica vegetal natural
o cambiando el tipo de funcionalidad o uso del suelo, siempre que tengan 25 o mas
hectáreas, así como por debajo de esta superficie cuando cumplan los criterios generales
1 o 2, o utilicen especies alóctonas a escala local y su empleo no haya sido previamente
autorizado en Planes de Ordenación de Recursos Forestales sometidos a evaluación
ambiental estratégica».
Tres. En aplicación del artículo 27.2.a) se encuentran sometidas a autorización
ambiental unificada simplificada las actuaciones de titularidad pública o privada incluidas
en el Anexo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Cuatro. Esta Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular, en
aplicación del artículo 7.2 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula
la autorización ambiental unificada simplificada, entiende que, dado que la ubicación
de proyecto afecta a una mayor superficie de la provincia de Jaén, procede realizar
la delegación de la competencias para la instrucción y resolución del procedimiento
de autorización ambiental unificada simplificada de la actuación referenciada, en la
Delegación Territorial de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Jaén.
Cinco. Por ello, teniendo en cuenta el Decreto 170/2024, de 26 de agosto, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad y Medio
Ambiente, tras la aprobación del Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías, que en su artículo 9.1 indica que corresponden a
la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, las competencias que actualmente
tiene atribuidas la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, y de
conformidad con el artículo 7 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, y las disposiciones
adicionales tercera y novena del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se
regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía,
modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como del artículo 8.3 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y del artículo 102.1 de
la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
RESU ELVO
Primero. Delegar en la persona titular de la Delegación Territorial de Sostenibilidad
y Medio Ambiente en Jaén, la competencia para la instrucción y resolución del
procedimiento de autorización ambiental unificada simplificada del «Proyecto de
Reforestación Ecológica», en los términos municipales de Huesa (Jaén) y Dehesa de
Guadix (Granada), promovido por Agrícola Sanma, S.L.
Segundo. La persona titular de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y
Economía Circular podrá en cualquier momento, mediante resolución motivada, avocar la
competencia delegada en esta resolución.
Cuarto. La delegación prevista en la presente resolución producirá efectos el día
siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de junio de 2025.- La Directora General, María del Carmen Jiménez Parrado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322482
Tercero. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación
indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano
delegante.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 119 - Martes, 24 de junio de 2025
página 8883/2
silvicultura, acuicultura y ganadería. b) Repoblación forestal con especies alóctonas,
que caracterizan la vegetación preexistente, separándose de la dinámica vegetal natural
o cambiando el tipo de funcionalidad o uso del suelo, siempre que tengan 25 o mas
hectáreas, así como por debajo de esta superficie cuando cumplan los criterios generales
1 o 2, o utilicen especies alóctonas a escala local y su empleo no haya sido previamente
autorizado en Planes de Ordenación de Recursos Forestales sometidos a evaluación
ambiental estratégica».
Tres. En aplicación del artículo 27.2.a) se encuentran sometidas a autorización
ambiental unificada simplificada las actuaciones de titularidad pública o privada incluidas
en el Anexo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Cuatro. Esta Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular, en
aplicación del artículo 7.2 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula
la autorización ambiental unificada simplificada, entiende que, dado que la ubicación
de proyecto afecta a una mayor superficie de la provincia de Jaén, procede realizar
la delegación de la competencias para la instrucción y resolución del procedimiento
de autorización ambiental unificada simplificada de la actuación referenciada, en la
Delegación Territorial de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Jaén.
Cinco. Por ello, teniendo en cuenta el Decreto 170/2024, de 26 de agosto, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad y Medio
Ambiente, tras la aprobación del Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías, que en su artículo 9.1 indica que corresponden a
la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, las competencias que actualmente
tiene atribuidas la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, y de
conformidad con el artículo 7 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, y las disposiciones
adicionales tercera y novena del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se
regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía,
modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como del artículo 8.3 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y del artículo 102.1 de
la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
RESU ELVO
Primero. Delegar en la persona titular de la Delegación Territorial de Sostenibilidad
y Medio Ambiente en Jaén, la competencia para la instrucción y resolución del
procedimiento de autorización ambiental unificada simplificada del «Proyecto de
Reforestación Ecológica», en los términos municipales de Huesa (Jaén) y Dehesa de
Guadix (Granada), promovido por Agrícola Sanma, S.L.
Segundo. La persona titular de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y
Economía Circular podrá en cualquier momento, mediante resolución motivada, avocar la
competencia delegada en esta resolución.
Cuarto. La delegación prevista en la presente resolución producirá efectos el día
siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de junio de 2025.- La Directora General, María del Carmen Jiménez Parrado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322482
Tercero. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación
indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano
delegante.