5. Anuncios. . (2025/119-74)
Anuncio de 12 de junio de 2025, de la Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental, FAISEM, M.P., por el que se procede a la convocatoria pública para la cobertura de la Dirección de Administración y Servicios Generales de la entidad (puesto directivo profesional).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 119 - Martes, 24 de junio de 2025
página 8854/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
La Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de personas con Enfermedad
Mental (en adelante FAISEM), Fundación Pública dependiente de la Consejería de
Salud y Consumo, precisa cubrir la Dirección de Administración y Servicios Generales
de la entidad (puesto directivo profesional), mediante contrato laboral de Alta Dirección,
establecido en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto. Sobre el personal directivo
profesional, el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
establece los principios jurídicos para determinar la condición de personal directivo que
desarrolle funciones directivas profesionales en las Administraciones Públicas.
En relación con el punto anterior, sobre el personal directivo de las entidades del sector
público andaluz, el artículo 25 de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto
de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024, establece: «1. Es personal
directivo de las agencias de régimen especial, de las agencias públicas empresariales,
de las sociedades mercantiles y las fundaciones del sector público andaluz y de los
consorcios el que ocupa puestos de trabajo determinados como tales en los Estatutos,
en atención a la especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas
asignadas».
Así mismo, la Ley 12/2023 indica que el personal directivo estará sometido a la
relación laboral de carácter especial de alta dirección, salvo que desempeñe puestos que
según los Estatutos no correspondan a personal laboral.
Por último, especifica la Ley 12/2023 que «El personal directivo profesional de
estas entidades será designado atendiendo a los principios de mérito y capacidad y
a criterios de idoneidad. La valoración de esa idoneidad de los aspirantes a personal
directivo profesional ha de corresponder exclusivamente a comités calificadores
compuestos por personal o titulares de órganos de la Consejería de adscripción del
ente, así como por un representante del propio ente, seleccionados conforme a los
principios de profesionalidad e idoneidad. Asimismo, deberán quedar justificados el
mérito, la capacidad y la idoneidad por las que el personal directivo profesional ha sido
designado para estas entidades».
A su vez, el artículo 29 de los Estatutos de la entidad, establece la posibilidad de
designar personal directivo de la entidad que, ejerciendo funciones de alta dirección en
virtud de la especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas que
desempeñe, ocupará el cargo de Director/a de Administración y Servicios Generales.
Para su designación se deberá desarrollar el correspondiente proceso que garantice
los principios establecidos para ello en los Estatutos sociales y en la normativa pública
correspondiente. Dando cumplimiento a lo dispuesto anteriormente, por el presente y
para general conocimiento, se dispone la publicación de las bases de la convocatoria, en
la sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía y en el portal web de la
entidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322453
Anuncio de 12 de junio de 2025, de la Fundación Pública Andaluza para la
Integración Social de Personas con Enfermedad Mental, FAISEM, M.P., por
el que se procede a la convocatoria pública para la cobertura de la Dirección
de Administración y Servicios Generales de la entidad (puesto directivo
profesional).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 119 - Martes, 24 de junio de 2025
página 8854/1
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La Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de personas con Enfermedad
Mental (en adelante FAISEM), Fundación Pública dependiente de la Consejería de
Salud y Consumo, precisa cubrir la Dirección de Administración y Servicios Generales
de la entidad (puesto directivo profesional), mediante contrato laboral de Alta Dirección,
establecido en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto. Sobre el personal directivo
profesional, el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
establece los principios jurídicos para determinar la condición de personal directivo que
desarrolle funciones directivas profesionales en las Administraciones Públicas.
En relación con el punto anterior, sobre el personal directivo de las entidades del sector
público andaluz, el artículo 25 de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto
de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024, establece: «1. Es personal
directivo de las agencias de régimen especial, de las agencias públicas empresariales,
de las sociedades mercantiles y las fundaciones del sector público andaluz y de los
consorcios el que ocupa puestos de trabajo determinados como tales en los Estatutos,
en atención a la especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas
asignadas».
Así mismo, la Ley 12/2023 indica que el personal directivo estará sometido a la
relación laboral de carácter especial de alta dirección, salvo que desempeñe puestos que
según los Estatutos no correspondan a personal laboral.
Por último, especifica la Ley 12/2023 que «El personal directivo profesional de
estas entidades será designado atendiendo a los principios de mérito y capacidad y
a criterios de idoneidad. La valoración de esa idoneidad de los aspirantes a personal
directivo profesional ha de corresponder exclusivamente a comités calificadores
compuestos por personal o titulares de órganos de la Consejería de adscripción del
ente, así como por un representante del propio ente, seleccionados conforme a los
principios de profesionalidad e idoneidad. Asimismo, deberán quedar justificados el
mérito, la capacidad y la idoneidad por las que el personal directivo profesional ha sido
designado para estas entidades».
A su vez, el artículo 29 de los Estatutos de la entidad, establece la posibilidad de
designar personal directivo de la entidad que, ejerciendo funciones de alta dirección en
virtud de la especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas que
desempeñe, ocupará el cargo de Director/a de Administración y Servicios Generales.
Para su designación se deberá desarrollar el correspondiente proceso que garantice
los principios establecidos para ello en los Estatutos sociales y en la normativa pública
correspondiente. Dando cumplimiento a lo dispuesto anteriormente, por el presente y
para general conocimiento, se dispone la publicación de las bases de la convocatoria, en
la sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía y en el portal web de la
entidad.
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https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322453
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Integración Social de Personas con Enfermedad Mental, FAISEM, M.P., por
el que se procede a la convocatoria pública para la cobertura de la Dirección
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profesional).